Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2015 (11/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Martes 11 de agosto de 2015 /

El Peruano

MYPE a la ciudad de Cebú, República de Filipinas, a fin de participar en la Tercera Reunión de Altos Funcionarios (SOM 3), irrogará gasto al Estado peruano; Que, la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece los casos excepcionales en que procede la autorización de viaje al exterior de los funcionarios y servidores públicos con cargo a recursos públicos, considerando, entre otros supuestos, que cuando los viajes se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, se autorizarán mediante resolución del titular de la entidad; Que, la finalidad del viaje se enmarca dentro del supuesto de excepción citado en el considerando precedente, el mismo que se encuentra establecido en el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281, conforme al análisis técnico efectuado en el Informe Nº 23-2015-PRODUCE/DVMYPE-I/MAP del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, toda vez que el viaje propuesto se relaciona con las negociaciones económicas y acciones de promoción de importancia para el Perú; Que, estando al itinerario remitido, corresponde autorizar el viaje de la señora Lourdes Consuelo Fernández Felipe - Morales, Asesora en temas de Desarrollo Productivo del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, del 23 al 30 de agosto de 2015 a la ciudad de Cebú, República de Filipinas; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, Administración, Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; las Normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; y, la Directiva General Nº 007-2009-PRODUCE, Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción, aprobada por Resolución Ministerial Nº 296-2009-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios de la señora LOURDES CONSUELO FERNÁNDEZ FELIPE - MORALES, Asesora en temas de Desarrollo Productivo del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, a la ciudad de Cebú, República de Filipinas, del 23 al 30 de agosto de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de la Producción, debiendo presentar la funcionaria comisionada la rendición de cuentas en un plazo no mayor de quince (15) días al término del referido viaje, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos (FEE) :$ - Viáticos US $ 500.00 x 3 días : $ - Un día de Instalación :$ 5,853.26 1,500.00 500.00 ------------$ 7,853.26

Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Recursos Humanos. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1272273-1

Autorizan transferencia financiera de recursos del Ministerio provenientes de los Derechos de Pesca (2008-2015), a favor del SANIPES, para el financiamiento de actividad
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 265-2015-PRODUCE Lima, 7 de agosto de 2015 VISTOS: El Informe Nº 111-2015-PRODUCEOGPP-Opra elaborado por la Oficina de Planeamiento y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº 1141-2015-PRODUCE/ DGP de la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero, el Acta de Sesión de fecha 15 de junio de 2015 de la Comisión Especial constituida por Resolución Ministerial Nº 386-2008-PRODUCE, modificada por Resolución Ministerial Nº 076-2013-PRODUCE, el Memorando Nº 1186-2015-PRODUCE/OGA y el Memorando Nº 1431-2015-PRODUCE/OGA de la Oficina General de Administración; y, el Informe Legal Nº 78-2015-PRODUCE/OGAJ-uzarate, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 17 del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, el Ministerio de Pesquería (actualmente Ministerio de la Producción), destinará de sus recursos propios y para fines de investigación científica y tecnológica y capacitación, un porcentaje de los derechos que graven el otorgamiento de las concesiones, autorizaciones, permisos de pesca y licencias; Que, el numeral 27.1 del artículo 27 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, modificado por Decreto Supremo Nº 002-2008-PRODUCE, en concordancia con lo establecido por el artículo 17 del Decreto Ley Nº 25977, señala que el Ministerio de la Producción destinará a la ejecución de actividades y/o proyectos con fines de investigación científica, tecnológica, capacitación y otros vinculados al desarrollo pesquero y/o acuícola, un porcentaje del total de los derechos que recaude por concepto de concesiones y permisos de pesca; el mismo que incluye hasta un 25% del total de los recursos que se recauden por concepto de derechos de permisos de pesca para el consumo humano indirecto; Que, según el numeral 27.2 del artículo 27 antes citado, las actividades y/o proyectos que se financien con dichos recursos serán previamente analizados y evaluados por una Comisión Especial que contará con la participación del sector pesquero privado; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 3862008-PRODUCE modificada por Resolución Ministerial Nº 448-2008-PRODUCE y por Resolución Ministerial Nº 076-2013-PRODUCE, se conforma la Comisión Especial encargada de analizar, evaluar, aprobar y priorizar las actividades y/o proyectos de investigación científica, tecnológica, capacitación y otros vinculados al desarrollo pesquero y acuícola, presentados por los

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la funcionaria comisionada deberá presentar al Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, con copia a las Oficinas