Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2014 (21/05/2014)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

523606
NSA: S-61130813 DNI: 70898621 Alumno de 2do. ano FAP MORDAZA ARANET MORDAZA MORDAZA NSA: S-61118813 DNI: 71733424

El Peruano Miercoles 21 de MORDAZA de 2014

Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Ano Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Gastos de Traslado de ida (Equipaje, bagaje e instalacion): US$ 500.00 x 04 personas = US$

que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; la Ley Nº 29792, Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; el Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; SE RESUELVE:

2,000.00

Articulo Unico.- Dejar sin efecto el articulo 2 de la Resolucion Ministerial N° 113-2014-MIDIS. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Desarrollo e Inclusion Social

Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US$ 500.00 / 31 x 14 dias x 04 personas = US$ 903.23 US$ 500.00 x 11 meses x 04 personas = US$ 22,000.00 Total a pagar = US$ 24,903.23

Articulo 3º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias. Articulo 4º.- El personal designado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 5º.- El personal designado, esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad y retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 6º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

1085495-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Otorgan seguridades y garantias del Estado de la Republica del Peru, en respaldo de las declaraciones, seguridades y obligaciones contenidas en el Contrato de Concesion de la Carretera Longitudinal de la MORDAZA Tramo 2: MORDAZA de MORDAZA ­ MORDAZA - Chiple, MORDAZA - MORDAZA y Dv. Chilete - Emp. PE-3N
DECRETO SUPREMO N° 112-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 0128-2012-MTC/01, de fecha 18 de setiembre de 2012, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicito la incorporacion al MORDAZA de promocion de la inversion privada del Proyecto Longitudinal de la MORDAZA Tramo 2: MORDAZA de MORDAZA ­ MORDAZA - Chiple, MORDAZA - MORDAZA y Dv. Chilete - Emp. PE-3N; Que, mediante acuerdo de Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en sesion de fecha 13 de diciembre de 2012, se acordo incorporar al MORDAZA de promocion de la inversion privada el proyecto Carretera Longitudinal de la MORDAZA, Tramo 2: MORDAZA de MORDAZA ­ MORDAZA - Chiple, MORDAZA - MORDAZA y Dv. Chilete Emp. PE-3N y se asigno al Comite de PROINVERSION en Proyectos de Infraestructura Vial, Infraestructura Ferroviaria e Infraestructura Aeroportuaria ­ PRO INTEGRACION, la conduccion del MORDAZA de promocion de la inversion; Que, mediante acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en sesion de fecha 28 de diciembre de 2012, se aprobo el Plan de Promocion de la inversion privada para la entrega en concesion al sector privado del referido proyecto; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 003-2013EF, se ratificaron los acuerdos del Consejo Directivo de PROINVERSION, relacionados a la aprobacion de la incorporacion y el Plan de Promocion del proyecto Carretera Longitudinal de la MORDAZA, Tramo 2: MORDAZA de MORDAZA ­ MORDAZA - Chiple, MORDAZA - MORDAZA y Dv. Chilete - Emp. PE-3N; Que, mediante acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION, adoptado en sesion de fecha 30 de MORDAZA de 2013, se aprobo la modificacion al Plan de Promocion de la inversion privada para la entrega en concesion al sector privado del referido proyecto; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 030-2013-EF, se ratifico el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSION, relacionados a la modificacion del Plan de Promocion de la inversion privada para la entrega en concesion al sector privado del proyecto Carretera Longitudinal de la MORDAZA Tramo 2: MORDAZA de MORDAZA ­ MORDAZA - Chiple, MORDAZA - MORDAZA y Dv. Chilete - Emp. PE-3N; Que, el 19 de diciembre de 2013, se otorgo la Buena Pro de la Licitacion Publica Especial para la Concesion de la Carretera Longitudinal de la MORDAZA Tramo 2: MORDAZA de MORDAZA

1085632-4

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Dejan sin efecto articulo de la R.M. N° 113-2014-MIDIS, mediante el cual se designo al Director General de Seguimiento y Evaluacion del Despacho Viceministerial de Politicas y Evaluacion Social
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 115-2014-MIDIS
MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 2 de la Resolucion Ministerial N° 113-2014-MIDIS, se designo al Director General de Seguimiento y Evaluacion del Despacho Viceministerial de Politicas y Evaluacion Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social; Que, se ha visto por conveniente dejar sin efecto el articulo 2 de la citada Resolucion Ministerial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley