Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 2014 (21/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Miercoles 21 de MORDAZA de 2014

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buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopcion; Que, teniendo en cuenta que la duracion de la Mision de Estudios MORDAZA mas de un ejercicio presupuestal, el pago correspondiente al periodo comprendido del 18 de enero al 31 de diciembre de 2014, se efectuara con cargo al Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y el pago correspondiente al periodo comprendido del 01 de enero al 28 de noviembre de 2015, se efectuara con cargo al Presupuesto del Sector Publico que corresponda; Que, los gastos que ocasione la presente ampliacion, se efectuaran con cargo al presupuesto institucional del Ano Fiscal 2014, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aerea del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideracion los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participacion del personal designado durante la totalidad del referido curso, resulta necesario autorizar su retorno al MORDAZA un (01) dia despues de la fecha de termino, sin que este dia adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Publico; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008-DE/SG de fecha 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposicion que precise, que en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; Que, de conformidad con el articulo 24º del Decreto Legislativo Nº 1144 ­ "Decreto Legislativo que regula la Situacion Militar de los Supervisores, Tecnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas", el personal de Supervisores, Tecnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar, nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el articulo 21º de la referida MORDAZA, mas el tiempo compensatorio previsto en el mismo articulo; y, conforme a su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2013-DE de fecha 04 de diciembre de 2013; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 0022004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 0242009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru y a lo acordado con el Ministro de Defensa. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar la permanencia en el exterior en Mision de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla a continuacion, para que continuen participando en el "Curso de Formacion de Sargentos ­ CFS", en la Escuela de Especialistas de Aeronautica ­ EEAR, en la MORDAZA de Guaratingueta, Estado de Sao MORDAZA, Republica Federativa del Brasil; con eficacia anticipada, del 18 de enero de 2014 al 28 de noviembre de 2015; autorizandose el retorno al MORDAZA el 29 de noviembre de 2015:
Alumno de 2do. ano FAP NSA: S-61118013 Alumno de 2do. ano FAP NSA: S-61117913 Alumno de 2do. ano FAP ROVI PEPE MORDAZA MORDAZA DNI: 71104292 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 74770650 YEREMI MORDAZA MORDAZA MORDAZA

modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de MORDAZA de 2013. Articulo 5º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

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Amplian permanencia de personal militar de la Fuerza Aerea del Peru en Brasil, en mision de estudios
RESOLUCION SUPREMA Nº 211-2014-DE/
MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2014 Vistos, el Fax AABR-Nº 195 de fecha 08 de octubre de 2013 y el Fax AABR-Nº 012 de fecha 27 de enero de 2014 del Agregado Adjunto y Aereo a la Embajada del Peru en la Republica Federativa del Brasil, y el Oficio NC-35-CEFO-Nº 0128 de fecha 03 de febrero de 2014 del Comandante de Educacion de la Fuerza Aerea del Peru. CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Suprema Nº 715-2013-DE/FAP del 14 de noviembre de 2013, se autorizo el viaje al exterior en Mision de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para que participen en la etapa de pre-seleccion (eliminatoria) del "Curso de Formacion de Sargentos ­ CFS", a desarrollarse en el Centro de Instruccion Especializada ­ CIEAR, con sede en la MORDAZA de Rio de Janeiro ­ Republica Federativa del Brasil, del 25 de noviembre de 2013 al 17 de enero de 2014; Que, con el Fax AABR-Nº 012 del 27 de enero de 2014, el Agregado Adjunto y Aereo a la Embajada del Peru en la Republica Federativa del Brasil comunica que el Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, aprobo la etapa de pre-seleccion; motivo por el cual fue matriculado e internado para seguir el "Curso de Formacion de Sargentos ­ CFS" en la Escuela de Especialistas de Aeronautica ­ EEAR, en la MORDAZA de Guaratingueta, Estado de Sao MORDAZA - Republica Federativa del Brasil; Que, es conveniente para los intereses institucionales ampliar con eficacia anticipada, el viaje al exterior en Mision de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, del 18 de enero de 2014 al 28 de noviembre de 2015, para que continuen participando en el "Curso de Formacion de Sargentos ­ CFS", en la Escuela de Especialistas de Aeronautica ­ EEAR, en la MORDAZA de Guaratingueta, Estado de Sao MORDAZA - Republica Federativa del Brasil; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Fuerza Aerea del Peru; Que, la ampliacion de viaje al exterior en Mision de Estudios del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, debera efectuarse con eficacia anticipada, de conformidad con el numeral 17.1 del articulo 17º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, en tanto existe el supuesto de hecho justificado para su adopcion a la fecha que se pretende retrotraer la eficacia de la presente Resolucion, a fin de no afectar el derecho del citado personal a percibir la compensacion extraordinaria por servicio en el extranjero que le corresponde; Que, el numeral 17.1 del articulo 17º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podra disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emision, solo si fuera mas favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de