Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2014 (14/05/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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Calca 2011, y ii) para prestar los servicios de capacitacion en el curso taller sobre parasitos internos y externos en vacunos y ovinos en la comunidad de MORDAZA Baja, realizado el dia 8 de noviembre de 2011. Ahora bien, del examen de los comprobantes de pago, ordenes de servicio y recibos por honorarios aportados por el solicitante de la vacancia (documentos de fojas 59 a 64), resulta evidente que MORDAZA Korak MORDAZA Cajigas se vinculo contractualmente con la entidad municipal a traves de contratos de naturaleza eminentemente civil, pues los servicios para los que el locador fue contratado no se prestaron en situacion de dependencia, esto es, de manera continua y permanente, sujeto el contratado a un horario de trabajo. Luego, debe concluirse que no se ha acreditado la existencia del MORDAZA elemento constitutivo de la causal de vacancia por nepotismo. 10. Dicho esto, y toda vez que no se cumple con el MORDAZA nivel de analisis, carece de objeto continuar con el analisis restante, no configurandose, por ende, la causal de nepotismo imputada al regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, relacionada con el ejercicio de injerencia para la contratacion de su sobrino MORDAZA Korak MORDAZA Cajigas por la Municipalidad Provincial de Calca. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo Nº 093-2013/CM-MPC, del 5 de diciembre de 2013, que declaro improcedente su recurso de reconsideracion en contra del Acuerdo de Concejo Nº 081-2013/CM-MPC, que rechazo, a su vez, su solicitud de declaratoria de vacancia en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, regidor de la Municipalidad Provincial de Calca, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 8, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General 1082353-5

El Peruano Miercoles 14 de MORDAZA de 2014

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Delegan diversas facultades en el Gerente General y en el Gerente de la Gerencia de Administracion de la ONPE
RESOLUCION JEFATURAL N° 0113-2014-J/ONPE MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2014 VISTOS: El Memorando N° 000452-2014-SG/ONPE de la Secretaria General y el Informe N° 000173-2014GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114, se aprobo la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Que, el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley

General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, establece la normativa que rige las distintas fases del MORDAZA presupuestario, los criterios tecnicos y los mecanismos operativos que permitan optimizar la gestion administrativa y financiera del Estado; Que, el numeral 7.1 del articulo 7º del referido Texto Unico Ordenado- TUO, senala que el Titular de la Entidad es la mas alta Autoridad Ejecutiva, en materia presupuestal, pudiendo delegar sus funciones cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad; Que, el numeral 40.2 del articulo 40º del precitado TUO de la Ley General, precisa que el Titular de la Entidad puede delegar la facultad de aprobacion de las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico, a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, de otro lado, el Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado (en adelante la Ley) y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF (en adelante el Reglamento), y sus modificatorias, constituyen los cuerpos normativos que contienen las disposiciones y lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Publico en los procesos de contrataciones de bienes, servicios u obras, asi como tambien regulan las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos; Que, el articulo 5° de la Ley concordante con el articulo 5° de su Reglamento, establecen que el Titular de la Entidad podra delegar mediante Resolucion, la autoridad que la Ley le otorga, no pudiendo ser objeto de delegacion, la aprobacion de exoneraciones, la declaracion de nulidad de oficio y las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establecen en el citado Reglamento; Que, el literal u) del articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales ­ ONPE, aprobado por Resolucion Jefatural N° 063-2014-J/ONPE, establece que la Jefatura Nacional puede delegar las facultades administrativas y/ o legales que MORDAZA procedentes, conforme a las leyes y disposiciones vigentes; Que, a efecto de lograr una gestion administrativa mas dinamica en materia presupuestal para el ejercicio fiscal 2014, y garantizar la celeridad de los procedimientos en el MORDAZA de la normativa de contratacion publica, resulta necesario delegar en los funcionarios que corresponda, las facultades susceptibles de delegacion; En uso de las facultades conferidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012 EF, en el Decreto Legislativo N° 1017, Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF; y en el literal u) del articulo 11° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Entidad aprobado por Resolucion Jefatural N° 063-2014-J/ONPE; Con el visado de la Gerencia General, de la Secretaria General, de las Gerencias de Administracion y de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Delegar en el Gerente General, las siguientes facultades: En materia presupuestal: a) Aprobar las Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico del Pliego 032: Oficina Nacional de Procesos Electorales, durante el Ano Fiscal 2014. En materia de contratacion publica: a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones y sus modificaciones. b) Evaluar el Plan Anual de Contrataciones de la Entidad. c) Celebrar convenios con otras entidades del sector publico para encargarles la realizacion de los procesos de contratacion. d) Resolver los recursos de apelacion interpuestos por los participantes de los procesos de seleccion, que no