Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2014 (26/03/2014)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano Miercoles 26 de marzo de 2014

519573
de residuos de la construccion y demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores", los informes tecnicos que lo sustentan y el correspondiente Plan de Gestion, aprobado oportunamente con el Decreto de Alcaldia Nº 017-2013/MM; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el articulo 20, numeral 6, y el articulo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- Modificar el "Plan de gestion de residuos de la construccion y demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores" asi como el Anexo Nº 01 que forma parte integrante del mencionado plan, aprobados por Decreto de Alcaldia Nº 017-2013/MM de fecha 23 de diciembre de 2013, unicamente en el extremo referido de la Meta 1 del plan, descrita en el numeral 8.1 del punto 8: Mecanismos de Ejecucion y Financiamiento, a efectos de considerarse la realizacion de cuatro (04) talleres, con un aforo minimo de cincuenta (50) asistentes; conforme a los considerandos senalados en el presente decreto. Articulo Segundo.- Precisar que el Decreto de Alcaldia Nº 017-2013/MM, de fecha 23 de diciembre de 2013, mantiene validez en todo su demas contenido. Articulo Tercero.- Disponer que se remita la publicacion del presente decreto de alcaldia, asi como del plan y anexo modificado en virtud del Articulo Primero, a la Oficina de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Articulo Cuarto.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del presente decreto de alcaldia en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicacion, asi como del anexo que contiene, en el MORDAZA Institucional (www.miraflores. gob.pe) en la misma fecha de publicacion oficial. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Setima.- Encarguese a la Secretaria General, la publicacion de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la publicacion de la misma en el MORDAZA Institucional (www.miraflores.gob.pe). POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

1066301-1

Modifican el "Plan de gestion de residuos de la construccion y demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores" y Anexo
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002-2014/MM
Miraflores, 20 de marzo de 2014 EL MORDAZA DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, conforme con lo establecido en el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru, las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia. De igual modo, segun el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, la autonomia que la Carta Magna establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 002-2013-EF se aprobaron los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2013, aplicable a todas las municipalidades provinciales y distritales del pais. Asimismo, segun el articulo 6 de este dispositivo, las municipalidades deben cumplir con determinadas metas para acceder a los recursos del Plan de Incentivos, y las metas se establecen para cada MORDAZA de municipalidad tomando en consideracion la finalidad del citado Plan; Que, en merito de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos, asi como de la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley General de Residuos Solidos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM; a efectos de cumplir con la meta pertinente, se emitio el Decreto de Alcaldia Nº 017-2013/MM, de fecha 23 de diciembre de 2013, que aprueba el "Plan de gestion de residuos de la construccion y demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores", asi como el Anexo que forma parte del mencionado plan; habiendose encargado a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente el cumplimiento de la misma y la remision de lo aprobado a la Oficina de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, con posterioridad, a traves del Informe Nº 0102014-GDUMA/MM de fecha 06 de marzo de 2014, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente senala que es necesario modificar parte de la informacion de la Meta 1, descrita en el numeral 8.1 del punto 8: Mecanismos de Ejecucion y Financiamiento del "Plan de gestion de residuos de la construccion y demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores", aprobado con Decreto de Alcaldia Nº 017-2013/MM, debiendo considerarse la realizacion de cuatro (04) talleres, con un aforo minimo de cincuenta (50) asistentes; aspecto que debera reflejarse en el cuadro contenido en el Anexo Nº 01 que forma parte del plan en mencion; Que, por lo expuesto, es necesario efectuar la modificacion acorde con lo solicitado por el area encargada del tema bajo analisis, a efecto de cumplir el Informe Final formulado por el Equipo de Trabajo conformado para el cumplimiento de la "META 32: Elaborar un plan de gestion

1066287-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Regulan la venta, comercializacion y consumo de drogas ilegales y bebidas alcoholicas en areas publicas del distrito
ORDENANZA N° 314-MDS
Surquillo, 28 de febrero del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 28607, Ley de Reforma Constitucional, establece en su articulo 194º que las municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades, en su articulo 80º inciso 3.2 dispone que es funcion especifica exclusiva de la municipalidad distrital: Regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares publicos locales; Que, mediante la Ordenanza Nº 154-MDS de fecha 16 de septiembre del 2005, se regula la venta y el consumo de bebidas alcoholicas dentro de nuestro distrito,