Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2014 (26/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano Miercoles 26 de marzo de 2014

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Ordenanza N° 1783.- Ordenanza que establece el procedimiento a observar en la Municipalidad de MORDAZA en los casos de devolucion de tributos o de otros recursos municipales 519569 MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO Ordenanza N° 304-MDCH.- Suprimen arbitrios pendientes de pago, correspondiente a los ejercicios fiscales del 2000 al 2005 519570 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Ordenanza N° 418/MM.Regulan los horarios de ejecucion de las obras de edificaciones privadas y de los trabajos de acondicionamiento y/o refaccion en el distrito 519571 D.A. N° 002-2014/MM.- Modifican el "Plan de gestion de residuos de la construccion y demolicion depositados en espacios publicos y de obras menores" y Anexo 519573 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Ordenanza N° 314-MDS.Regulan la venta, comercializacion y consumo de drogas ilegales y bebidas alcoholicas en areas publicas del distrito 519573 D.A. N° 004-2014-MDS.- Reglamentan la Ordenanza N° 314-MDS que regula la venta, comercializacion y consumo de drogas ilegales y bebidas alcoholicas en areas publicas del distrito 519574

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA R.A. N° 111-2014-A/MPP.- Designan responsable de la elaboracion y actualizacion del MORDAZA de internet de la Municipalidad 519575 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY Ordenanza N° 003-2014-MDCH.- Prorrogan el plazo para la MORDAZA de la Declaracion Jurada de Autovaluo y pago al contado de primera cuota del Impuesto Predial, correspondiente al ano 2014 519576 Ordenanza N° 004-2014-MDCH.Aprueban MORDAZA Legal de la Comision Ambiental Municipal del Distrito de Chancay 519576 Ordenanza N° 005-2014-MDCH.- Aprueban normas reglamentarias para la prestacion del servicio de transporte publico especial de pasajeros y carga en vehiculos menores motorizados en el distrito 519577 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE IMPERIAL Fe de Erratas Ordenanza N° 003-2014-MDI 519578

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Prorrogan el Estado de Emergencia en el distrito de Echarate, provincia de La Convencion, departamento del MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 021-2014-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2014-PCM publicado el 23 de enero de 2014, se prorrogo por el termino de sesenta (60) dias calendario, a partir del 31 de enero de 2014, el Estado de Emergencia en el distrito de Echarate, ubicado en la provincia de La Convencion en el departamento del Cusco; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia, referido en el considerando precedente, y de acuerdo con lo manifestado por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas mediante el Oficio Nº 231 JCCFFAA/SG de fecha 26 de febrero de 2014, aun subsisten las condiciones que determinaron la declaratoria del Estado de Emergencia en la provincia y distrito indicado; por lo que es necesario prorrogar el mismo, a fin que la presencia de las Fuerzas Armadas, con su acertado accionar, permita que la poblacion se identifique con los fines u objetivos que busca el Gobierno Nacional, esto es, la consolidacion de la pacificacion de la MORDAZA y del pais; Que, el numeral 1) del articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru, establece que la prorroga del Estado de Emergencia requiere de un MORDAZA Decreto Supremo; asi como que en Estado de Emergencia las Fuerzas Armadas

asumen el control del orden interno si asi lo dispone el Presidente de la Republica; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1095, se establecio el MORDAZA legal que regula los principios, formas, condiciones y limites para el empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en zonas declaradas en Estado de Emergencia, en cumplimiento de su funcion constitucional, mediante el empleo de su potencialidad y capacidad coercitiva para la proteccion de la sociedad, en defensa del Estado de Derecho y a fin de asegurar la paz y el orden interno en el territorio nacional; Que, el numeral 4.14 del articulo 4º del Decreto Legislativo Nº 1136, Decreto Legislativo del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, tiene entre sus funciones, asumir el Comando Unico de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional, cuando el Presidente de la Republica declare el estado de emergencia con el control del orden interno a cargo de las Fuerzas Armadas; Que, el articulo 1º del Decreto Supremo N° 0042013-DE de fecha 21 de junio de 2013, precisa los alcances de Comando en acciones u operaciones militares en zonas declaradas en Estado de Emergencia, en los casos en que las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno, disponiendo que la planificacion, organizacion, direccion y conduccion de las acciones u operaciones militares seran ejecutadas bajo un Comando Unificado, a cargo del respectivo Comando Operacional de las Fuerzas Armadas, al cual se integrara la Policia Nacional, de acuerdo a las disposiciones y directivas que emita el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; De conformidad con lo establecido en los numerales 4) y 14) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica. DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga de Estado de Emergencia Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias calendario, a partir del 01 de MORDAZA de 2014, el Estado de Emergencia