Norma Legal Oficial del día 26 de marzo del año 2014 (26/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Miercoles 26 de marzo de 2014

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de Credito Presupuestal N°s 0272 y Nº 0273 para el pago de las prestaciones economicas de sepelio correspondientes a las MORDAZA de Financiamiento de Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados, respectivamente; Que, mediante documento de vistos, la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sustenta la necesidad de aprobar los pagos directos de las prestaciones economicas de sepelio, correspondientes al mes de marzo del 2014; Con el visto MORDAZA de la Secretaria General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Oficina General de Administracion de Recursos y con la opinion favorable de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2 del articulo 12° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 11.8 del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 0112011-SA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el pago directo de prestaciones economicas de sepelio a nivel nacional por la suma total de CUATRO MILLONES VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 80/100 NUEVOS SOLES, (S/. 4'026,285.80) con cargo a las MORDAZA de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y 09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente al mes de marzo 2014, de acuerdo al siguiente detalle: 00-Recursos Ordinarios 09-Recursos Directamente Recaudados TOTAL S/. 4'009,845.80 S/. 16,440.00 S/. 4'026,285.80

ORGANISMOS EJECUTORES SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban pago directo de prestaciones economicas de sepelio a nivel nacional correspondiente al mes de marzo de 2014
RESOLUCION JEFATURAL Nº 079- 2014/SIS
MORDAZA, 25 de marzo de 2014 VISTOS: El Informe N° 006-2014-SIS-GNF-PCT con Proveido Nº 061-2014-SIS-GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, sobre el pago directo de las prestaciones economicas de sepelio a nivel nacional, el Memorando N° 108-2014-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe Nº 053-2014-SIS/OGAJ/JIPL con Proveido N° 142-2014-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, se establecen los principios asi como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el articulo 11° de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en concordancia con los articulos 77º y 78º de la Constitucion Politica del Peru; Que, en el numeral 12.1 y 12.2 del articulo 12° de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se dispone la autorizacion de las transferencias financieras en el Ano Fiscal 2014, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que esta considerada el Seguro Integral de Salud, aprobandose por Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el articulo 4° del Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectue el Seguro Integral de Salud requiere la suscripcion obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duracion de hasta tres (3) anos renovables, de igual modo, dispone que en los convenios que se suscriban con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud publicas podran establecerse diferentes modalidades o mecanismos de pago; Que, a traves del articulo 2° del Decreto Supremo N° 007-2012-SA, se precisa que los Planes Complementarios al PEAS que ofrece el Seguro Integral de Salud, incluyen la prestacion economica de sepelio a nivel nacional; Que, con Resolucion Ministerial N° 910-2011/MINSA, se modifica el numeral 1 del acapite V.2 Del MORDAZA de Pago de las Prestaciones de la Directiva Administrativa N° 112-MINSA/SIS-V.01, aprobada por Resolucion Ministerial N° 422-2007/MINSA, en el que se dispone que "Las transferencias de recursos seran programadas por el SIS, a fin de garantizar el oportuno financiamiento de las prestaciones"; Que, de acuerdo al parrafo precedente y al numeral 6.3.2.2 de la Directiva Administrativa Nº 001-2013/SIS/GNF, que regula el Pago de la Prestacion Economica de Sepelio para los Afiliados a los Regimenes de Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro Integral de Salud, aprobada por Resolucion Jefatural N° 202-2013/ SIS, la misma que dispone que "La Oficina General de Administracion de Recursos, efectua el MORDAZA de pago (compromiso, devengado, girado y pagado) de las Prestaciones Economicas de Sepelios, con la emision de la carta orden de habilitacion de fondos en la cuenta corriente de la respectiva entidad bancaria"; Que, con Memorando N° 108-2014-SIS/OGPPDO, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, aprueba las Certificaciones

Articulo 2°.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano", asi como coordinar con la Oficina General de Tecnologia de la Informacion su publicacion en el MORDAZA del Seguro Integral de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe del Seguro Integral de Salud (e)

1066924-1

Aprueban transferencia de la Unidad Ejecutora FISSAL para las Unidades Ejecutoras, correspondiente al pago prospectivo por convenio
RESOLUCION JEFATURAL Nº 080-2014/SIS
MORDAZA, 25 de marzo de 2014 Vistos, el Oficio Nº 109-2014-SIS-FISSAL/J cursado por el Jefe (e) del Fondo Intangible Solidario de Salud ­ FISSAL sobre la Programacion de las Transferencias a las Unidades Ejecutoras a nivel nacional por los servicios relacionados al Listado de Enfermedades de Alto Costo correspondiente al pago prospectivo por convenio, el Informe Nº 011-2014/SIS-FISSAL-PLANEAMIENTO del Responsable de Planeamiento y Presupuesto (e) del FISSAL y el Informe Nº 019-2014-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, se establecen los principios asi como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refiere el articulo 11° de la Ley Nº 28112, Ley MORDAZA de la Administracion Financiera del Sector Publico, en