Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2013 (14/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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y Eventos Agropecuarios aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0650-2006-AG que se desarrolla anualmente a nivel nacional, regional y local que no superpone a los mercados de productores agropecuarios y por el contrario proporciona complementariedad a este ultimo. La MORDAZA Disposicion Complementaria Final establece que el Ministerio de Agricultura y Riego, sector rector de la Politica Nacional Agraria menciona que este dictara los lineamientos necesarios a las Direcciones Regionales respectivas para el ejercicio de las acciones de asesoramiento, apoyo, seguimiento, monitoreo y supervision de los mercados de productores agropecuarios. La Tercera Disposicion Complementaria especifica que los productores organizados y comprendidos en los alcances de ley y este reglamento podran solicitar la constitucion de mercados de productores agropecuarios en el ambito de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, de acuerdo al procedimiento establecido en este reglamento. ANALISIS COSTO ­ BENEFICIO Si bien no es cuantificable el costo anual que demandara la aplicacion del reglamento al Ministerio de Agricultura y Riego, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, sin embargo en el articulo 8 de la Ley hay un mandato para que los Gobiernos Regionales y Locales puedan implementar programas para la creacion de infraestructura de mercados de productores agropecuarios que se financien con los recursos presupuestales de inversion propios o externos, cualquiera sea la fuente de financiamiento, para ser concesionados a las organizaciones de los productores. Teniendose en cuenta lo mencionado anteriormente, la expedicion de la presente MORDAZA, no demandara mayores recursos que los asignados en cada pliego presupuestal. El beneficio de la aplicacion de la MORDAZA radica en que con la promocion del desarrollo de los mercados de productores agropecuarios, se promovera una mayor competitividad al pequeno productor agropecuario, igualmente se lograra mejoras en la comercializacion de los productos y con ello mayor rentabilidad de los productores. IMPACTO EN LA LEGISLACION NACIONAL La expedicion de la MORDAZA propuesta es para reglamentar la Ley Nº 29676, Ley de Promocion del Desarrollo de los Mercados de Productores Agropecuarios, de manera que su emision esta relacionada unicamente con esa Ley. No tiene mas impacto en la legislacion nacional. 987343-2

El Peruano Sabado 14 de setiembre de 2013

que el Ministerio de Agricultura y Riego, tiene como ambito de competencia las tierras de uso MORDAZA y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; recursos forestales y su aprovechamiento; MORDAZA y fauna; recursos hidricos; infraestructura agraria; riego y utilizacion de agua para uso agrario; cultivos y crianzas; sanidad, investigacion, extension, transferencia de tecnologia y otros servicios vinculados a la actividad agraria; Que, los Proyectos Especiales a cargo del Ministerio de Agricultura y Riego, fueron creados para agilizar la atencion de las necesidades de la poblacion de la costa, MORDAZA y MORDAZA, con la finalidad comun de coadyuvar a mejorar la calidad de MORDAZA de sus habitantes mediante la generacion y ejecucion de proyectos integrales de desarrollo, especialmente en el ambito agrario, en el contexto de una economia regional dinamica, inclusiva y sostenida, por un periodo determinado de tiempo; habiendose generado Proyectos Especiales adicionales en los ultimos anos; Que, de lo senalado, se advierte la necesidad de conformar una Comision Sectorial de naturaleza temporal y que supervise y efectue el seguimiento de la gestion de cada uno de los Proyectos Especiales, de acuerdo a sus particularidades, formulando propuestas tendientes a mejorar la eficiencia y eficacia de su gestion, a fin de consolidarlas como herramientas de gestion para el desarrollo de los territorios donde se ubican; Que, el numeral 1 del articulo 36 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que las Comisiones Sectoriales son de naturaleza temporal, creadas con fines especificos, entre otros, de propuesta o emision de informes tecnicos, y son creadas por Resolucion Ministerial del titular a cuyo ambito de competencia corresponden; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 y en el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1.- Creacion de la Comision Sectorial de Naturaleza Temporal Crease la Comision Sectorial de naturaleza temporal, en adelante la "Comision", con el objeto de evaluar y hacer propuestas, para la optimizacion de la administracion y gestion de los Proyectos Especiales adscritos al Ministerio de Agricultura y Riego. Articulo 2.- Conformacion de la Comision La Comision estara conformada por: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, quien la presidira; - MORDAZA MORDAZA Dumet MORDAZA, Asesor de la Alta Direccion. - MORDAZA Ezcurra MORDAZA, Asesor de la Alta Direccion. - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Kriljenko, Director General de la Direccion General de Infraestructura Hidraulica; y, - MORDAZA del MORDAZA MORDAZA Munoz, Director General de la Oficina de Apoyo y Enlace Regional. Los integrantes de la Comision ejerceran el cargo ad honorem y acreditaran a sus representantes mediante comunicacion escrita dirigida al Presidente de la Comision, en un plazo no mayor de dos (2) dias habiles, contados a partir del dia habil siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. La Comision debera instalarse en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles, contados a partir del dia habil siguiente de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3.- Funciones La Comision realizara las siguientes funciones: - Evaluacion del desempeno de los Proyectos Especiales existentes.

Crean Comision Sectorial de naturaleza temporal con el objeto de evaluar y hacer propuestas para la optimizacion de la administracion y gestion de los Proyectos Especiales adscritos al Ministerio de Agricultura y Riego
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0334-2013-MINAGRI MORDAZA, 11 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048, se determina que el Ministerio de Agricultura y Riego, disena, establece, ejecuta y supervisa las politicas nacionales y sectoriales en materia agraria, ejerce la rectoria en relacion con MORDAZA y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno vinculados al ambito de su competencia; Que, el articulo 4 del Decreto Legislativo Nº 997, modificado por el articulo 3 de la Ley Nº 30048, determina