Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2013 (14/09/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Sabado 14 de setiembre de 2013

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Articulo 10°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 988300-3

junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del MORDAZA MORDAZA Jhonathan MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP. 01022179, DNI. 43314758, para que participe en el Quincuagesimo Octavo Crucero de Instruccion del Buque Escuela "ESMERALDA", como Oficial Observador de las actividades formativas y maniobras propias de un velero, debiendo embarcarse en el puerto de Valparaiso, Republica de MORDAZA, del 16 de setiembre de 2013 al 9 de MORDAZA de 2014. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan al Ano Fiscal 2013, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aereo (ida): MORDAZA - MORDAZA (Republica de Chile) US$ 1,085.00 US$ 1,085.00 Pasaje Terrestre (ida): MORDAZA - Valparaiso (Republica de Chile) US$ 30.00

Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Brasil, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 495-2013-DE/ MORDAZA, 13 de setiembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Circular N° 443-2013 de 28 de agosto de 2013, el Director Ejecutivo de la Secretaria Pro Tempore del Consejo de Defensa Suramericano (CDS), comunico a los Jefes de las Delegaciones Nacionales de los paises miembros del (CDS), la realizacion de la Tercera Reunion de la actividad 4.f del Plan de Accion 2013 "Elaborar una propuesta de creacion de la Escuela Suramericana de Defensa", que se efectuara en la MORDAZA de Rio de Janeiro, Republica Federativa del Brasil, los dias 17 y 18 de setiembre de 2013; Que, la mencionada actividad fue convocada por el Ministerio de Defensa de la Republica Federativa del Brasil a traves de la Carta N° 68/ SPDN/SCPE/CAE/EMCFA-MD del 28 de agosto de 2013; Que, siendo el tema a tratar de interes del Sector Defensa, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio al MORDAZA FAP MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA y al senor MORDAZA Imer Del MORDAZA MORDAZA, para que participen en la mencionada actividad en representacion del Ministerio de Defensa; Que, el viaje que se autoriza se encuentra previsto en el Rubro 5: Medidas de Confianza Mutua, Item 102, Anexo 1 (RO) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2013, aprobado con Resolucion Suprema N° 091-2013-DE/ del 15 de marzo de 2013, y su modificacion; con Resolucion Suprema N° 405-2013-DE/ del 12 de agosto de 2013; Que, en el citado Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Ano Fiscal 2013, se habia considerado como MORDAZA sede la Republica del Ecuador; sin embargo, de acuerdo con los ultimos documentos de coordinacion la mencionada actividad se va a realizar en la Republica Federativa del Brasil; Que, los gastos que ocasione la presente Comision de Servicio, se efectuaran con cargo al presupuesto institucional del Ano Fiscal 2013 del Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administracion General, de conformidad con el articulo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de Junio de 2002; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 8° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, los viaticos que se otorguen seran por cada dia que dure la mision oficial o el evento, a los que se podra adicionar por una sola vez el equivalente a un dia de viaticos, por concepto de gastos de instalacion y traslado, cuando el viaje es a cualquier MORDAZA de America; Que, con el fin de facilitar el viaje del personal comisionado, es necesario autorizar su salida del MORDAZA con un (1) dia de anticipacion, asi como su retorno un (1) dia despues del evento; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio

US$

30.00

Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 2,400.00 / 30 x 15 dias (setiembre 2013) US$ 1,200.00 US$ 2,400.00 x 3 meses (octubre - diciembre 2013) US$ 7,200.00 ------------------TOTAL A PAGAR: US$ 9,515.00 Articulo 3º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Ano Fiscal correspondiente. Articulo 4º.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorizacion de viaje en Comision de Servicio, se efectuara con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru del Ano Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Articulo 5°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 6°.- El Oficial Subalterno designado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 7°.- El mencionado Personal MORDAZA, revistara en la Direccion General del Personal de la MORDAZA, por el periodo que dure la Comision de Servicio. Articulo 8°.- El citado Oficial Subalterno, esta impedido de solicitar su pase a la Situacion Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 9°.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.