Norma Legal Oficial del día 14 de diciembre del año 2012 (14/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 14 de diciembre de 2012

y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modificado por los Decretos Supremos Nº 014-2010PCM y Nº 117-2012-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar la asignacion del Gerente Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA Orejuela, aprobada por Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 174-2011SERVIR-PE, a partir de la fecha de su designacion por parte de la Biblioteca Nacional del Peru, en el extremo referido a su cargo de destino, quedando como Director de la Oficina de Desarrollo Tecnico de la Biblioteca Nacional del Peru. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CORTES CARCELEN Presidente Ejecutivo Autoridad Nacional del Servicio Civil 878410-2

Que, en ese orden de ideas, se considera necesario establecer pautas minimas que deben observar dichas empresas en los casos que decidan realizar actividades complementarias para cuyo fin adicionalmente, deberan solicitar autorizacion de la Superintendencia del MORDAZA de Valores; Que, para tales efectos, resulta necesario determinar la documentacion que debe acompanarse a la solicitud de autorizacion para realizar actividades complementarias por parte de las empresas clasificadoras; Que, en razon de lo anteriormente senalado, el Proyecto propone la modificacion del articulo 6° del Reglamento de Empresas Clasificadoras de Riesgo, aprobado por Resolucion CONASEV N° 074-1998-EF/94.10; Que, en tal sentido, resulta necesario difundir el Proyecto a traves del MORDAZA del MORDAZA de Valores Peruano (www.smv.gob.pe), y publicar la presente resolucion que autoriza su difusion en el Diario Oficial El Peruano; y, Estando a lo dispuesto en la Resolucion CONASEV Nº 089-2006-EF/94.10, que aprueba la politica de difusion previa de las normas de caracter general de la SMV, asi como a lo acordado por el Directorio de la SMV, reunido en sesion del 11 de diciembre de 2012; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la difusion del Proyecto de modificacion del articulo 6° del Reglamento de Empresas Clasificadoras de Riesgo, aprobado por Resolucion CONASEV N° 074-1998-EF/94.10. Articulo 2°.- Disponer que el proyecto senalado en el articulo precedente se difunda en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la Superintendencia del MORDAZA de Valores (www.smv.gob.pe). Articulo 3º.- El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del MORDAZA de Valores sus comentarios y observaciones respecto del proyecto senalado en los articulos anteriores es de diez (10) dias calendario, a partir de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Los comentarios y observaciones a los que se refiere el articulo anterior, podran ser presentados via Mesa de Partes de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, ubicada en Avenida MORDAZA MORDAZA 315- Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, o por via electronica a traves de la siguiente direccion de correo electronico: ProyClasRies@smv.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ROCCA MORDAZA Superintendente del MORDAZA de Valores 877655-1

SUPERINTENDENCIA DEL MORDAZA DE VALORES
Autorizan difusion del Proyecto de modificacion del articulo 6º del Reglamento de Empresas Clasificadoras de Riesgo en el MORDAZA del MORDAZA de Valores de la SMV
RESOLUCION SMV Nº 046-2012-SMV/01 MORDAZA, 11 de diciembre de 2012 VISTOS: El Expediente N° 2012035524, el Informe Conjunto N° 944-2012-SMV/06/12, de fecha 06 de diciembre de 2012, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica y la Superintendencia Adjunta de Investigacion y Desarrollo, asi como el proyecto de Resolucion que modifica el articulo 6° del Reglamento de Empresas Clasificadoras de Riesgo, aprobado por Resolucion CONASEV N° 0741998-EF/94.10, (el Proyecto); CONSIDERANDO: Que, el articulo 269° del Decreto Legislativo Nº 861, Ley del MORDAZA de Valores, dispone que "Empresa clasificadora de riesgo es la persona juridica que tiene por objeto exclusivo categorizar valores, pudiendo realizar actividades complementarias de acuerdo a las disposiciones de caracter general que establezca CONASEV"; Que, el articulo 5° del Reglamento de Empresas Clasificadoras de Riesgo, aprobado por Resolucion CONASEV N° 074-1998-EF/94.10 (en adelante el Reglamento), dispone que "La Clasificadora y sus Integrantes deben tener por actividad exclusiva la relacionada con la clasificacion de riesgo". Que, asimismo, conforme al articulo 6° del Reglamento, "se consideran dentro de las actividades complementarias de las Clasificadoras, citadas en el Articulo 269 de la Ley, la clasificacion de personas juridicas, la difusion permanente de su actividad y la publicacion de las clasificaciones que otorgue con sus respectivos fundamentos"; Que, conforme a lo dispuesto por la Ley del MORDAZA de Valores, la empresa clasificadora de riesgo si bien tiene por objeto exclusivo la categorizacion de valores, puede realizar actividades complementarias, algunas de las cuales la reglamentacion de tales empresas, las enuncia;

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aprueban Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 227-2012-CE-PJ MORDAZA, 12 de noviembre de 2012 VISTO: El Oficio Nº 2711-2012-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, por el cual remite propuesta de Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.