Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2006 (21/01/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 21 de enero de 2006

(vi) ordenar la publicacion de la presente resolucion en el diario oficial El Peruano, dado que los criterios de interpretacion senalados contribuiran a una mejora eficiente del MORDAZA para proteger los intereses de los consumidores. (vii) poner en conocimiento del Ministerio Publico la presente Resolucion a efecto de que adopte las medidas que correspondan en el ambito de su competencia. SANCION: 50 Unidades Impositivas Tributarias
MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2005 1. HECHOS 1.1. Expediente Nº 038-2005/CPC Mediante Informe Nº 003-2005/CPC de fecha 4 de enero de 2005, el Area de Prevencion y Fiscalizacion puso en conocimiento de la Secretaria Tecnica, los resultados de la Investigacion Nº 001-2005-PREV-CPC, la misma que se encontraba referida a los problemas suscitados en el evento "Fiesta Luau 2005 Asia", realizado en el Km.101 de la carretera Panamericana Sur, en el Distrito de Asia. Conforme a lo senalado en el referido Informe, se habria dado una serie de irregularidades en este evento, toda vez que no se habria brindado a los consumidores el servicio de acuerdo a las caracteristicas ofrecidas. En los tripticos repartidos a los consumidores, se informaba que en dicho evento se contaria con cuatro distintos ambientes: 1. " MORDAZA General, que incluia una serie de bebidas alcoholicas como cerveza, ron Appleton, vodka Stolichnaya, MORDAZA y Zhumir Ice". 2. "Zona Electronica, a cargo del mejor DJ nacional MORDAZA MORDAZA, acompanado por Kike Mayor, y ello se desarrollaria en un area de 900 m2 ". 3. "Zona Vip Arabe, que incluia lo mismo que la MORDAZA general pero a ello se adicionaba tequila Sauza, whisky Ballantines y nuevos sabores de Zhumir Ice, todo ello en un ambiente distinto y mas MORDAZA con vista a mar". 4. "Zona Super Vip Oriental que incluia lo que se daba en la MORDAZA General, con mozos que atenderian cada una de las mesas y propia pista de baile". Adicionalmente, se mencionaba la presencia de una MORDAZA con canones de espuma traidos de Espana, asi como fuegos artificiales y una amplia playa de estacionamiento. De otro lado, en los brochures en los que se anunciaba el evento se incluian las MORDAZA de los siguientes productos, a modo de auspiciadores: 1. Cerveza Quilmes 2. Vodka Stolichnaya 3. Ciclon energy drink 4. Zhumir Ice 5. Whisky Ballantines 6. Multicines UVK 7. Go! Magazine 8. Distribuidora Almendariz 9. MORDAZA Teens 10. Appleton Jamaica Rum 11. Tequila Sauza 12. Domino's Pizza 13. Gold's Gym 14. Aiwa 15. Stefano's Tattoo 16. Pepsi En tal sentido, mediante dichas indicaciones se daba a entender a los consumidores que el evento contaba con el respaldo de las referidas marcas. No obstante ello, en dicho evento no se habria cumplido con lo ofrecido, toda vez que el espacio preparado para el mismo no contaba con luces, musica, mozos, anfitrionas, ni habian zonas ambientadas conforme a lo ofrecido (zona electronica, MORDAZA vip arabe - 85 soles, MORDAZA super vip oriental - 120 soles y MORDAZA General - 70 soles). Asimismo, de acuerdo a la informacion obtenida, se habria podido observar la falta de personal en los puntos de venta y entrega de bebidas lo que genero desorden. En tal sentido, a fin de determinar si Cannibal habria infringido las normas de proteccion al consumidor al no cumplir con brindar a los consumidores el servicio de acuerdo a las

caracteristicas ofrecidas, mediante Proveido Nº 1 de fecha 4 de enero de 2005, la Secretaria Tecnica de la Comision resolvio iniciar procedimiento de oficio contra Cannibal por presuntas infracciones al deber de idoneidad, contenido en el articulo 8º de la Ley de Proteccion al Consumidor2 . Mediante escrito de fecha 7 de enero de 2005, el senor MORDAZA MORDAZA Baquerizo MORDAZA (en adelante, el senor Baquerizo) en su calidad de Gerente General de Cannibal presento sus descargos. En dicho escrito senalo lo siguiente: (i) que no autorizo a su socio, el senor Samaan para que lleve a cabo el evento materia de procedimiento; (ii) que Cannibal no tuvo participacion en la realizacion de dicho evento, toda vez que la autorizacion municipal de MORDAZA no fue solicitada a nombre de su empresa; (iii) que no autorizo, ni MORDAZA documentacion alguna (contratos, comunicaciones, circulares, entre otros) que acreditase que el evento se llevaria a cabo el 31 de diciembre de 2004; (iv) que no realizo ninguna diligencia, ni tramite a nombre de Cannibal ante Defensa Civil para la realizacion del evento materia del procedimiento; (v) que no MORDAZA ningun documento, contratos de alquiler de local, equipos de sonidos, toldos, mesas, silla, canones de espuma y demas equipos para la realizacion de dicho evento; (vi) que no tuvo contacto con ninguna empresa auspiciadora; (vii) que no intervino en la verificacion de la capacidad del local, ni controlo las entrada vendidas, por cuanto Cannibal no organizo dicho evento; (viii) que desconocia los motivos por los cuales se produjeron los problemas en la realizacion de dicho evento, por lo que no tomo ninguna medida ni informo a los consumidores; (ix) que en tanto no tenia participacion en el evento materia del procedimiento, no podia precisar el numero de solicitudes de devolucion de las entradas y demas detalles; y, (x) que Cannibal fue sorprendida por terceras personas que se tomaron la licencia de utilizar su razon social, con el fin de enganar a los consumidores que acudieron al evento. Por tal motivo, los mismos estaban denunciados ante el Ministerio Publico a fin de deslindar responsabilidades. Posteriormente, mediante Memorandum Nº 011-2005/GDISac, de fecha 11 de enero de 2005, se informo a la Secretaria Tecnica de la Comision que durante el periodo comprendido entre el 3 y 10 de enero de 2005 se habian presentado ante la Oficina de Servicios al Ciudadano y Atencion de Reclamos MORDAZA - 566 reclamos contra Cannibal. 1.2. Expediente Nº 095-2005/CPC Mediante Informe Nº 083-2005/CPC de fecha 17 de enero de 2005, el Area de Prevencion y Fiscalizacion de la Comision puso en conocimiento de la Secretaria Tecnica, las declaraciones efectuadas por el senor Samaan, en el reportaje emitido el 9 de enero de 2005 en el programa "Reporte Semanal" del MORDAZA 2, de las cuales se desprendia la participacion de terceras personas como organizadores del evento materia del procedimiento3 .

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Asimismo, en dicha resolucion la Secretaria Tecnica de la Comision requirio a Cannibal lo siguiente: (i) la documentacion (contratos, comunicaciones, circulares, entre otros) que acredite que la fiesta se llevaria a cabo el 31 de diciembre de 2004; (ii) los contratos que acrediten el alquiler del local, los equipos de sonido, toldos, mesas, sillas, los canones de espuma y demas equipos para la realizacion de la fiesta mencionada; (iii) quienes son las empresas auspiciadoras del evento realizado y los documentos que acrediten ello; (iv) la capacidad del local, asi como el numero de entradas vendidas; (v) la documentacion que acredite haber obtenido permiso de la Municipalidad de la MORDAZA y la aprobacion por parte de Defensa Civil para la realizacion del evento; (vi) las razones por las cuales se produjeron los problemas en la realizacion del evento de acuerdo a las noticias difundidas en los diferentes medios de comunicacion, que medidas se adoptaron, como se informo a los consumidores ante la situacion particular del mencionado evento; y (vii) el numero de solicitudes de devolucion de entradas, especificando el numero y montos de las entradas devueltas de manera efectiva y como se esta informando a los consumidores para proceder a ello. Por otro lado, se ordeno remitir al Ministerio Publico MORDAZA del expediente y de la resolucion que admitio a tramite la denuncia, para que MORDAZA conocimiento de la misma y adopte las medidas correspondientes dentro del ambito de su competencia. Ante la pregunta "¿Quienes se encargaron de hacer la fiesta de este ano?" senalo: "Cannibal Producciones S.A.C., mi empresa, con MORDAZA Yancul, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Jacobo; somos los cuatro que hemos hecho el evento".

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