Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2006 (21/01/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 119

MORDAZA, sabado 21 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

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Modifican la Ordenanza Nº 059-05/ MDLV que establece tasa de parqueo vehicular en el distrito
ORDENANZA Nº 065-05/MDLV La MORDAZA, 26 de noviembre de 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto en la Orden del Dia de la Sesion Ordinaria de Concejo celebrada con fecha 26 de noviembre del 2005, el Informe Nº 590-2005-DR/MDLV de fecha 23 de noviembre del 2005 formulado por el Director de Rentas, por el que solicita la aprobacion del Proyecto de Ordenanza que modifica la Ordenanza Nº 059-05/ MDLV, sobre la Tasa por Estacionamiento Vehicular en el distrito de La Victoria; el Informe Nº 1296-05-DAJ/ MDLV, de fecha 24 de noviembre del 2005, emitido por la Direccion de Asesoria Juridica y los Dictamenes Nºs. 013-2005-CPRC -MDLV y Nº 014-2005-CPPPAL/ MDLV de las Comisiones Permanentes de Rentas y de Planificacion, Presupuesto y Asuntos Legales, respectivamente; y, CONSIDERANDO; Que, conforme con el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de gobiernos local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, en el MORDAZA parrafo de la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Decreto Supremo Nº 135-99-EF, que aprueba el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, se establece que los gobiernos locales mediante Ordenanzas, pueden crear, modificar y suprimir contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el inciso d) del articulo 68º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, senala que las Municipalidades podran imponer la Tasa de Estacionamiento Vehicular, la misma que debe pagar todo aquel que estacione su vehiculo en zonas comerciales de alta circulacion, conforme lo determine la Municipalidad del distrito correspondiente, con los limites que determine la Municipalidad Provincial respectiva y en el MORDAZA de las regulaciones sobre MORDAZA que dicte la autoridad competente del Gobierno Central; Que, la Tasa es el tributo cuya obligacion tiene como hecho generador la prestacion efectiva por el Estado de un servicio publico individualizado en el contribuyente. No es Tasa el pago que se percibe por un servicio de origen contractual, conforme lo define el inciso c) de la MORDAZA II del Titulo Preliminar del Codigo Tributario; Que, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mediante Ordenanza Nº 607 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 24 de marzo del 2004, modificada por las Ordenanza Nºs. 648 y 689 publicadas el 19 de MORDAZA y 17 de setiembre del 2004 respectivamente, han regulado el procedimiento de Ratificacion de Ordenanzas Distritales; Que, asimismo, mediante Ordenanza Nº 739 publicado el 26 de diciembre del 2004, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ha aprobado la Ordenanza MORDAZA de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la Provincia de Lima; Que, mediante Directiva Nº 001-006-00000001, el Servicio de Administracion Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24 de junio del 2004, ha regulado la determinacion de los costos de los servicios y procedimientos administrativos que dan origen a

tributos, entre ellos la Tasa por Estacionamiento Vehicular; Que, por Directiva Nº 001-006-00000005, el citado organismo ha aprobado la Directiva que establece criterios y metodologia para estimacion de ingresos y determinacion de la tasa a cobrar por servicios de Estacionamiento Vehicular Temporal aplicados en las Municipalidades de la Provincia de Lima; Que, bajo este MORDAZA legal, la Municipalidad Distrital de La MORDAZA mediante Ordenanza Nº 059-05/MDLV establecio en la Jurisdiccion del distrito el tributo denominado "Tasa por Estacionamiento Vehicular", en zonas comerciales y recreacionales; Que, mediante oficio Nº 004-090-00001718 de fecha 4 de noviembre del 2005, el Servicio de Administracion Tributaria (SAT) de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA hace algunas observaciones a la Ordenanza Nº 059-05/MDLV, las misma que se deben subsanar con la finalidad de continuar con el tramite de ratificacion respectiva; Que, en merito de las consideraciones expuestas, al Reglamento Interno de Concejo y de conformidad con el Articulo 9º inciso 8) de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; el Concejo, luego del debate pertinente y en la forma reglamentaria, por MAYORIA y con dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta, aprobo la siguiente: ORDENANZA MODIFICACION DE LA ORDENANZA Nº 059-05-MDLV, REFERIDA A LA TASA POR ESTACIONAMIENTO VEHICULAR EN EL DISTRITO DE LA MORDAZA Articulo Primero.- Modifiquese el articulo tercero bajo los terminos siguientes: "Articulo Tercero.- La obligacion tributaria nace al momento de estacionar el vehiculo en los espacios habilitados para tal fin y previamente identificado por la autoridad municipal. El tiempo minimo de tolerancia para el estacionamiento temporal de vehiculos por cada vez sera de diez (10) diez minutos, transcurrido este tiempo se procedera al cobro de la unidad minima, asi el vehiculo no MORDAZA llegado a usar el total de este tiempo." Articulo Segundo.- Agreguese el articulo decimo tercero, bajo los terminos siguiente; "Articulo Decimo Tercero.- Apruebese el Cuadro de Estructura de Costos y de Estimacion de Ingresos de la Tasa por Estacionamiento Vehicular que en Anexo I y II forman parte de la presente Ordenanza, dejandose sin efecto cualquier otro cuadro aprobado." Articulo Tercero.- Modifiquese el articulo MORDAZA bajo los terminos siguientes: "Ar ticulo Sexto.- El monto de la Tasa por Estacionamiento Vehicular sera de S/. 0.50 (Cincuenta Centimos de MORDAZA Sol), pro cada 30 minutos de utilizacion de los espacios habilitados para tal fin. Las Camionetas, camiones y demas vehiculos mayores, deberan pagar conformes con los espacios de estacionamiento que utilicen". POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA