Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2006 (21/01/2006)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 127

MORDAZA, sabado 21 de enero de 2006

NORMAS LEGALES

Pag. 310757

informacion y/o de acceso a metodos anticonceptivos eficaces, o por relaciones sexuales no consentidas y, por tanto, no deseadas. Un embarazo planificado, a su vez, corresponderia a aquel que es conscientemente buscado, atendiendo a una decision informada por parte de la adolescente y/o la MORDAZA, o que, no siendo conscientemente buscado, forma parte de las probables consecuencias que la mujer, o la MORDAZA, reconocen como resultado legitimo de su actividad sexual. Un embarazo planificado se produciria, entonces, cuando la adolescente o la MORDAZA, cuenta con una amplia informacion sobre los temas de sexualidad y anticoncepcion, asi como de las consecuencias sociales, psicologicas, culturales y economicas del embarazo y la maternidad tanto en las madres, como en los padres y los hijos/as. Articulo 6º.- RESPONSABLE DE EJECUCION: Encargar a la Gerencia Municipal, DEMUNA, Gerencia de Par ticipacion Vecinal, Gerencia de Seguridad Ciudadana; y demas areas competentes el estricto cumplimiento de la presente ordenanza. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El costo total que demande atender esta Ordenanza, sera asumido por la Municipalidad Distrital. Tambien se considerara como fuente de financiamiento y recursos para atender dicho gasto, los provenientes de la Cooperacion Tecnica Internacional o Nacional, Publica y/o Privada, ONGs, entidades gubernamentales y otras dispuestas a colaborar. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y mantiene su vigencia en tanto y cuanto no sea modificada por una MORDAZA de la misma naturaleza e igual jerarquia. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALAVA MORDAZA 01206

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables penales y civiles de la enajenacion de terreno de propiedad de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 141-2005/MDV-CDV Ventanilla, 5 de octubre de 2005 EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE VENTANILLA VISTO: La continuacion de la Sesion Ordinaria de Concejo celebrada el 28 de setiembre del 2005, el Expediente Nº 10217, Informe Nº 192-2005/MDV-GDUO, e Informe Nº 713-2005/MDV-OAJ, referente a inicio de acciones judiciales; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado sobre descentralizacion, concordado con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, referente a la autonomia politica, economica y administrativa con sujecion al ordenamiento juridico, en los asuntos de su competencia; Que, mediante Expediente Nº 10217 del 10 de junio del presente, la empresa de Servicios Postales del Peru S.A. ­SERPORST senala que es propietaria de una oficina ubicada en la manzana C10 lote 01 de la urbanizacion ex MORDAZA Comercial del distrito de Ventanilla, que anteriormente pertenecia al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, pero que en los archivos de esta comuna figura como Propiedad Asociativa, por lo que solicita la regularizacion a Propiedad Individual; Que, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras mediante Informe Nº 192-2005/MDV-GDUO del 24 de

junio del presente, solicita a esta comuna la regularizacion en el Catastro Municipal del lote referido en el parrafo anterior, siendo que en el mes de MORDAZA del presente, figuraba la municipalidad como propietario, opinando que se deberia de considerar en la acumulacion de lotes y efectuar las coordinaciones con SERPOST S.A. para su correspondiente saneamiento; Que, segun Informe Nº 713-2005/MDV-OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica de fecha 22.09.2005, el terreno mencionado en el MORDAZA considerando, fue legitimamente transferido a favor de esta Corporacion MORDAZA, en cumplimiento de la Resolucion Ministerial Nº 05987-VG-5600 y la Resolucion de Concejo Nº 000003 el 27 ENE 1994 expedida por la Municipalidad Provincial del Callao, que registralmente tiene un uso para Centro Civico Comunal, siendo inscrita a favor de esta comuna en los Registros Publicos del Callao el 10 de junio del ano 1994; Que, de lo senalado por la Oficina de Asesoria Juridica, la municipalidad cedio en Uso la manzana C10 lote 01 de la urbanizacion ex MORDAZA Comercial a favor de la Direccion General de Correos (ahora - SERPORST) aproximadamente en el ano 1984, la misma que registralmente tiene un uso para Centro Civico Comunal; opinando el que vende lo ajeno como propio de libre disponibilidad, incumple lo dispuesto en la Ley Nº 26887 - Ley General de Sociedades, y origina el ilicito de Estafa y Otras Defraudaciones, contenidas en el articulo 197º del Codigo Penal; Que, el Articulo 38º de la Ley Nº 26887 - Ley General de Sociedades establece, que "Son nulos los acuerdos societarios adoptados con omision de las formalidades de publicidad prescritas, contrarios a las leyes que interesan al orden publico o a las buenas costumbres, a las estipulaciones del pacto social o del estatuto, o que lesionen los intereses de la sociedad en beneficio directo o indirecto de uno o varios socios. Son nulos los acuerdos adoptados por la sociedad en conflicto con el pacto social o el estatuto, asi cuenten con la mayoria necesaria, si previamente no se ha modificado el pacto social o el estatuto con sujecion a las respectivas normas legales estatutarias (...)"; Que, de acuerdo al Articulo 9º numeral 23) de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades, establece que "Autorizar al Procurador Publico Municipal, para que en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie e impulse procesos judiciales contra funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el organo de control Interno MORDAZA encontrado responsabilidad civil o penal; asi como en los demas procesos o judiciales interpuestos contra el gobierno local o sus representantes"; En uso de las facultades establecidas en numeral 23) del Articulo 9º, el Articulo 29º y 41º de la Ley Nº 27972 - "Organica de Municipalidades", y la Ley Nº 26887 - Ley General de Sociedades, con la votacion UNANIME del numero legal de los Regidores y con la dispensa del tramite de la lectura y aprobacion del acta; ACUERDA: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico Municipal, para que en Representacion y Defensa de los Intereses de esta Corporacion MORDAZA, inicie e impulse las acciones legales que correspondan en cuanto a las responsabilidades Penales y Civiles de los presuntos responsables de la enajenacion del terreno ubicado en la manzana C-10 lote 1 de la urbanizacion ex MORDAZA Comercial del distrito de Ventanilla, a fin de que MORDAZA reivindicados a esta comuna por ser el legitimo propietario, por los fundamentos senalados en los considerandos de la presente MORDAZA municipal. Articulo 2º.- Encargar a Secretaria General remitir MORDAZA certificada del presente Acuerdo y antecedentes del caso a la Procuraduria Publica Municipal para su conocimiento y fines; encargar a Gerencia de Administracion y Finanzas su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, bajo responsabilidad. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALAVA MORDAZA 01203