Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2005 (13/01/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 13 de enero de 2005

de Asesoria Juridica del Gobierno Regional de Lambayeque; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27867 Ley de los Gobiernos Regionales modificado por la Ley Nº 27902, concordante con las Ordenanzas Regionales Nº 002 y 021-GR.LAMB/CR que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de Lambayeque; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion: Adjudicacion Directa Selectiva Nº 024-2004-GR.LAMB: "Adquisicion de Motobombas, Mangueras y Accesorios", desde la etapa de Convocatoria, estado al cual debe retrotraerse el MORDAZA, a fin de proceder conforme a la normatividad existente, debiendo incluirse las caracteristicas del equipo de bombeo y accesorios en las Bases Administrativas, de acuerdo a los considerandos expuestos en la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Oficina Regional de Administracion en merito al Art. 26º MORDAZA parrafo del Reglamento de la Ley Nº 26850, proceda a la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion. Articulo Tercero.- Notificar los extremos de la presente Resolucion al CONSUCODE, PROMPYME y a los postores que adquirieron las Bases de las indicadas Adjudicaciones y al Comite Especial Permanente de Adjudicaciones Directas y de Menor Cuantia del Gobierno Regional de MORDAZA, para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y archivese. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional 00557

la oportunidad que senale la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, de igual modo, el literal d) del referido articulo, dispone que las fachadas de los inmuebles, deberan mantener unidad de color, respetandose ademas la unidad inmobiliaria, entendiendose como parte de las fachadas, a las rejas, puertas metalicas enrollables y similares instaladas en los inmuebles tanto de propiedad publica como privada; Que, de las inspecciones llevadas a cabo por personal de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, se ha constatado que muchas de las rejas, puertas metalicas enrollables y otras similares, son pintadas con MORDAZA no autorizados en la cartilla de MORDAZA aprobada por la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, en tal sentido, a efectos de garantizar el mantenimiento del Ornato de la MORDAZA y uniformizar el color de las rejas, puertas metalicas enrollables y otras similares de los inmuebles publicos o privados, se hace necesario determinar el MORDAZA de pintura y color a emplearse en el pintado de las mismas; De conformidad con lo establecido por el numeral 6) del articulo 20º, y el articulo 42º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972; SE DECRETA: Articulo Primero.- Disponer que el color a emplearse en el pintado de rejas, puertas metalicas enrollables y otras similares de inmuebles publicos o privados que se ubiquen en el Centro Historico de MORDAZA, sera esmalte gris trafico A RAL 7042. Articulo Segundo.- Los propietarios, inquilinos o conductores de inmuebles y establecimientos cuyos locales o inmuebles cuenten con rejas, puertas metalicas enrollables y otras similares, deberan adecuar el color de las mismas de acuerdo a lo senalado en el articulo precedente, en un plazo no mayor de treinta dias posteriores a la publicacion del presente Decreto. Articulo Tercero.- Encarguese a la Direccion Municipal de Fiscalizacion y Control y a la Direccion Municipal de Servicios a la MORDAZA, el cumplimiento de las disposiciones senaladas en el presente Decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Precisan color a emplearse en el pintado de rejas, puertas metalicas enrollables y otras similares de inmuebles publicos o privados que se ubiquen en el Centro Historico de MORDAZA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 002 MORDAZA, 7 de enero de 2005 CONSIDERANDO: Que, el numeral 6) del articulo 93º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establece la facultad de las Municipalidades Provinciales y Distritales de disponer la pintura periodica de las fachadas, asi como el uso de determinados MORDAZA en el pintado de las mismas; Que, el articulo 148º del Reglamento de la Administracion del Centro Historico, aprobado por Ordenanza Nº 062, de fecha 18 de agosto de 1994, senala que las disposiciones relativas al Ornato, estan referidas a la MORDAZA y conservacion de la propiedad publica y privada, asi como en todo lo concerniente al entorno urbano; Que, por su parte, el articulo 149º de la misma MORDAZA legal, establece la obligacion de los ocupantes de inmuebles, MORDAZA estos de valor monumental o no, a mantenerlos de manera permanente, en buen estado de MORDAZA y conservacion, debiendo limpiarlos y pintarlos en

MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 00546

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el Ejercicio Fiscal 2005
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 010-2005-DA/MDB Brena, 7 de enero del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA CONSIDERANDO: Que, el articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, concordante con el articulo 7º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y la Resolucion Nº 380-2003 CONSUCODE/PRE de fecha 29 de diciembre de 2003 que aprueba la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE que regula el procedimiento de elaboracion y el contenido de los Planes Anuales de Adquisiciones y Contrataciones de las Entidades del Sector Publico, establecen que cada Entidad debe elaborar su Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones consolidando la informacion de las Licitaciones Publicas, Concursos Publi-