Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2005 (13/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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Cuadro Nº 1.4
Fijacion de Tarifas en MORDAZA (OSINERG)
TARIFAS Precio Promedio de la Energia Precio de la Potencia Peaje por Conexion Precio Promedio Total (*) (*) (**) Unidades ctm S/./kWh S/./kW-mes S/./kW-mes ctm S/./kWh

NORMASLEGALES

MORDAZA, jueves 13 de enero de 2005

1.11. Tarifas en MORDAZA Definitivas El OSINERG evaluo los recursos de reconsideracion presentados y elaboro los Informes Tecnicos OSINERG-GART/DGT Nº 088-2004, OSINERG-GART/DGT Nº 089-2004, OSINERG-GART/DGT Nº 090-2004, OSINERG-GART/DGT Nº 091-2004 y OSINERG-GART/ DGT Nº 092-2004; los mismos que contienen el resultado de los analisis realizados tomando en cuenta toda la informacion obtenida en la revision de los recursos interpuestos. Como resultado de la revision de los informes se dispuso, mediante resoluciones del Consejo Directivo del OSINERG, no modificar las Tarifas en MORDAZA, con excepcion de las aplicables al Sistema Aislado Tipico G, modificacion que se consigno mediante la Resolucion OSINERG Nº 332-2004-OS/CD. 2. PRECIOS BASICOS DE POTENCIA Y ENERGIA El Sistema Electrico Interconectado Nacional (SEIN) se extiende desde Tacna por el sur hasta Tumbes por el norte, y enlaza la mayor parte de ciudades del pais. Para el presente periodo de regulacion se destaca: · La inclusion de la central hidroelectrica de Yuncan (130 MW). · La ampliacion de capacidad de la central hidroelectrica de Callahuanca (7,5 MW) · La correccion de la potencia efectiva de la central Mantaro (643,13 MW). · La operacion de las primeras unidades que utilizaran el gas natural de Camisea. · La inclusion de la demanda del Ecuador, segun lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 010-2004-EM del Ministerio de Energia y Minas. · La incorporacion del ano hidrologico 2003 en las series de caudales afluentes. En las secciones que siguen se explican los procedimientos considerados y los resultados obtenidos en el MORDAZA de determinacion de las Tarifas en MORDAZA noviembre 2004 - MORDAZA 2005. 2.1. Procedimientos de Calculo Esta seccion describe los procedimientos generales y modelos empleados para el calculo de los precios basicos en el SEIN. 2.1.1. Precio Basico de la Energia El precio basico de la energia, cuyos criterios y procedimientos de determinacion se encuentran establecidos en el Articulo 125º del Reglamento 10 , se calculo a partir de los costos marginales esperados en el sistema de generacion para los 48 meses del periodo de analisis de acuerdo con lo dispuesto en los Articulos

Vigente al OSINERG Variacion 30 set. 2004(º) 8,93 15,99 16,48 16,94 10,16 17,10 16,48 18,45 13,8% 6,9% 0,0% 8,9%

El precio promedio de energia resulta de considerar una participacion en Horas Punta de 25,15% Los Peajes corresponden a precios vigentes resultantes de la fijacion de MORDAZA 2004

(***) Se considera un Factor de Carga = 56,3% para hallar el equivalente de los cargos por kW-mes (º) Se introdujo ajuste por formulas de indexacion en las tarifas de energia, potencia y transmision

La Resolucion OSINERG Nº 281-2004-OS/CD, se publico en el Diario Oficial El Peruano el 18 de octubre de 2004. Complementariamente, se consigno, conjuntamente con el informe OSINERG-GART/DGT Nº 066A-2004, en la pagina WEB del OSINERG. 1.9. Recursos de Reconsideracion De acuerdo con lo dispuesto por el numeral 5 del Articulo 3º de la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, y el item k) del anexo A de la Resolucion OSINERG Nº 0001-2003-OS/CD, los interesados podran interponer Recurso de Reconsideracion contra las resoluciones que expida el OSINERG. Con fecha 11 de enero de 2003, la referida resolucion fue publicada en el Diario Oficial El Peruano, la misma que, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, dispuso que los nuevos plazos para la MORDAZA de recursos y solucion de los mismos se extendieran a 15 y 30 dias habiles, respectivamente. El COES-SINAC, ENERSUR, ELECTRO ORIENTE, ADUSELA-EPQ, y los senores Jhony MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Pahuacho MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Chavieri MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Caruzo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Huincho, presentaron recursos de reconsideracion contra la Resolucion OSINERG Nº 281-2004-OS/CD, el 9 de noviembre de 2004; es decir, dentro del plazo especificado segun la normativa vigente. 1.10. Tercera Audiencia Publica El Consejo Directivo del OSINERG convoco a una tercera audiencia publica para el 18 de noviembre de 2004 con la finalidad que las personas juridicas que interpusieron recursos de reconsideracion contra la Resolucion OSINERG Nº 281-2004-OS/CD pudieran presentar el sustento de sus respectivas reconsideraciones. Asimismo, el OSINERG dispuso la publicacion, en la pagina WEB del OSINERG, de los recursos de reconsideracion recibidos dentro de los plazos, con el proposito de que los agentes del MORDAZA e interesados tuvieran acceso a los mismos y contaran con la informacion necesaria que les permitiera expresar sus observaciones y/o comentarios relacionados con dichas reconsideraciones, no habiendose recibido opinion alguna hasta el 24 de noviembre de 2004, fecha de cierre.

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Articulo 125º.- El Precio Basico de la Energia, a que se refiere el inciso d) del Articulo 47º de la Ley, sera calculado mediante el siguiente procedimiento: a) Se calculara el Valor Presente del producto de la demanda por el respectivo costo marginal de cada periodo proyectado; b) Se calculara el Valor Presente de la demanda de cada periodo proyectado; y, c) Se obtendra el cociente de a) y b). El Valor Presente senalado en los incisos a) y b) seran obtenidos empleando la Tasa de Actualizacion senalada en el Articulo 79º de la Ley y un numero de periodos de 48 meses.