Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2005 (13/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 87

MORDAZA, jueves 13 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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Modifican articulos y anexo de la MORDAZA "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados", aprobada por la Res. Nº 0001-2003-OS/CD
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 002-2005-OS/CD MORDAZA, 11 de enero de 2005 CONSIDERANDO Que, mediante Resolucion OSINERG Nº 0001-2003OS/CD se aprobo la MORDAZA "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados", en cuyo Numeral 5.1 del Articulo 5º y el Anexo A de la misma, se establece el "Procedimiento para Fijacion de Tarifas en Barra" (en adelante el "PROCEDIMIENTO"); Que, el PROCEDIMIENTO comprende, entre otros aspectos, las unidades organicas que intervienen en el procedimiento de fijacion de Tarifas en MORDAZA, las atribuciones de cada una de las unidades organicas sobre la materia de su competencia, los plazos perentorios que se le asigna a cada unidad organica para su pronunciamiento sobre las materias de su competencia, las fechas de audiencias publicas, el regimen del recurso impugnatorio y el flujograma correspondiente; Que, con fecha 30 de diciembre de 2004 se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Ley Nº 28447, que modifica, entre otros, los Articulos 46º, 50º, 51º y 52º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, los mismos que se refieren a la periodicidad de la fijacion de tarifas en MORDAZA, fecha a considerar como costos vigentes en la regulacion, fecha de MORDAZA del estudio tecnico-economico del COES y plazo para la publicacion y fijacion de tarifas; Que, las modificaciones indicadas en el considerando precedente, afectan unicamente las referencias del PROCEDIMIENTO que se relacionan con lo que MORDAZA equivalia a la fijacion de Tarifas en MORDAZA del periodo noviembre-abril, toda vez que dichas modificaciones son consecuencia del hecho que se MORDAZA previsto en la Ley Nº 28447 que la Tarifa en MORDAZA sea anual y no semestral; es decir, no se requieren cambios sustanciales al PROCEDIMIENTO sino solo adecuacion de plazos y fechas por aplicacion directa de la Ley Nº 28447, suprimiendose aquellas disposiciones sobre la Tarifa en MORDAZA del periodo noviembre-abril, manteniendose las demas fechas previstas en el PROCEDIMIENTO; Que, en consecuencia, es necesario modificar el numeral 5.1 del Articulo 5º y el Articulo 7º del PROCEDIMIENTO, asi como los items a) y j) y el flujograma del correspondiente Anexo A, con el fin de adecuarlos a las disposiciones senaladas en la Ley Nº 28447; Que, teniendo en cuenta que las modificaciones necesarias del PROCEDIMIENTO derivan del periodo tarifario y plazos establecidos por aplicacion directa de la Ley Nº 28447, asi como el hecho que nos encontramos proximos a iniciar un MORDAZA procedimiento regulatorio para la fijacion de las Tarifas en MORDAZA para el periodo MORDAZA 2005 - MORDAZA 2006, a efectos de evitar confusiones de los interesados sobre lo previsto en el actual PROCEDIMIENTO y los cambios introducidos con la citada Ley, resulta urgente la aprobacion de las respectivas modificaciones, siendo en consecuencia procedente exceptuar dichas modificaciones de la prepublicacion a que se refiere el articulo 25º del Reglamento General del OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001PCM; Que, finalmente, con relacion a la modificacion del PROCEDIMIENTO se ha expedido el Informe OSINERGGART-AL-2005-001 de la Asesoria Legal de la GART del OSINERG, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3º, Numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; y De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion

Privada en los Servicios Publicos, en el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia - OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, en la Ley Nº 28447; asi como sus normas modificatorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE Articulo 1º.- Sustituyanse el numeral 5.1 del articulo 5º y el articulo 7º de la MORDAZA "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados", aprobada por la Resolucion OSINERG Nº 0001-2003-OS/CD, por los siguientes textos: "5.1. Procedimiento para Fijacion de Tarifas en Barra: Las Tarifas en MORDAZA son fijadas anualmente por el OSINERG, debiendo entrar en vigencia en el mes de MORDAZA de cada ano. Este procedimiento se establece en el Anexo A que es parte integrante de la presente norma". "Articulo 7.- Precios a considerar en la resolucion de fijacion de Tarifas en MORDAZA Precisese que los precios vigentes a que se refiere el articulo 50º de la LCE, seran expresados MORDAZA de la publicacion de la resolucion que fija las Tarifas en MORDAZA, a precios de marzo del ano en que se fija dicha tarifa". Articulo 2º.- Modifiquese los items a) y j) del Anexo A del cuadro "Procedimiento para Fijacion de Tarifas en Barra" y la parte correspondiente de su flujograma, de la MORDAZA "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados", aprobada por la Resolucion OSINERG Nº 00012003-OS/CD, por los siguientes textos:
Item a j Plazos para su pronunciamiento y/o MORDAZA MORDAZA del 15 de enero de cada ano Quince (15) dias calendario MORDAZA de su vigencia (entra en vigencia el 1º de MORDAZA de cada ano).

Articulo 3º.- La presente resolucion sera aplicable a partir del procedimiento regulatorio correspondiente a la fijacion de la Tarifa en MORDAZA para el periodo MORDAZA del ano 2005 - MORDAZA del ano 2006. Articulo 4º.- La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la pagina WEB del OSINERG: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 00646

SUNARP
Aprueban donacion de bienes muebles a favor de diversos Centros Educativos Estatales
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 006-2005-SUNARP/SN MORDAZA, 7 de enero de 2005 VISTO, el Oficio Nº 1555-2004-Z.R.Nº V/JEF, remitido por el Jefe de la MORDAZA Registral Nº V - Sede MORDAZA y los Informes Tecnicos Legales mediante los cuales el Comite de Gestion Patrimonial de la MORDAZA Registral Nº V - Sede MORDAZA determina que es procedente realizar la donacion de bienes muebles dados de baja a favor de diversos Centros Educativos Estatales; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, teniendo en cuenta la importancia fundamental para el MORDAZA de promover el desarrollo educativo y en el MORDAZA de las normas vigentes, ha considerado la posibilidad