Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2005 (13/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

MORDAZA, jueves 13 de enero de 2005

NORMASLEGALES

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dos tuvieran acceso al estudio mencionado y contaran con la informacion necesaria que les permitiera expresar sus observaciones y/o comentarios relacionados con el estudio tarifario, durante la realizacion de la Audiencia Publica. De esta forma, se busca lograr la participacion de los diversos agentes (empresas concesionarias, asociaciones de usuarios, usuarios individuales, etc.) en el MORDAZA de toma de decisiones, dentro de un entorno de mayor transparencia, conforme a los principios y normas contenidas en la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores del Estado y la Ley del Procedimiento Administrativo General. 1.3. Observaciones a la Propuesta del COES-SINAC Con fecha 9 de agosto de 2004 el OSINERG, a traves del Informe Tecnico OSINERG-GART/DGT Nº 064-2004, comunico por escrito sus observaciones, debidamente fundamentadas, al Estudio Tecnico Economico presentado por el COES-SINAC. En este mismo documento se incluyeron las observaciones y/o comentarios emitidos por los interesados durante la primera audiencia publica. Una vez remitido el informe de observaciones al COESSINAC, se procedio a la publicacion del mismo en la pagina WEB del OSINERG. 1.4. Absolucion de las Observaciones El 31 de agosto de 2004, el COES-SINAC remitio su respuesta a las observaciones efectuadas por el OSINERG al Estudio Tecnico-Economico propuesto y presento un informe con los resultados modificados de su estudio. En el siguiente cuadro se resume la propuesta del COESSINAC despues de la absolucion de las observaciones. Cuadro Nº 1.2
TARIFAS Unidades Vigente al Propuesta Variacion 31 Ago 2004 COES-SINAC 8,72 16,30 17,01(º) 16,95 11,52 18,98 17,01 20,41 32,1% 16,4% 0,0% 20,4%

De acuerdo con lo senalado en el literal "g" del Anexo A de la MORDAZA "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados", con un minimo de 15 dias habiles de anticipacion a la publicacion de la resolucion que fije las Tarifas en MORDAZA, el OSINERG prepublico en el Diario Oficial el Peruano y en su pagina WEB, el Proyecto de Resolucion que fija las Tarifas en MORDAZA y la relacion de informacion que la sustenta. 1.6. MORDAZA Audiencia Publica El Consejo Directivo del OSINERG dispuso la realizacion de una MORDAZA audiencia publica, la misma que se llevo a cabo el 24 de setiembre de 2004, en la cual la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERG expuso los criterios, metodologia y modelos economicos utilizados en la presente regulacion tarifaria, asi como el sustento del proyecto de resolucion que fija las Tarifas en MORDAZA para el periodo noviembre 2004 - MORDAZA 2005. La realizacion de esta audiencia publica se produjo de manera descentralizada y simultaneamente en tres ciudades del pais: Chiclayo, Tacna y MORDAZA, a traves de un sistema de multivideoconferencia. En esta audiencia publica, los consumidores, las empresas concesionarias, la Defensoria del Pueblo, las asociaciones de usuarios y demas personas interesadas en la regulacion de las Tarifas en MORDAZA pudieron dar a conocer sus puntos de vista sobre el procedimiento en ejecucion y su resultado tarifario. Con relacion a las opiniones y comentarios vertidos durante dicha audiencia, los mismos fueron respondidos en dicha oportunidad y se encuentran registrados (grabados y filmados) de conformidad con lo dispuesto por el numeral 9 de las Directivas que rigen la realizacion de las Audiencias. 1.7. Opiniones y Sugerencias de los Interesados El 30 de setiembre de 2004 fue la fecha de cierre para que los interesados en la regulacion tarifaria presentaran sus opiniones y sugerencias sobre el Proyecto de Resolucion que fija las Tarifas en Barra. El OSINERG recibio las opiniones y sugerencias al Proyecto de Resolucion presentadas por la Defensoria del Pueblo, la Asociacion de Usuarios del Servicio Electrico de MORDAZA (ADUSELA-EPQ), la empresa Electro Oriente S.A., la Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y el Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Galdo; las cuales se publicaron en la pagina WEB del OSINERG. Estas fueron analizadas en el informe OSINERG-GART/DGT Nº 066A2004 1.8. Fijacion de Tarifas en MORDAZA El OSINERG evaluo las premisas y calculos efectuados por el COES-SINAC tanto en su estudio inicial como en el informe remitido en respuesta a las observaciones formuladas a su Estudio Tecnico Economico para la fijacion de las Tarifas en Barra. Asimismo, tomo en cuenta las opiniones y sugerencias recibidas de los interesados respecto del proyecto de resolucion que fija las Tarifas en MORDAZA para el periodo noviembre 2004 - MORDAZA 2005. A raiz de dicho analisis se elaboro el informe OSINERG-GART/DGT Nº 066A-2004, el cual contiene el resultado de los estudios realizados. El siguiente cuadro resume los precios determinados por el OSINERG despues del analisis efectuado:

Precio Promedio de la Energia (*) ctm S/./kWh Precio de la Potencia Peaje por Conexion (**) Precio Promedio Total (***) (*) S/./kW-mes S/./kW-mes ctm S/./kWh

El precio promedio de energia resulta de considerar una participacion en Horas Punta de 25,15% (**) Los Peajes corresponden a precios vigentes resultantes de la fijacion de MORDAZA 2004 (***) Se considera un Factor de Carga = 56,3% para hallar el equivalente de los cargos por kW-mes (º) Se introdujo un incremento en el cargo por Garantia de Red Principal de Camisea

De acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 122º del Reglamento9 , en el caso de las observaciones al Estudio Tecnico-Economico del COES-SINAC que no fueron absueltas a satisfaccion del OSINERG, corresponde a este organismo regulador, de acuerdo con el analisis que se indica mas adelante, establecer lo correspondiente dentro de los margenes que se senalan en la Ley. 1.5. Prepublicacion de Tarifas en MORDAZA El OSINERG ha evaluado las premisas y calculos efectuados por el COES-SINAC, tanto en su estudio inicial como en el informe remitido en respuesta a las observaciones formuladas a su Estudio Tecnico Economico para la fijacion de las Tarifas en Barra. A raiz del analisis que se indica, se elaboro el Informe OSINERG-GART/DGT Nº 066-2004, el mismo que contiene el resultado de los estudios realizados. El siguiente cuadro resume los precios determinados por el OSINERG despues del analisis efectuado: Cuadro Nº 1.3
TARIFAS Unidades Vigente al 31 Ago 2004 8,72 16,30 17,01(º) 16,94 OSINERG Variacion 10,35 17,13 17,01 18,78 18,7% 5,1% 0,0% 10,8%

Precio Promedio de la Energia (*) ctm S/./kWh Precio de la Potencia Peaje por Conexion (**) Precio Promedio Total (***) (*) S/./kW-mes S/./kW-mes ctm S/./kWh

El precio promedio de energia resulta de considerar una participacion en Horas Punta de 25,15% (**) Los Peajes corresponden a precios vigentes resultantes de la fijacion de MORDAZA 2004 (***) Se considera un Factor de Carga = 56,3% para hallar el equivalente de los cargos por kW-mes (º) Se introdujo un incremento en el cargo por Garantia de Red Principal de Camisea

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Articulo 122º.- En los casos en que la Comision MORDAZA presentado observaciones a los estudios de costos presentados por el COES o los concesionarios para la fijacion tarifaria, y estas no hayan sido absueltas a satisfaccion de la Comision, correspondera a la Comision establecer los valores finales y fijar las tarifas dentro de los margenes que senalan los Articulos 53º y 71º de la Ley.