Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2005 (13/01/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, jueves 13 de enero de 2005

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- La Gerencia de Administracion del PATPAL - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, queda encargada de publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 3º.- Remitir un (01) ejemplar de la presente Resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME. Articulo 4º.- Publiquese en el MORDAZA institucional del PATPAL - MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con domicilio electronico en: www.patpal.gob.pe, las exclusiones del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del PATPAL MORDAZA MORDAZA MORDAZA, correspondiente al ano 2004, que se aprueban por la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 00533

PRODUCE
Declaran en abandono procedimiento administrativo de solicitud de cambio de titular de permiso de pesca
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 319-2004-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 2 de diciembre de 2004

de determinar la capacidad de bodega de la embarcacion, y una MORDAZA del certificado de matricula vigente, donde se consigne el actual arqueo neto de la citada embarcacion, con la equivalencia de capacidad de bodega correspondiente en m3; Que del analisis efectuado, se ha determinado que la recurrente desde el 15 de octubre del 2004, fecha en que fue recepcionado el Oficio Nº 3158-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi, de fecha 13 de octubre de 2004, a la fecha no ha cumplido con presentar la documentacion solicitada por la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Produccion; Que el procedimiento administrativo se ha paralizado por causas imputables al administrado, en consecuencia, procede declarar el abandono del procedimiento de conformidad con lo dispuesto en el articulo 191º, de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que el articulo 191º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que en los procedimientos iniciados a solicitud de parte, cuando el administrado incumpla algun tramite que le hubiera sido requerido que produzca su paralizacion por treinta (30) dias, la autoridad de oficio o a solicitud del administrado declarara el abandono del procedimiento; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante los Informes Nº 340-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi y Nº 391-2004PRODUCE/DNEPP-Dchi, y con el visado de la Oficina General de Asesoria Juridica; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal c) del articulo 21º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-PRODUCE; SE RESUELVE:

Visto el escrito de Registro Nº CE-07641003, de fecha 23 de setiembre de 2004, presentado por la empresa COMERCIALIZADORA GLOBAL S.A. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 417-94-PE de fecha 13 de octubre de 1994 se otorgo permiso de pesca, entre otros, a PEEA MORDAZA S.R.L., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional "LA ARENA" con matricula Nº CO-0389-PM, de 240 TM de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que mediante Resolucion Directoral Nº 172-98-PE/ DNE de fecha 29 de MORDAZA de 1998, se aprobo el cambio de titular de permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 417-94-PE, para operar la embarcacion pesquera "LA ARENA" con matricula Nº CO-0389-PM, con 245 m3 de capacidad de bodega, a favor de PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.R.L.; Que mediante Resolucion Directoral Nº 232-2003PRODUCE/DNEPP de fecha 11 de agosto de 2003, se aprobo el cambio de titular de permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 417-94-PE, y modificado en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 172-98PE/DNE, para operar la embarcacion pesquera "LA ARENA" con matricula Nº CO-0389-PM, con 245 m3 de capacidad de bodega, a favor de CORPORACION PESQUERA SAN MORDAZA S.A.; Que mediante el escrito del visto, la empresa COMERCIALIZADORA GLOBAL S.A. solicita el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera "LA ARENA" con matricula Nº CO-0389-PM, con 245 m3 de capacidad de bodega, en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante Oficio Nº 3158-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi de fecha 13 de octubre de 2004, se notifico a la empresa recurrente, a fin de que cumpla con presentar en el plazo de quince (15) dias habiles, una MORDAZA simple del certificado compendioso de dominio donde se acredite que la embarcacion pesquera "LA ARENA" se encuentra arrendada a favor de la empresa COMERCIALIZADORA GLOBAL S.A., una MORDAZA del certificado nacional de arqueo, a fin

Articulo Unico.- Declarar en ABANDONO el procedimiento administrativo de solicitud de cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 417-94-PE, modificado en su titularidad por Resolucion Directoral Nº 172-98-PE/DNE y Resolucion Directoral Nº 232-2003-PRODUCE/DNEPP, presentado por la empresa COMERCIALIZADORA GLOBAL S.A., para operar la embarcacion pesquera denominada "LA ARENA", de matricula Nº CO-0389-PM, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DONGO MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero. 00580

Otorgan a empresas permisos de pesca para operar embarcaciones pesqueras cerqueras de bandera ecuatoriana
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 320-2004-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 3 de diciembre del 2004 Visto el escrito de Registro Nº CE-07776002 del 15 de noviembre del 2004, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de la empresa ecuatoriana DENEX S.A. CONSIDERANDO: Que el inciso c) del articulo 43º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que las personas naturales o juridicas requeriran de permiso de pesca para la operacion de embarcaciones pesqueras de bandera nacional y extranjera. Asimismo, el articulo 47º de dicha MORDAZA establece que las operaciones de embarcaciones de bandera extranjera en aguas jurisdicciona-