Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2005 (13/01/2005)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

Pag. 284428

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 13 de enero de 2005

Conformacion e Integracion de Regiones, Disposiciones Transitorias referidas a la modificacion de MORDAZA de Expediente Tecnico y convocatoria para referendum para conformacion de regiones a efectuarse el ano 2005. Articulo 2º.- Disposiciones transitorias Incorporanse al texto de la Ley Nº 28274, Ley de Incentivos para la Conformacion e Integracion de Regiones, las siguientes Disposiciones Transitorias: "DISPOSICIONES TRANSITORIAS PRIMERA.- MORDAZA de Expediente Tecnico para referendum del 2005 Solo para el caso del referendum para la conformacion de regiones del ano 2005, al que se refiere el articulo 15º inciso a) de la presente Ley, la MORDAZA del Expediente Tecnico desarrollado en el articulo 19º de la referida ley se efectuara hasta el 31 de marzo de 2005. El Consejo Nacional de Descentralizacion, conforme a lo establecido en el articulo 19º, numeral 19.2, de la presente Ley, emitira el informe aprobatorio o desaprobatorio, incluido el plazo para la notificacion de los requisitos no cumplidos, su subsanacion y la comunicacion a la Presidencia del Consejo de Ministros a mas tardar el 15 de MORDAZA del mismo ano. La Presidencia del Consejo de Ministros, conforme lo dispuesto por el articulo 19º, inciso 19.3, tiene como plazo MORDAZA para la emision de las resoluciones aprobatorias, que seran remitidas al MORDAZA Nacional de Elecciones, el 25 de mayo. El MORDAZA Nacional de Elecciones convocara a referendum para la conformacion de regiones del ano 2005, hasta el 1 de junio del mismo ano. SEGUNDA.- Convocatoria a referendum para la conformacion de regiones del 2005 En el caso del referendum para la conformacion de regiones para el ano 2005, segun lo dispuesto en el articulo 20º de la presente Ley, el MORDAZA Nacional de Elecciones convoca a referendum en un plazo no menor a ciento cincuenta (150) dias naturales anteriores a la fecha de dicho referendum. La Oficina Nacional de Procesos Electorales organiza y conduce la consulta correspondiente." Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinte dias del mes de diciembre de dos mil cuatro. MORDAZA FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la Republica NATALE AMPRIMO PLA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO:

LEY Nº 28466
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO 1º DE LA LEY Nº 28099, LEY QUE REVIERTE INMUEBLE AL DOMINIO DEL ESTADO Y ORDENA ADJUDICARLO EN PROPIEDAD Y A TITULO GRATUITO A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAJES, PROVINCIA DE CAYLLOMA, DEPARTAMENTO DE MORDAZA
Articulo 1º.- Objeto de la Ley Modificase el articulo 1º de la Ley Nº 28099 en los siguientes terminos: "Articulo 1º.- De la reversion Reviertese al dominio del Estado los terrenos urbanos que se adjudicaron a favor de la Autoridad Autonoma de Majes - AUTODEMA conforme al articulo 174º de la Ley Nº 23740, Ley Anual de Presupuesto de la Republica para el ano 1984, modificada por Ley Nº 24515, ubicados en el distrito de Majes, provincia de Caylloma, departamento de MORDAZA, que a la fecha de promulgacion de la presente Ley no hayan sido afectados en uso conforme al mencionado articulo de la citada norma. Entiendese por terrenos urbanos a las areas urbanas y de expansion MORDAZA en merito a la Resolucion Municipal Nº 030-94-MPC-CHIVAY del 28 de enero del ano 1994 de la Municipalidad Provincial de Caylloma y complementada por la Ordenanza Municipal Distrital Nº 014-2004-MDM." Articulo 2º.- Derogatoria Deroganse todas las normas y disposiciones legales que se opongan a la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veinte dias del mes de diciembre de dos mil cuatro. MORDAZA FLORES-ARAOZ E. Presidente del Congreso de la Republica NATALE AMPRIMO PLA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO:

Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de enero del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 00709

Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los doce dias del mes de enero del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros 00710