Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2002 (16/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 16 de junio de 2002

PODER EJECUTIVO PCM
Declaran el Estado de Emergencia en el departamento de MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 052-2002-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que los hechos de violencia producidos en la MORDAZA de MORDAZA a partir del dia 14 de junio de 2002, se han traducido en cerca de 100 personas heridas, algunas de las cuales se encuentran en delicado estado de salud, incluyendo dos miembros de la Policia Nacional heridos con MORDAZA de fuego; Que estos hechos han producido tambien graves actos de destruccion de la propiedad publica y privada; Que continuan realizandose alteraciones del orden publico e instigaciones publicas a la violencia, que estan afectando los servicios basicos e impidiendo a los ciudadanos el normal desempeno de sus actividades en general y, en particular, las productivas, laborales y educativas, dentro del departamento de Arequipa; Que hay indicios de que los actos de violencia y vandalismo han quedado fuera de control de los dirigentes que promovieron inicialmente las protestas ciudadanas; Que la posible continuacion de actos como los MORDAZA mencionados podria convertirse en un factor de desestabilizacion del orden democratico; Que es obligacion de un gobierno constitucional garantizar el derecho de los ciudadanos al orden y a la tranquilidad publica, asi como el libre desenvolvimiento de sus derechos, el adecuado funcionamiento de los servicios basicos y al normal abastecimiento de viveres y medicinas; Que el restablecimiento del orden publico es un requisito indispensable para la recuperacion del dialogo mas amplio con todos los interlocutores concernidos de la comunidad arequipena, en funcion del desarrollo regional y de la apropiada canalizacion y priorizacion de los recursos que el Poder Ejecutivo ha destinado a Arequipa; Que la Constitucion Politica establece en el Articulo 137° inciso 1) que en caso de perturbacion MORDAZA o del orden interno que afecte la MORDAZA de la Nacion, el Presidente de la Republica, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar en todo o parte del territorio nacional, un Estado de Emergencia; De conformidad con el Articulo 118° incisos 4) y 14) de la Constitucion Politica; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso; DECRETA: Articulo 1°.- Declarase el Estado de Emergencia en el departamento de MORDAZA por un plazo de 30 dias, y en uso de la atribucion establecida en el Articulo 137° inciso 1) de la Constitucion Politica, encargase a las Fuerzas Armadas asumir el control del orden interno en apoyo de la Policia Nacional. Articulo 2°.- Durante el Estado de Emergencia a que se refiere el articulo anterior, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la MORDAZA y a la seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio y la MORDAZA de reunion y de MORDAZA dentro del departamento de MORDAZA, comprendidos en los incisos 9), 11) y 12) del Articulo 2° de la Constitucion Politica, y en el inciso 24) apartado f) del mismo articulo. Articulo 3°.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno a los dieciseis dias del mes de junio de dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior y Encargado de la Presidencia del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 10806

DEFENSA
Designan Jefe del Comando Politico Militar que asumira el control del orden interno en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 105-2002-DE
MORDAZA, 16 de junio de 2002 CONSIDERANDO Que, mediante Decreto Supremo Nº 052-2002-PCM se declaro en Estado de Emergencia el departamento de MORDAZA por hechos de violencia que han perturbado la paz y el orden interno en dicho departamento; Que, asimismo, el citado Decreto Supremo encarga a las Fuerzas Armadas asumir el control del orden interno en apoyo de la Policia Nacional; Que, de acuerdo al Articulo 4º de la Ley Nº 24150, el control del orden interno en las zonas de emergencia es asumido por un Comando Politico Militar a cargo de Oficial de Alto Rango designado por el Presidente de la Republica, a propuesta del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el cual es necesario designar; De conformidad con la Ley Nº 24150, y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo propuesto por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar al General de Division EP MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA OVALLE, Comandante General de la III Region Militar, como Jefe del Comando Politico Militar que asumira el control del orden interno en el departamento de Arequipa. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 10807

ENERGIA Y MINAS
Modifican el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio para el ano 2002
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 292-2002-EM/DM
MORDAZA, 12 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 021-93-EM se constituyo la Direccion Ejecutiva de Proyectos como organo del Ministerio de Energia y Minas, que tiene por objeto atender las necesidades de la poblacion a traves del desarrollo de las obras de infraestructura electrica en el MORDAZA del Programa de Electrificacion Nacional; Que, por Resolucion Ministerial Nº 055-2002-EM/DM, del 28 de enero de 2002, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Direccion Ejecutiva de Proyectos del Ministerio de Energia y Minas, para el ejercicio presupuestal 2002; Que, mediante Memorandum Nº 020-02-EM/DEP-OLC del 23 de MORDAZA de 2002 MORDAZA por Memorandum Nº 021-02-EM/DEP-OLC del 27 de MORDAZA de 2002, el Jefe de la Oficina de Licitaciones y Contratos de la Direccion Ejecutiva de Proyectos, ha planteado la necesidad de modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Direccion Ejecutiva de Proyectos, sustentando el pedido en la necesidad de concordar el contenido del Plan aprobado con los requerimientos de la Entidad y debido a la reprogramacion de las metas propuestas;