Norma Legal Oficial del día 16 de junio del año 2002 (16/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

Oficina de Derechos de Autor
Calificacion Derechos de Tramite (Nota 2) Automatico Evaluacion Previa Sil. Adm. Sil. Adm. Positivo Negativo donde se inicia el procedimiento Recurso de Reconsideracion resuelve la Solicitud y la Reconsideracion Apelacion y/o Adhesion Dependencia Autoridad que Recurso de Autoridad que resuelve la Apelacion

Requisitos

MORDAZA, MORDAZA 16 de junio de 2002

Formales (Nota 1)

a. Si el fonograma cuenta con obras artisticas musicales - El genero, autor de la letra, autor de la musica y arreglista - La autorizacion del autor o autores o de la sociedad de gestion colectiva que los representa, a favor del productor fonografico a fin de reproducir sus obras en el fonograma o la declaracion jurada de poseer los mencionados documentos - La autorizacion de los artistas interpretes y/o ejecutantes o de la sociedad de gestion colectiva que los representa, a favor del productor fonografico a fin de reproducir sus interpretaciones y ejecuciones en el fonograma o la declaracion jurada de poseer los mencionados documentos - La autorizacion del arreglista o de la sociedad de gestion colectiva que los representa, a favor del productor fonografico con la finalidad de arreglar su obra o la declaracion jurada de poseer los mencionados documentos. b. MORDAZA de los documentos que acrediten la existencia de la persona juridica solicitante c. Los poderes que fueran necesarios (Nota 3) d. En el caso de documentos elaborados en el extranjero, deberan estar traducidos al espanol

Base Legal: Decreto Ley 25868 Art 37º publicado el 6 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo 822, Ley sobre Derecho de Autor / Directiva 001-2001/TRI-INDECOPI

4. Registro de Software o Programa de Computacion
10% UIT

1.

u (Nota 4)
Oficina de Derechos de Autor u Oficina Descentralizada

9% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion

Jefe de la Oficina de Derechos de Autor

14% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion

Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Indecopi

NORMAS LEGALES

2. 3. 4. 5.

Llenar el formato F-ODA-02, siendo indispensable llenar la siguiente informacion: - El nombre, numero de documento de identidad, domicilio y MORDAZA de nacimiento del autor o autores, salvo que la obra fuera anonima en cuyo caso se consignara en el formato tal circunstancia - El titulo del software o programa de computacion, si la obra es inedita o publicada, el MORDAZA de origen de la obra y los elementos del soporte logico presentados. - Datos del productor, a quien se presumira como titular del derecho, en virtud del articulo 71º y el domicilio - Datos del solicitante y el domicilio en el cual se efectuaran las notificaciones. - Lugar, fecha y firma o huella digital del solicitante, en el caso de no saber firmar o estar impedido La parte mas importante del codigo fuente Un Manual de Usuario Una memoria descriptiva del software o programa de computacion o en su defecto los ejecutables De ser el caso: a. Si la obra fuera publicada, la fecha de su primera publicacion b. Si el titular fuera una persona distinta del productor, la cesion de derechos en los que se especifique claramente los derechos cedidos, si la cesion es o no en exclusiva, el tiempo de duracion, el territorio, si el acto es oneroso o gratuito. c. En el caso de ser una obra derivada, se precisara el titulo de la obra originaria y se presentara la autorizacion del autor a fin de modificar la misma o la declaracion jurada de poseer el mencionado documento. d. MORDAZA de los documentos que acrediten la existencia de la persona juridica solicitante e. Los poderes que fueran necesarios (Nota 3) f. En el caso de documentos elaborado en el extranjero, deberan estar traducidos al espanol

Base Legal: Decreto Ley 25868 Art 37º publicado el 6 de noviembre de 1992 Decreto Legislativo 822, Ley sobre Derecho de Autor / Directiva 001-2001/TRI-INDECOPI

5. Registro de Obras Audiovisuales o Imagenes en Movimiento no consideradas como Obras
5% UIT

1.

u (Nota 4)

Oficina de Derechos de Autor u Oficina Descentralizada

9% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion

Jefe de la Oficina de Derechos de Autor

14% UIT Procede dentro de los 15 dias de Notificada la Resolucion

Sala de Propiedad Intelectual del Tribunal de Indecopi

2.

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3.

Llenar el formato F-ODA-01, siendo indispensable llenar la siguiente informacion: - El nombre, numero de documento de identidad, domicilio y MORDAZA de nacimiento del autor o autores, salvo que la obra fuera anonima en cuyo caso se consignara en el formato tal circunstancia. - El titulo de la obra o produccion, si esta es inedita o publicada, el MORDAZA de origen de la obra o produccion, la fecha de terminacion, duracion y el MORDAZA de soporte. - Datos del productor, a quien se presumira como titular del derecho, en virtud del articulo 66º y el domicilio - Datos del solicitante y el domicilio en el cual se efectuaran las notificaciones. - Lugar, fecha y firma o huella digital del solicitante, en el caso de no saber firmar o estar impedido Un ejemplar de la obra en el soporte deseado, salvo que la misma fuera publicada en cuyo caso se presentara en el soporte reproducido para su posterior distribucion o fotografias de las principales escenas, acompanando una breve sinopsis de la obra. De ser el caso: a. Si la obra fuera publicada, la fecha de la primera publicacion b. Si el titular fuera una persona distinta del productor, la cesion de derechos, en los que se especifique claramente los derechos cedidos, si la cesion es o no en exclusiva, el tiempo de duracion, el territorio, si el acto es oneroso o gratuito