Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2000 (24/08/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 24 de agosto de 2000

Duracion legal de los procedimientos nacionales sobre Dumping y Subvenciones en los paises del MORDAZA
Meses
20 18

Con prorroga OMC
16 6 14 12 10 18 8 6 4 2 0
MORDAZA y MORDAZA Brasil Tobago Costa Rica Ecuador Nicaragua MORDAZA Uruguay EE.UU. Venezuela Peru Mexico Canada Colombia Bolivia

6

6

6

6

6

6

OMC
3 2 12 12 12 12 14 12 12 12 12 9 9 7 8 7

Plazo

Prorroga

Fuente: OEA, Compendio la legislacion sobre antidumping y derechos compensatorios en el hemisferio occidental (FTAA.ngadvc/w/10). Elaboracion: Area de Estudios Economicos del Indecopi.

Asi, por ejemplo, de conformidad con el Articulo 7.3. del Acuerdo Antidumping, y el Articulo 17.3 del Acuerdo sobre Subvenciones, las medidas provisionales solo se pueden aplicar si han transcurrido 60 dias desde la fecha de inicio de la investigacion. Debido a que en el Peru este plazo se computa en dias habiles, en los hechos se debe esperar aproximadamente 90 dias calendario para la evaluacion de la adopcion de una medida provisional. Asimismo, el Articulo 6.1.1. del Acuerdo Antidumping y el Articulo 12.1.1. del Acuerdo sobre Subvenciones senalan que los exportadores o productores extranjeros tendran treinta (30) dias como minimo para la absolucion de los cuestionarios respectivos a fin de presentar sus descargos. Estos plazos minimos establecidos en ambos Acuerdos tienen como finalidad brindar las debidas garantias a los exportadores y/o productores extranjeros de que MORDAZA de la aplicacion de derechos provisionales se les concederan las oportunidades adecuadas de presentar informacion y hacer observaciones, tal como lo prescribe el item i) del Articulo 7.1. Antidumping, y 17.1. del Acuerdo sobre Subvenciones. No obstante, en el Peru este plazo se extiende hasta 45 dias calendario aproximadamente. Adicionalmente, la experiencia ha demostrado que en algunos procedimientos los plazos otorgados inicialmente por 30 dias a los exportadores e importadores para la absolucion de los cuestionarios y descargos respectivos han sido prorrogados hasta por 80 dias habiles debido a los multiples pedidos de las partes. Esta situacion dilata de manera innecesaria las diligencias posteriores y muchas veces impide la adopcion de medidas provisionales en defensa de los intereses de los solicitantes. En lo que se refiere a la necesidad de precisar los plazos previstos en el Reglamento, existe un problema para la determinacion del plazo a partir del cual el Indecopi podra examinar la necesidad de mantener vigente los derechos antidumping o compensatorios definitivos vigentes. La investigacion concluye con la resolucion definitiva, la misma que, de ser el caso, impone derechos antidumping o compensatorios definitivos. Sin embargo, los derechos antidumping o compensatorios no entran en MORDAZA a partir de la expedicion de esta resolucion sino al dia siguiente de la publicacion de dicha resolucion en el Diario Oficial El Peruano. A pesar de ello, el Articulo 47º del Reglamento senala que se podra solicitar el examen de derechos antidumping definitivos luego de seis meses de concluida la investigacion. Se debe tener en cuenta que la conclusion de la investigacion es anterior a la entrada en vigencia de los derechos definitivos, lo cual genera incertidumbre sobre los plazos para la tramitacion de los examenes de derechos definitivos. Adicionalmente, en la tramitacion de algunos procedimientos de investigacion, se ha podido observar la falta de colaboracion de algunas partes interesadas para la pronta resolucion de los casos o para el normal desenvolvimiento de la investigacion. Este MORDAZA de conductas tambien dilata la duracion de los procedimientos, en desmedro de la parte que necesita una accion rapida y efectiva por parte de la autoridad administrativa. 4. Evaluacion de las propuestas para el perfeccionamiento del procedimiento sobre dumping y subvenciones Habiendo transcurrido dos meses y medio desde el momento en que se publico y sometio a debate el mencionado documento, y luego de analizar los comentarios presentados por los agentes interesados, nos corresponde elaborar una propuesta que refleje ademas de la experiencia del Indecopi en mas de siete anos de trabajo, el aporte de la ciudadania sobre la materia y en consecuencia presentar una solida propuesta normativa, la cual se encuentre enmarcada dentro de los acuerdos comerciales internacionales de los que el Peru es parte y ademas refleje la experiencia practica de la aplicacion de los referidos acuerdos tanto por parte del Indecopi como por parte de las empresas peruanas. 4.1Plazos a efectos de brindar celeridad al procedimiento La propuesta inicial del Indecopi contemplo la modificacion del computo de los dias en los procedimientos de investigacion de dias habiles a dias calendario, salvo para el caso de los recursos impugnativos.