Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2020 (21/04/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Martes 21 de abril de 2020

NORMAS LEGALES

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Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de abril del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Presidente del Consejo de Ministros ARIELA MARÍA DE LOS MILAGROS LUNA FLOREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas 1865659-2

AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban el documento denominado: "Lineamientos para la Elaboración de los Diagnósticos de la Calidad de los Recursos Hídricos Superficiales"
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 079-2020-ANA Lima, 20 de abril de 2020 VISTOS: El Informe Técnico N° 009-2020-ANA-DCERH/AGITN de la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos y el Informe Legal N° 224-2020-ANA-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo I del Título Preliminar de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, dicha norma regula el uso y gestión de los recursos hídricos, que comprende el agua superficial, subterránea, continental y los bienes asociados a esta, extendiéndose al agua marítima y atmosférica en lo que le resulte aplicable; Que, el numeral 3) del artículo 15° de la citada Ley, establece que es función de la Autoridad Nacional del Agua, dictar normas y establecer procedimientos para asegurar la gestión integrada y sostenible de los recursos hídricos; Que, el artículo 76° del mismo cuerpo normativo, estipula que esta Autoridad en coordinación con el Consejo de Cuenca, en el lugar y el estado física en que se encuentre el agua, sea en sus cauces naturales o artificiales, controla, supervisa y fiscaliza el cumplimiento de las normas de calidad ambiental del agua, sobre la base de los Estándares de Calidad Ambiental del Agua (ECA) y las disposiciones y programas para su implementación, establecidos por la autoridad del ambiente. También establece medidas para prevenir, controlar y remediar la contaminación del agua y los bienes asociados a ésta, asimismo, implementa actividades de vigilancia y monitoreo, sobre todo en las cuencas donde existan actividades que pongan en riesgo la calidad o cantidad del agua; Que, el artículo 37° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI, señala que la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos organiza y conduce, a nivel nacional, las acciones en materia de evaluación, conservación de la cantidad así como protección y recuperación de la calidad de los recursos hídricos; y según el artículo 38 del citado instrumento de gestión, tiene como función, entre otras, elaborar, proponer y supervisar la implementación de normas en materia de protección y recuperación de la calidad de los recursos hídricos; Que, en este contexto, la citada Dirección mediante el Informe del Visto propone la aprobación de los: "Lineamientos para la Elaboración de los Diagnósticos de la Calidad de los Recursos Hídricos Superficiales",

dado que la información sobre la calidad de las aguas resulta en la actualidad difícil de gestionar, no solo como consecuencia de su volumen, sino de la heterogeneidad de las fuentes y de la diversidad de formatos en los que es almacenada, por lo que se busca definir y estandarizar las características necesarias en los Diagnósticos, tales como la data y periodo, escala y alcance de la información, parámetros de calidad de agua, determinación de datos en función a cada unidad hidrográfica, elaboración de cuadros, figuras, mapas estandarizados que contengan información completa y consolidada; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Informe Legal N° 224-2020-ANA-OAJ, expresa su conformidad a la propuesta alcanzada con el documento del visto, correspondiendo proceder a su aprobación, toda vez que permitirá establecer los lineamientos para la formulación de diagnósticos de calidad de recursos hídricos superficiales por unidad hidrográfica, como base para promover la sostenibilidad y conservación de las fuentes naturales de agua y sus bienes asociados; y, Estando a lo opinado por la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos, con los vistos de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 12° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de Lineamientos Apruébase el documento denominado: "Lineamientos para la Elaboración de los Diagnósticos de la Calidad de los Recursos Hídricos Superficiales", cuya finalidad es establecer los lineamientos para la formulación de diagnósticos de calidad de recursos hídricos superficiales por unidad hidrográfica, como base para promover la sostenibilidad y conservación de las fuentes naturales de agua y sus bienes asociados, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y de los Lineamientos aprobados en el artículo precedente en la página web institucional: www.ana.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese, AMARILDO FERNÁNDEZ ESTELA Jefe Autoridad Nacional del Agua 1865647-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Designan Jefe de la Unidad Territorial Amazonas y Jefe de la Unidad de Tecnologías de la Información del Programa "Pensión 65"
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 065-2020-MIDIS/P65-DE Lima, 20 de abril de 2020 VISTO: El Informe N° 00096-2020-MIDIS/P65-DE/UAJ, expedido por la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Asistencia Solidaria "Pensión 65" del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2011-PCM y sus modificatorias, se crea el Programa Nacional de