Norma Legal Oficial del día 21 de abril del año 2020 (21/04/2020)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano / Martes 21 de abril de 2020

NORMAS LEGALES

35

de los señores Lecaros Cornejo, Arévalo Vela, Lama More, Álvarez Trujillo, Pareja Centeno y Castillo Venegas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Establecer que la suspensión de plazos procesales y administrativos, dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial como consecuencia del Estado de Emergencia Nacional, no se aplica para el cómputo del plazo de: a) Las detenciones preliminares y prisiones preventivas u otra medida similar, emitidas por los órganos jurisdiccionales a nivel nacional: y, b) Las medidas cautelares de suspensión preventiva y medidas disciplinarias de suspensión, impuestas por los Órganos de Control de la Magistratura del Poder Judicial. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase . JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1865641-4

sistemática, coherente, así como formular y ejecutar actividades de capacitación, entre otros. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los numerales 3 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla. RESUELVE: Artículo Primero.- CREAR la ESCUELA JUDICIAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUENTE PIEDRA - VENTANILLA, la cual tiene como objetivo la continua formación profesional y ética de los auxiliares jurisdiccionales, administrativos y magistrados de esta Corte Superior de Justicia. Artículo Segundo.- DISPONER que la referida escuela judicial se encuentre bajo la dirección de la Comisión Distrital de Capacitación de esta Corte Superior de Justicia. Artículo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Administración Distrital preste el apoyo necesario a la Escuela Judicial de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra-Ventanilla, para su correcto funcionamiento. Artículo Cuarto.- HACER de conocimiento la presente resolución de la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Comisión de Capacitación, Oficina de Administración Distrital, Área de Imagen y Prensa. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CHRISTIAN ARTURO HERNÁNDEZ ALARCÓN Presidente 1865657-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Crean la Escuela Judicial de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUENTE PIEDRA - VENTANILLA Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000122-2020-P-CSJPPV-PJ Ventanilla, 19 de abril de 2020 VISTOS: El Informe N° 02-2020-AC-CSJV/PJ, el acuerdo adoptado por la Sala Plena el 3 de abril de 2020. CONSIDERANDO: PRIMERO: Mediante el Informe N° 02-2020-AC-CSJV/ PJ, la encargada del Área de Capacitación de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra ­ Ventanilla informó sobre la necesidad de implementar la Escuela Judicial de esta Corte Superior de Justicia, la cual tiene como propósito institucionalizar las actuaciones académicas propulsadas por la Comisión Distrital de Capacitación. SEGUNDO: Dicho esto, es menester señalar que entre las funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo Distrital, cuyas funciones son asumidas por la Sala Plena en esta Corte Superior de Justicia, se encuentra la de adoptar los acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial correspondientes, funcionen con eficiencia y oportunidad, para que los Magistrados y demás servidores del Distrito Judicial se desempeñen con la mejor conducta funcional. TERCERO: En ese sentido, los señores Jueces Superiores Titulares, en sesión extraordinaria de Sala Plena de fecha 3 de abril de 2020, aprobaron por unanimidad la creación de la Escuela Judicial de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla, la cual permitirá aseguran la continua formación profesional y ética de los señores jueces y personal jurisdiccional y administrativo, brindando una formación académica

Aprueban la "Cartilla para el Retiro de Expedientes en el Sistema Integrado Judicial - SIJ" y establecen su uso obligatorio en todas las sedes de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE PUENTE PIEDRA - VENTANILLA Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra - Ventanilla RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000123-2020-P-CSJPPV-PJ Ventanilla, 20 de abril de 2020 VISTO: Resolución Corrida N° 4-2020-CE-PJ. CONSIDERANDO: Primero. Mediante la Resolución Corrida N° 4-2020-CE-PJ, de fecha 11 de abril de 2020, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso autorizar a los jueces de los Distritos Judiciales del país, que no integran órganos jurisdiccionales de emergencia, para que durante el periodo del Estado de Emergencia Nacional y en forma personal puedan retirar los expedientes de sus respectivos despachos, con la finalidad de avanzar el trabajo desde sus domicilios. Para tal efecto, se dispuso que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia establezcan la relación de jueces, día y hora para que concurran a las sedes judiciales, a fin de evitar congestión en los desplazamientos y, en consecuencia, expidan la autorizar correspondiente. Segundo. Bajo ese marco normativo, la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia mediante la Resolución Administrativa N° 118-2020-P-CSJPPV-PJ, de fecha 12 de abril de 2020, dispuso que todos los magistrados de la Corte Superior de Justicia de Puente Piedra ­ Ventanilla comuniquen, en el plazo de dos días, a la Presidencia,