Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2019 (11/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Miércoles 11 de setiembre de 2019 /

El Peruano

del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas aprobado mediante Resolución SBS N° 808-2019, establece los requisitos formales para la inscripción de los Auxiliares de Seguros en el Registro respectivo; Que, la Secretaría Técnica mediante Acta de Evaluación de fecha 02 de agosto de 2019, ha considerado pertinente aceptar la inscripción del señor Luis Alberto Aguilar Villanueva postulante a Perito de Seguros Generales - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, aprobado mediante Resolución SBS N° 3814-2018 de fecha 02 de octubre de 2018, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS N° 16782018; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Luis Alberto Aguilar Villanueva, con matrícula número PN-340, en el Registro, Sección IV De los Auxiliares de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Peritos de Seguros Generales, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1805245-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS
Autorizan Transferencia Presupuestal y Financiera del Gobierno Regional de Madre de Dios a favor de Gobiernos Locales Provinciales y Distritales
ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 107-2019-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Extraordinaria de Consejo Regional, celebrada el día sábado 29 de junio del 2019, ha aprobado el siguiente Acuerdo Regional: CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, establece y regula la estructura, organización, competencias y funciones de los gobiernos regionales. Define, asimismo, la organización democrática, descentralizada y desconcentrada del Gobierno Regional, conforme a la Constitución y a la Ley de Bases de la Descentralización. Que, los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal; siendo

competentes, entre otros, para aprobar su organización interna y su presupuesto, conforme a lo establecido en el artículo 192 de la Constitución Política del Perú. Que, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, mediante Oficios Nros. 239, 240 y 242-2019-GOREMAD/GGR, de la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, todas de fecha 27 de junio del 2019, el Gerente General Regional remite al Consejo Regional de Madre de Dios, la documentación sustentatoria de las solicitudes de transferencia financiera para la elaboración de expedientes técnicos de varios Proyectos de Inversión Pública precisados en los Cuadros anexados a los mismos, por un monto de S/. 18' 572, 877.00, para su respectiva evaluación y/o autorización. Que, en concordancia con el artículo 75, el artículo 39 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, define y establece: "39.1 Constituyen modificaciones presupestarias en el nivel institucional: los créditos suplementarios y las transferencias de partidas, los que son aprobados mediante ley... b) las transferencias de partidas constituyen traslados de créditos presupuestarios entre pliegos. 39.2 En el caso de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los créditos suplementarios de los fondos públicos administrastivos por dichos niveles de gobierno se aprueban por Acuerdo del Consejo Regional o Concejo Municipal, según sea el caso". Que, el artículo 12 de la Ley Nº 30879, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, previene que con el propósito de asegurar la sostenibilidad de la ejecución de las inversiones y de proyectos que no se encuentren bajo el ámbito de dicho sistema, dispone que "las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, pueden efectuar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático, siempre que no impliquen la anulación de créditos presupuestarios en las referidas inversiones y proyectos que se encuentren en etapa de ejecución, previa opinión favorable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de cada entidad, o la que haga sus veces". Que, mediante Informe Nº 372-2019-GOREMAD/ GRPPYAT, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, remite la opinión favorable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones y el informe de disponibilidad presupuestal de la Sub Gerencia de Presupuesto y Tributación por el importe indicado en el párrafo precedente, adjuntando la priorización de los Proyectos de inversión Pública de Gobiernos Locales, en un número de 29, a favor de las Municipalidades Provinciales de Tambopata y Tahuamanu y Municipalidades Distritales de Laberinto, Iberia, Huepetuhe e Inambari, por un monto ascendente a S/. 2' 905,145.00, soles. De forma similar, mediante Informe Nº 284-2019-GOREMAD/GRPPYAT, se remite el informe de disponibilidad presupuestal y opinión favorable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) para la elaboración de Expediente Técnico del Proyecto de Inversión Pública: "Mejoramiento de la Plazoleta Mazuko del Distrito de Inambari, Provincia de Tambopata - Departamento de Madre de Dios", por la suma de S/. 1' 117,004.27, soles, y mediante sendos Informes Nros. 281; 282 y 283-2019-GOREMAD/GRPPYAT, de la Sub Gerencia de Presupuesto y Tributación se remite el correspondiente informe de disponibilidad presupuestal para la elaboración de los expedientes técnicos de 05 Proyectos de Inversión Pública a favor de la Municipalidad Distrital de Madre de Dios; de un Proyecto de Inversión Pública a favor de la Municipalidad Provincial de Manu; y de 05 Proyectos de Inversión Pública a favor de la Municipalidad Distrital de Inambari, respectivamente, por un monto total de S/. 2' 985,289.70 soles. Que, mediante sendos Informes Legales Nros. 378, 384 y 382--2019-GOREMAD/ORAJ, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Madre