Norma Legal Oficial del día 11 de septiembre del año 2019 (11/09/2019)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 11 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, habiéndose constituido mediante Resolución Ministerial N°3962014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo; Que, los numerales 4.5 y 4.6 de la "Guía de Procedimientos para la Normalización, Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales a Nivel Técnico Productivo", aprobada con Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Ad Hoc Nº 081-2015-COSUSINEACE/CDAH-P, de fecha 15 de junio 2015, establecen los requisitos y el procedimiento para ser autorizada como entidad certificadora; Que, el numeral 6.2 del artículo 6, del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que un acto administrativo "puede motivarse mediante la declaración de conformidad con los fundamentos y conclusiones de anteriores dictámenes, decisiones o informes obrantes en el expediente, a condición que se les identifique de modo certero, y que por esta situación constituyan parte integrante del respectivo acto. (...)"; Que, con el expediente Nº 000600-2019, de fecha 30 de mayo 2019, el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres-JUNTOS, solicita la autorización y el registro para funcionar como entidad certificadora de competencias en la ocupación de "Gestor para el Desarrollo Social"; Que, mediante los documentos de vistos, la Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva del Sineace, sobre la base de lo contenido en el Informe N° 000034-2019-SINEACE/PDEC-EBTP-RRV e Informe N° 000018-2019-SINEACE/ P-DEC-EBTP-RRV, recomienda la autorización como entidad certificadora de competencias al Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres-JUNTOS, para certificar competencias en la ocupación "Gestor para el Desarrollo Social", con una vigencia de cinco (05) años, al haber cumplido con los requisitos establecidos en la precitada Guía; acompañando para tal efecto, la documentación respectiva; Que, mediante el Informe Nº 000138-2019-SINEACE/ P-ST-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que el expediente presentado por el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres-JUNTOS, cumple con los requisitos establecidos por la normatividad aplicable al caso, recomendando aprobar la autorización solicitada; Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc, mediante Acuerdo N° 0942019-CDAH, de sesión de fecha 04 de setiembre 2019, se otorgó la autorización al Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres-JUNTOS, como entidad certificadora de competencias en la ocupación "Gestor para el Desarrollo Social" con una vigencia de cinco (05) años; Con el visto bueno de Secretaría Técnica, Dirección de Evaluación y Certificación de Educación Básica y Técnico Productiva, Oficina de Asesoría Jurídica; de conformidad con la Ley N° 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace; su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 018-2007-ED; Ley N° 30220, Ley Universitaria; Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo N° 0042019-JUS; Resolución Ministerial N°396-2014MINEDU y modificatorias; y Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU. SE RESUELVE: Artículo 1.- Oficializar el Acuerdo N° 094-2019CDAH, de sesión de fecha 04 de setiembre 2019, del Consejo Directivo Ad Hoc, mediante el cual se autoriza al Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres-

JUNTOS, como entidad certificadora de competencias en la ocupación "Gestor para el Desarrollo Social" con una vigencia de cinco (05) años, contados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web Institucional (www.sineace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA MELIDA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc 1805350-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Designan responsable de entregar la información de acceso público del OSCE
RESOLUCIÓN Nº 165-2019-OSCE/PRE Jesús María, 9 de setiembre de 2019 VISTOS: El Memorando Nº D000487-OSCE-SGE de la Secretaría General; y, el Informe Nº D000290-2019OSCE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental de acceso a la información consagrado en el numeral 5 del Artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, el Artículo 3 del citado texto normativo, señala que el Estado tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad, para cuyo efecto, la entidad pública designa al funcionario responsable de entregar la información de acceso público solicitada; Que, el inciso b) del Artículo 3 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por el Decreto Supremo Nº 0722003-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM, establece la obligación de la máxima autoridad de la Entidad de designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público solicitada; Que, mediante el Artículo 1 de la Resolución Nº 030-2019-OSCE/PRE publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15 de febrero de 2019, se designó al/a la Jefe/a de la Oficina de Comunicaciones como responsable de entregar la información de acceso público del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE; Que, a través del Memorando Nº D000487-OSCESGE la Secretaría General propone la designación del/de la Jefe/a de la Oficina de Asesoría Jurídica del Organismo