Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2019 (27/10/2019)
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NORMAS LEGALES
Domingo 27 de octubre de 2019 /
El Peruano
INTERIOR
Autorizan viaje de oficiales y cadetes de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú a Colombia, en comisión de servicios y en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1637-2019-IN Lima, 25 de octubre de 2019 VISTOS, el Oficio N° 1471-2019-SUB COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N° 002677-2019/IN/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº S-2019/ARCOP GUCIM 29.25 de fecha 27 de setiembre de 2019, el Jefe del Área de Relaciones y Cooperación Internacional Policial de la Policía Nacional de Colombia remite comunicación al Agregado de la Policía Nacional del Perú en la República de Colombia, informando la viabilidad para realizar una pasantía en la Escuela de Cadetes de Policía "General Francisco de Paula Santander" de la Policía Nacional de Colombia, a realizarse del 28 de octubre al 01 de noviembre de 2019, en la ciudad de Bogotá de la República de Colombia; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 350-2019-COMGEN PNP/DIRASINT-DIBAVI de fecha 16 de octubre de 2019, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, de los dieciséis (16) Cadetes del 4° Año de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, "Promoción 2019" que se indican en el Anexo de la presente Resolución, y en comisión de servicios, del Capitán de la Policía Nacional del Perú Gary Luis Neyra Vásquez y de los Tenientes de la Policía Nacional del Perú Juan Carlos Alcántara Rufasto y Pedro Luis Ordoñez Lenz, del 27 de octubre al 02 de noviembre de 2019, a la ciudad de Bogotá de la República de Colombia, para participar en la pasantía antes citada, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú que los Cadetes en su etapa de prácticas pre profesionales continúen con el desarrollo de actividades académicas (pasantías) en dependencias policiales de países vecinos, con el fin que conozcan otras latitudes y realidades sociales, asi como intercambien conocimientos y experiencias en la lucha contra la criminalidad organizada, lo que beneficiará al país y la sociedad, al proveerles de mejores herramientas para cuando estén desempeñando la función policial; Que, los conocimientos y experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en la pasantía señalada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes (ida y retorno) y viáticos parciales serán asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo señala el Oficio N° 4770-2019-SECEJE-DIRADM-DIVECOPNP/DEPPRE, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, la Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobada por Decreto Legislativo N° 1267 establece en su artículo 5 que "El personal policial tiene los siguientes derechos: (...) 3) Formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente. (...)"; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto
Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Misión de estudios, Comisión de servicio (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (...)"; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modificatorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del Capitán de la Policía Nacional del Perú Gary Luis Neyra Vásquez y de los Tenientes de la Policía Nacional del Perú Juan Carlos Alcántara Rufasto y Pedro Luis Ordoñez Lenz, del 27 de octubre al 02 de noviembre de 2019, a la ciudad de Bogotá de la República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, de los Cadetes del 4° Año de la Escuela de Oficiales de la Policía Nacional del Perú, "Promoción 2019", que se detallan en el Anexo adjunto, del 27 de octubre al 02 de noviembre de 2019, a la ciudad de Bogotá de la República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 3.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, y los viáticos parciales que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: