Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2019 (27/10/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 10
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NORMAS LEGALES
Domingo 27 de octubre de 2019 /
El Peruano
Clara Gálvez Castillo, Presidenta Ejecutiva del INACAL, a la ciudad de Abu Dhabi, Emiratos Árabes Unidos, del 01 al 09 de noviembre de 2019, para los fines expuestos en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y modificatorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su modificatoria; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su modificatoria; y la Resolución Ministerial N° 296-2009-PRODUCE, que aprueba la Directiva General N° 007-2009-PRODUCE, "Directiva de Procedimientos para las Autorizaciones de Viajes al Exterior en el Ministerio de la Producción"; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Margarita Clara Gálvez Castillo, Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, a la ciudad de Abu Dhabi, Emiratos Árabes Unidos, del 01 al 09 de noviembre de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos correspondientes a los pasajes aéreos y viáticos que demande el viaje autorizado en el artículo precedente, serán atendidos con cargo al Presupuesto Institucional aprobado para el Pliego 244: Instituto Nacional de Calidad INACAL, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos Margarita Clara Gálvez Castillo Pasaje aéreo (clase económica incluido TUUA) US$ 3 170,05 Viáticos por 6 días (5 días + 1 día por concepto de instalación) 3 000,00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria deberá presentar a la Titular de la Entidad, un informe detallado de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas respectiva. Artículo 4.- La presente resolución ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROCIO BARRIOS ALVARADO Ministra de la Producción 1821066-1
Otorgan subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas
RESOLUCIÓN DE COORDINACIÓN EJECUTIVA Nº 923-2019-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ Lima, 24 de octubre de 2019 VISTOS, el Informe N° 098-2019-PRODUCE/ INNOVATEPERU-UPEG de la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, y los Memorandos Nos. 211, 212 y 213-2019-PRODUCE/INNÓVATEPERÚ.UM de la Unidad de Monitoreo; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28939, se creó el Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad FIDECOM, con la finalidad de promover la investigación y desarrollo, especialmente en proyectos de innovación
productiva con participación empresarial, cuya implementación y medidas para su ejecución económica y financiera fueron dispuestas en la Ley N° 29152 y Decreto Supremo 003-2009-PRODUCE. Que, conforme a la Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se autorizó al Ministerio de Economía y Finanzas para conformar un grupo de trabajo con el Ministerio de la Producción y el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (CONCYTEC) para el diseño e implementación de instrumentos económicos y financieros que busquen incentivar el desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación para la competitividad, a través del emprendimiento tecnológico; para lo cual se crea Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología FOMITEC. Que, mediante Decreto Supremo N° 240-2016EF, se aprobó la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo BID, destinada a financiar parcialmente el Proyecto "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional"; suscribiéndose, el Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE. Que, la Ley N° 30879 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su Vigésima Cuarta Disposición Complementaria Final, autorizó al Ministerio de la Producción, a través del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, a efectuar transferencias financieras a favor de las entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, y otorgar subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de las normas que regulan los fondos que administra, con cargo a su presupuesto; disponiendo que las mismas se aprueban mediante resolución del titular del pliego y se publica en el Diario Oficial El Peruano, regulando asimismo que la facultad para aprobar las subvenciones podrá ser delegada en el funcionario a cargo del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad. Que, mediante Resolución Ministerial N° 054-2019-PRODUCE, el Titular del Ministerio de la Producción, delega en el/la Coordinador/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, la facultad para aprobar el otorgamiento de las subvenciones a favor de los beneficiarios definidos en el marco de los procedimientos y normas que regulan los fondos que administra y con cargo a su presupuesto. Que, la Unidad de Monitoreo con Memorandos Nºs. 211, 212 y 213-2019-PRODUCE/INNÓVATE PERÚ.UM, remite la relación de los proyectos a ser financiados con recursos del Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología FOMITEC; Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad FIDECOM; y, del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional"; respectivamente; indicando que se han cumplido con las obligaciones, cronogramas y metas establecidas en los convenios/contratos suscritos para la ejecución de los proyectos. Que, la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión mediante Informe N° 098-2019-PRODUCE/ INNÓVATEPERÚ-UPEG, opina favorablemente en materia presupuestal y solicita se autorice el otorgamiento de las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas, hasta por el monto total de NOVECIENTOS TREINTA MIL CIENTO CATORCE Y 60/100 SOLES (S/ 930 114.60) correspondiendo a las fuentes de financiamiento 1. Recursos Ordinarios - RO, 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito - ROOC, y, 5. Recursos Determinados RD, los montos ascendentes a S/ 277 834.31; S/ 178 110.82; y, S/ 474 169.47, respectivamente; todos con la finalidad de cofinanciar los desembolsos a instrumentos en el marco de: a) Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología FOMITEC: para cofinanciar el desembolso de: i) 01 Proyecto de Fortalecimiento de Incubadoras de Negocios y Entidades Afines - Incubadoras y Aceleradoras de Negocios IAN; ii) 03 Proyectos de Capital Semilla para Emprendedores Innovadores EIN; iii) 01 Proyecto de Capital Semilla para Emprendedores Dinámicos EDI; y, iv) 01 Proyecto de Capital Semilla para Emprendedores Innovadores - Reto BIO - EIN BIO; b) Fondo de Investigación y Desarrollo para la