Norma Legal Oficial del día 27 de octubre del año 2019 (27/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Domingo 27 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Competitividad ­ FIDECOM: para cofinanciar el desembolso de i) 07 Proyectos de Innovación para Micro Empresas ­ PIMEN; y, ii) 21 Proyectos del Concurso de Mejora de la Calidad en Empresas Individuales ­ CMCEI; c) Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional": para cofinanciar el desembolso de: i) 01 Proyecto de Innovación Empresarial Categoría 1 Individual ­ PIEC 1; ii) 01 Proyecto de Misiones Tecnológicas ­ MT; y, iii) 01 Proyecto de Atracción de Emprendedores del Exterior ­ INS. Que, mediante Informe N° 036-2019-PRODUCEINNOVATEPERU-UA/AL, de fecha 24.10.2019, el Área de Asesoría Legal recomienda se emita la Resolución de Coordinación Ejecutiva que otorgue las subvenciones requeridas por la Unidad de Monitoreo. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, las Resoluciones Ministeriales Nos. 317-2014-PRODUCE, 054-2019-PRODUCE y 178-2019-PRODUCE. SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgamiento de Subvención Otorgar las subvenciones a favor de personas naturales y jurídicas privadas señaladas en el Anexo Único que forma parte integrante de la presente Resolución, con cargo al Presupuesto Institucional 2019 de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad, hasta por la suma de NOVECIENTOS TREINTA MIL CIENTO CATORCE Y 60/100 SOLES (S/ 930 114.60) correspondiendo a las fuentes de financiamiento 1. Recursos Ordinarios - RO, 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito ROOC, y, 5. Recursos Determinados ­ RD, los montos ascendentes a S/ 277 834.31; S/ 178 110.82; y, S/474 169.47, respectivamente; destinados a cofinanciar los desembolsos a los instrumentos indicados en la parte considerativa, en el marco Fondo Marco para la Innovación, Ciencia y Tecnología ­ FOMITEC; del Fondo de Investigación y Desarrollo para la Competitividad ­ FIDECOM; y, del Contrato de Préstamo N° 3700/OC-PE "Mejoramiento de los Niveles de Innovación Productiva a Nivel Nacional". Artículo 2.- Acciones Administrativas La Unidad de Administración y la Unidad de Planificación y Evaluación de la Gestión, deberán efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, así como en la Resolución Ministerial N° 054-2019-PRODUCE. Artículo 3.- Publicación Disponer que el Anexo Único a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución se publique en el Portal Institucional del Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (www.innovateperu.gob. pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSMARY M. CORNEJO VALDIVIA Coordinadora Ejecutiva Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad 1820857-1

Que, en el marco de la política de protección y asistencia a los ciudadanos peruanos en el exterior, existe la obligación de velar por la seguridad y bienestar de nuestros connacionales, más aún cuando se trata de menores de edad que se encuentran en situación de riesgo o vulnerabilidad; Que, teniendo en cuenta la grave situación por la que atraviesa la República del Ecuador y la urgencia de repatriar a un gran número de escolares peruanos que se encontraban varados en la ciudad de Salinas, provincia de Santa Elena, República del Ecuador, debido al bloqueo de sus vías principales de transporte terrestre por manifestantes indígenas, la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, designó a un funcionario de la Subdirección de Asistencia al Nacional de la Dirección de Protección y Asistencia al Nacional para que viaje a la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, con la finalidad de coadyuvar en las labores de repatriación de los mencionados escolares peruanos; Que, el traslado del funcionario de la Subdirección de Asistencia al Nacional de la Dirección de Protección y Asistencia al Nacional de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, a la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, el 10 y 11 de octubre de 2019, se realizó en avión de la Fuerza Aérea del Perú; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 1352010-RE; el Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM; la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del régimen especial del Decreto Legislativo N° 1057, Contratación Administrativa de Servicios y otorga derechos laborales; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; y, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, con eficacia anticipada, del señor Jorge Luis Zamora Maza, Contratado Administrativo de Servicios - CAS, Asistente Administrativo de la Subdirección de Asistencia al Nacional de la Dirección de Protección y Asistencia al Nacional de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, el 10 y 11 de octubre de 2019, a la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0107175 Atención de Trámites Consulares y Difusión de Derechos y Deberes de los migrantes, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Viáticos Número por día de días US. 370.00 2 Total Viáticos US. 740.00

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de asistente administrativo a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0733/RE-2019 Lima, 23 de octubre de 2019

Nombres y Apellidos Jorge Luis Zamora Maza

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país, el citado asistente administrativo deberá presentar un informe al Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante la participación en el viaje autorizado.