Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2019 (04/08/2019)


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NORMAS LEGALES

Domingo 4 de agosto de 2019 /

El Peruano

y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan. Artículo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Apurímac, los Gobiernos Locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Defensa, del Ministerio del Interior, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de Energía y Minas, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, destinadas a la respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas, las que deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Artículo 3.- Financiamiento La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente. Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de Salud, la Ministra de Educación, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de agosto del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Presidente del Consejo de Ministros JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa FLOR AIDEÉ PABLO MEDINA Ministra de Educación FRANCISCO ÍSMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior GLORIA MONTENEGRO FIGUEROA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1794197-1

CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1059, que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria­SENASA es un organismo público adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego, el cual es responsable de promover y participar en la armonización y equivalencia internacional de normas y medidas sanitarias y fitosanitarias; Que, mediante Oficio Circular N° 042-2019-MINCETUR/ VMCE de fecha 16 de julio de 2019, el Despacho Viceministerial de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo­MINCETUR hace de conocimiento del Jefe del SENASA, la invitación para participar en la Tercera Ronda de Negociaciones para la Optimización del Tratado de Libre Comercio (TLC) entre Perú y China, así como de la reunión de seguimiento del Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, a desarrollarse en la ciudad de Beijing, República Popular China, del 8 al 9 de agosto de 2019; Que, la Viceministra de Políticas Agrarias remite el Oficio N° 0301-2019-MINAGRI-SENASA, mediante el cual el Jefe del SENASA solicita autorizar la participación de la señora Carlota Ernestina Marengo Sandoval, servidora del SENASA, en la mencionada reunión, la que permitirá optimizar el TLC entre Perú y China, respecto de las disposiciones relativas a la evaluación del riesgo, reconocimiento de áreas libres o de baja prevalencia de plagas y enfermedades, transparencia, cooperación técnica, entre otros, en el marco del Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial de Comercio, así como afianzar las relaciones comerciales con la República Popular China proyectando la seguridad de las exportaciones a través del cumplimiento de los compromisos asumidos en materia sanitaria y fitosanitaria; Que, los artículos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, que aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias, establecen que la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público se otorgará por resolución ministerial del respectivo Sector; siendo que la resolución de autorización será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros; Que, teniendo en consideración que dicha participación irrogará gasto al Estado (por concepto de pasajes aéreos y viáticos), estos serán asumidos con cargo al Pliego Presupuestal 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria­ SENASA, según lo señalado en la certificación de crédito presupuestario correspondiente; Que, en ese sentido, resulta necesario autorizar el viaje en comisión de servicios de la citada servidora, a fin de participar en el referido evento, por lo que corresponde emitir el presente acto resolutivo; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna de la citada profesional en el referido evento, resulta necesario autorizar el viaje del 6 al 10 de agosto de 2019; Con la visación del Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria ­ SENASA, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, modificado por la Ley Nº 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI y sus modificatorias; el Decreto Legislativo N° 1059, que aprueba la Ley General de Sanidad Agraria; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por Ley Nº 28807; y, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Carlota Ernestina Marengo Sandoval,

AGRICULTURA Y RIEGO
Autorizan viaje de servidora del SENASA a la República Popular China, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 256-2019-MINAGRI Lima, 2 de agosto de 2019 VISTOS; el Oficio N° 0301-2019-MINAGRI-SENASA, del Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y, el Informe Legal N° 840-2019-MINAGRI-SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,