Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2019 (04/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Domingo 4 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

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Armadas", modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme al Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005, modificado por el Decreto Supremo Nº 0102010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE de fecha 02 de octubre de 2013; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del personal militar y civil del Sector, una disposición que precise en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Comandante FAP ERICK JESÚS SÁNCHEZ AGUAYO identificado con NSA: O-9645995 y DNI: 43352506, para participar en el Curso de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas, a realizarse en la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas (ESFAS) del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN), ubicada en la ciudad de Madrid ­ Reino de España, del 26 de agosto de 2019 al 26 de junio de 2020; así como, su salida el 24 de agosto de 2019 y su retorno el 28 de junio de 2020. Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: Lima ­ Ciudad Madrid (Reino de España) US $ 1,226.25 x 01 personas (Incluye TUUA) = US $ 1,226.25 Gastos de Traslado Ida (Equipaje ­ bagaje e instalación) 5,052.50 x 01 x 01 personas (Incluye TUUA) = 5,052.50 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero 5,052.50 / 31 x 06 días x 01 personas = 977.88 5,052.50 x 04 meses x 01 personas = 20,210.00 -------------------Total a pagar = 26,240.38 Artículo 3.- El monto de la Compensación Extraordinaria Mensual será reducido por la Fuerza Aérea del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014. Artículo 4.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero,

se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014. Artículo 5.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales de la Fuerza Aérea del Perú del año fiscal correspondiente. Artículo 6.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 7.- El personal designado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El personal designado está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1793898-1

Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0958-2019 DE/MGP Lima, 2 de agosto de 2019 Visto, el Oficio Nº 3851/51 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 27 de julio del 2019; CONSIDERANDO: Que, con Oficio V.200-0119 de fecha 27 de mayo del 2019, el Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia ha remitido el Oficio DICOS: Stría. Nº 328/19 del Comandante en Jefe de la Fuerzas Armadas del Estado Plurinacional de Bolivia, de fecha 22 de mayo del 2019, mediante el cual cursa invitación al Comandante General de la Marina, para que participe en el Acto Central en conmemoración del "CXCIV Aniversario de Creación de las Fuerzas Armadas del Estado Plurinacional de Bolivia y Jura a la Bandera", a realizarse en la Ciudad de Nuestra Señora de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, el 7 de agosto del 2019; Que, por Oficio Nº 0835/51 de fecha 25 de julio del 2019, el Comandante General de la Marina expresa su agradecimiento al Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas del Estado Plurinacional de Bolivia por la invitación cursada; indicando que ha sido aceptada; asimismo, manifiesta que asistirá a dicho evento acompañado del Teniente Primero Raúl Ricardo VÁSQUEZ Gianella; Que, mediante Oficio Nº 1726/51 de fecha 25 de julio del 2019, el Director General del Personal de la Marina ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la autorización de viaje al exterior en Comisión de Servicio del Almirante Fernando Raúl CERDÁN Ruiz y