Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2019 (04/08/2019)


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NORMAS LEGALES

Domingo 4 de agosto de 2019 /

El Peruano

Tecnologías de la Información y Comunicación, como Especialista Informático. - Un/a Especialista en Seguridad de la Información de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación, como Especialista Informático. Artículo 2.- El Equipo de Trabajo conformado en el artículo precedente se encarga de la implementación de los Datos Abiertos Gubernamentales del Ministerio de Educación en el marco de la "Estrategia Nacional de Datos Abiertos Gubernamentales del Perú 2017 - 2021", el "Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales del Perú" y demás lineamientos relativos a la Estrategia Nacional de Datos Abiertos Gubernamentales que emita la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 3.- Los titulares de los órganos y unidades orgánicas que conforman el Equipo de Trabajo al que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, designarán a sus representantes alternos mediante comunicación escrita dirigida al Gestor del Equipo de Trabajo, en un plazo que no exceda de tres (03) días hábiles contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 4.- Notificar la presente Resolución Ministerial a los integrantes del Equipo de Trabajo conformado por el artículo 1 de la presente resolución, al funcionario responsable de registrar y actualizar la información del Ministerio de Educación en el Portal Nacional de Datos Abiertos y a la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. FLOR PABLO MEDINA Ministra de Educación 1794143-1

Aprueban la Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan el otorgamiento y gestión de la Condecoración de Palmas Magisteriales"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 191-2019-MINEDU Lima, 2 de agosto de 2019 VISTOS: el Expediente Nº 0101029-2019, los informes técnicos contenidos en el referido expediente, el Informe Nº 00908-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, según lo establecido en el literal h) del artículo 80 de la referida Ley, el Ministerio de Educación tiene, entre sus funciones, definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial; Que, mediante el Decreto Ley Nº 11192, se creó la recompensa honorífica denominada "Palmas Magisteriales", destinada a premiar a los ciudadanos que se hayan distinguido en forma extraordinaria en la dirección o ejercicio de la docencia oficial o particular, o en la administración escolar;

Que, el Reglamento de la Condecoración de Palmas Magisteriales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2019-MINEDU, establece que dicha Condecoración constituye el máximo reconocimiento y distinción honorífica que se otorga, por gracia del Estado, a través del Ministerio de Educación, a profesionales que hayan destacado por su contribución extraordinaria a la educación y desarrollo del país; asimismo, establece que la Condecoración de Palmas Magisteriales confiere a su titular la condición de Palmario y se otorga en tres grados o categorías: Educador, Maestro y Amauta; Que, el artículo 141 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, establece que la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente, dependiente de la Dirección General de Desarrollo Docente, es responsable de diseñar, proponer, implementar y evaluar estrategias y mecanismos de promoción de bienestar, reconocimiento e innovación docente; Que, mediante Oficio Nº 01277-2019-MINEDU/VMGPDIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 0186-2019-MINEDU/VMGP-DIGEDDDIBRED, de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente, a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan el otorgamiento y gestión de la Condecoración de Palmas Magisteriales", con el objeto de establecer las disposiciones administrativas, técnicas y operativas necesarias para el otorgamiento de la referida Condecoración; Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 735-2018-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; Con el visado de la Dirección General de Desarrollo Docente; Dirección General de Gestión Descentralizada; de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente; de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificada por la Ley Nº 26510; el Decreto Ley Nº 11192, Ley que crea una recompensa honorifica denominada Palmas Magisteriales; el Reglamento de la Condecoración de Palmas Magisteriales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2019-MINEDU; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 735-2018-MINEDU y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Disposiciones que regulan el otorgamiento y gestión de la Condecoración de Palmas Magisteriales", la misma que, como anexo, forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA PATRICIA ANDRADE PACORA Viceministra de Gestión Pedagógica 1794190-1