Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2019 (04/08/2019)


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NORMAS LEGALES

Domingo 4 de agosto de 2019 /

El Peruano

2017-MC y N° 136-2019-MC; y, de la entidad privada que supervisará su ejecución, el mismo que estará integrado de la manera siguiente: MIEMBROS TITULARES 1. Jorge Antonio Montenegro Cabrejo: Presidente. 2. Augusto Martín Neyra Carrillo: Primer Miembro. 3. Pedro Caycho Ampuero: Segundo Miembro. MIEMBROS SUPLENTES 1. Carmen Amelia Marina Torres: Suplente del Presidente. 2. Victor Hugo Rojas Guevara: Suplente del Primer Miembro. 3. Giovanna Paola Bravo Castillo: Suplente del Segundo Miembro". Artículo Segundo.- Disponer que se mantienen vigentes los demás extremos de la Resolución Viceministerial N° 086-2017-VMPCIC-MC, modificada por las Resoluciones Viceministeriales N° 147-2017-VMPCICMC, N° 096-2018-VMPCIC-MC, N° 170-2018-VMPCICMC, N° 250-2018-VMPCIC-MC y N° 081-2019-VMPCICMC. Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.gob. pe/cultura), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ELENA CÓRDOVA BURGA Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 1794113-1

DEFENSA
Autorizan viaje de oficial FAP a España, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0952-2019-DE/FAP Lima, 31 de julio de 2019 VISTO: El Oficio NC-50-DEPE-Nº 0743 de fecha 29 de mayo de 2019, del Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, según Boletín Oficial del Ministerio de Defensa del Reino de España de fecha 31 de diciembre del 2018, la Armada Española establece que el Curso de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas (CEMFAS), se realizará en la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas (ESFAS) del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN), ubicada en la ciudad de Madrid, Reino de España, en los periodos siguientes: i) No-Presencial del 1 de abril al 30 de junio del 2019 y; ii) Presencial del 9 de setiembre del 2019 al 26 de junio del 2020; asimismo, el numeral 3.3 de dicho Boletín, indica que la presentación de los alumnos procedentes de países aliados y amigos, se realizará el día 26 de agosto del 2019; Que, a través del Oficio AGREDLIMA D-OC-SG140G4501-S-19-000076 de fecha 20 de marzo de 2019, la Agregaduría de Defensa del Reino de España en Lima, informa al Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa del Perú, la designación de una (01) vacante adicional para el Curso de Estado Mayor de las FAS (CEMFAS); Que, mediante el Oficio AGREDLIMA D-OC-SG140G4501-S-19-000097 de fecha 02 de abril de 2019, la

Agregaduría de Defensa del Reino de España en Lima, informa al Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa del Perú, que la Dirección General de Enseñanza Militar del Ministerio de Defensa de España (DIGEREM), ha designado al Comandante FAP ERICK JESÚS SÁNCHEZ AGUAYO, para que participe en el Curso de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas; asimismo, este curso se encuentra incluido en el Programa de Cooperación Internacional en Materia de Enseñanza Militar (PCIMEM); Que, por medio del Oficio NC-50-DEPE-Nº 0743 de fecha 29 de mayo de 2019, el Director General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, solicita se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior en Misión de Estudios del Comandante FAP ERICK JESÚS SÁNCHEZ AGUAYO, para que participe en el Curso de Estado Mayor de las Fuerzas Armadas, a realizarse en la Escuela Superior de las Fuerzas Armadas (ESFAS) del Centro Superior de Estudios de la Defensa Nacional (CESEDEN), ubicada en la ciudad de Madrid ­ Reino de España, del 26 de agosto de 2019 al 26 de junio de 2020; Que, según lo indicado en la Exposición de Motivos suscrita por el Jefe del Departamento de Capacitación, Especialización y Perfeccionamiento de la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú, anexada al Oficio NC-50-DEPE-Nº 0743 de fecha 29 de mayo de 2019, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Comandante FAP ERICK JESÚS SÁNCHEZ AGUAYO, por cuanto permitirá contar con personal calificado, el cual eleva el nivel Académico y Profesional de la Institución, haciéndola más competente en nivel Nacional e Internacional; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal autorizado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (02) días de anticipación, así como, su retorno dos (02) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, en vista que la Misión de Estudios abarca más de un ejercicio presupuestal, el pago de la compensación extraordinaria por servicio en el extranjero correspondiente al período comprendido del 26 de agosto de 2019 al 31 de diciembre de 2019, así como, el pago de pasajes aéreos y gastos de traslado de ida, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 y los pagos correspondientes a los años posteriores serán con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal que corresponda; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0080 DGVC-ME/SIAF-SP del 07 de junio de 2019 del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales (ida y retorno) y Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero por Misión de Estudios en el Exterior que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2019, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y en concordancia a lo establecido en los incisos a) y c) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG; Que, el segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2, del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de acuerdo con el artículo 26 de la Ley Nº 28359 ­ "Ley de Situación de los Oficiales de las Fuerzas