Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2019 (02/08/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 50

50

NORMAS LEGALES

Viernes 2 de agosto de 2019 /

El Peruano

del Gobierno Regional Junín, en el ámbito territorial del Departamento, por conmemorarse la "Batalla de Junín" respectivamente; facilitando la participación de la ciudadanía en los actos oficiales de estas fechas. Artículo Segundo.- ESTABLÉZCASE, que las horas dejadas de laborar, serán compensadas en las semanas posteriores a las fechas establecidas, de acuerdo a lo que establezca la Sub Gerencia de Recursos Humanos, en función a las necesidades del Gobierno Regional, previendo que se garantice la provisión de aquellos servicios que sean indispensables. Artículo Tercero.- ESTABLÉZCASE, que, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos precedentes, los titulares de las entidades del Sector Público Regional adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante el día feriado. Artículo Cuarto.- ESTABLÉZCASE, que el ámbito del Gobierno Regional Junín, para efectos de computo de los plazos regulados para los procedimientos administrativos, el 06 de agosto será considerado como día hábil. Artículo Quinto.- ESTABLÉZCASE, que la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo, la Dirección Regional de Educación y demás entes competentes, incluyan en el calendario de festividades regionales lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- PRECÍSESE, que los centros de trabajo del Sector Privado podrán acogerse a lo dispuesto en la presente Ordenanza, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, a falta de acuerdo decidirá el empleador. Artículo Séptimo.- ENCÁRGUESE, a la Secretaria Ejecutiva de Consejo Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional. Dado en la Sala de Sesiones de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los 16 días del mes de Julio del 2019. SAÚL ARCOS GALVÁN Consejero Delegado POR LO TANTO Mando, comuníquese y cúmplase. Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 17 días de mes de julio de 2019. VLADIMIR ROY CERRON ROJAS Gobernador Regional 1793587-1

el Registro Público de Minería, posteriormente Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero ­ INACC, actualmente INGEMMET, publicara mensualmente en el diario oficial "El Peruano", por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Que, a partir del 03 de febrero del 2008 el Gobierno regional de Junín es competente para tramitar y expedir resoluciones en el proceso relativo a los petitorios mineros formulados por Pequeños Productores Mineros y Productores Mineros Artesanales, en merito a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº046-2008-MEM/ DM publicado en el diario oficial "El Peruano" el 02 de febrero del 2008, que declara la conclusión del proceso de transferencia de funciones sectoriales y facultades en materia minera señaladas en el Decreto Supremo Nº 0682006-PCM. Así lo dispone la primera disposición transitoria del Decreto Supremo Nº 084-2007-EM, publicado en el diario oficial "El Peruano" el 20 de diciembre de 2007. Que, de conformidad a la Ordenanza regional Nº 1512012-GRJ/CR, que aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Dirección Regional de Energía y Minas de Junín, y; Con lo dispuesto por el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y; el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; e, inciso n) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 084-2007-EM; SE RESUELVE: Artículo Único.- PUBLIQUESE en el diario oficial "El Peruano" las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados entre los meses de abril del 2019 a junio del 2019, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24º del Decreto Supremo Nº 018-92EM. Asimismo, la presente Resolución se publicará en el Portal Institucional de la Dirección Regional de Energía y Minas de Junín. Regístrese, publíquese y cúmplase. CARLOS SABINO PALACIOS PÉREZ Director Regional de Energía y Minas Gobierno Regional de Junín RELACIÓN DE LAS 10 CONCESIONES OTORGADAS EN EL MES DE ABRIL DEL 2019 A JUNIO DEL 2019 AL AMPARO DEL DECRETO LEGISLATIVO Nº 708 NOMENCLATURA A) NOMBRE DE LA CONCESION; B) CODIGO; C) NOMBRE DEL TITULAR; D) NUMERO Y FECHA DE LA RESOLUCION JEFATURAL; E) ZONA; F) COORDENADAS UTM DE LOS VERTICES EXPRESADOS EN KILOMETROS JUNIN 1.-A) MATTY 2016 B) 620003116 C) MINERA DOÑA MATILDE S.A.C. D) 000173-2019-GRJ/GRDE/DREM/ DR 21/06/2019 E) 18 F) V1:N8675 E441 V2:N8674 E441 V3:N8674 E440 V4:N8675 E440 2.-A) HERMANOS QUISPE B) 620003418 C) QUISPE HUAMAN JUAN AUGUSTO D) 000027-2019-GRJ/GRDE/DREM/ DR 22/04/2019 E) 18 F) V1:N8674 E469 V2:N8673 E469 V3:N8673 E468 V4:N8674 E468 3.-A) FREDD Y MATEO B) 620004117 C) S.M.R.L. FREDD Y MATEO D) 000135-2019-GRJ/GRDE/DREM/DR 10/06/2019 E) 18 F) V1:N8674 E465 V2:N8672 E465 V3:N8672 E464 V4:N8674 E464 4.-A) ROCIO 2018 B) 620005218 C) MINERA UCHUBAMBA E.I.R.L. D) 000026-2019GRJ/GRDE/DREM/DR 22/04/2019 E) 18 F) V1:N8735 E471 V2:N8733 E471 V3:N8733 E470 V4:N8734 E470 V5:N8734 E469 V6:N8735 E469 5.-A) SHALOMMF B) 620005318 C) S.M.R.L. SHALOMMF D) 000028-2019GRJ/GRDE/DREM/DR 22/04/2019 E) 18 F) V1:N8733 E474 V2:N8731 E474 V3:N8731 E473 V4:N8733 E473 6.-A) MINAS JP VALERY B) 620005818 C) BLANCO

Disponen publicar concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados entre los meses de abril a junio de 2019
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 000182-2019-GRJ/GRDE/DREM/DR Huancayo, 5 de julio de 2019 EL DIRECTOR REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS DE JUNIN VISTO: El Reporte Nº 047-2019.GRJ/GRDE/DREM/OAJ, de fecha 04 de julio del 2019, de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección regional de Energía y Minas de Junín, COSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124º del Texto Único Ordenado de la Ley general de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM,