Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2019 (02/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Viernes 2 de agosto de 2019

NORMAS LEGALES

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cuya ubicación estaría en el distrito de Chanchamayo, de la Provincia Chanchamayo, del departamento de Junín, siendo que su ámbito de intervención comprendería 15 distritos, de los cuales 05 pertenecen a la provincia de Satipo, 06 pertenecen a la provincia de Chanchamayo y 04 pertenecen a la provincia de Atalaya; Que, mediante el Informe Nº 000327-2019-DV-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que la propuesta de creación de la Oficina de Coordinación Chanchamayo realizada por la Oficina Zonal La Merced cuenta con respaldo técnico normativo y se encuentra en el marco de sus competencias y, asimismo, que la Entidad habría cumplido con el sustento técnico para disponer la creación de la mencionada Oficina de Coordinación; Que, estando a lo anterior, resulta necesario expedir el acto resolutivo que formalice la creación de la Oficina de Coordinación Chanchamayo de la Oficina Zonal La Merced; Que, el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA establece que la Presidencia Ejecutiva es el órgano de la Alta Dirección que constituye la máxima autoridad ejecutiva y, de otro lado, los literales a) y r) del artículo 10 del referido cuerpo normativo, señala entre sus funciones la de conducir y supervisar el adecuado funcionamiento de la Entidad, definiendo las políticas de dirección y supervisión para la marcha de la Entidad, así como emitir resoluciones y directivas vinculadas a la conducción de la Entidad, respectivamente; Que, la creación e implementación de la Oficina de Coordinación Chanchamayo, adscrita a la Oficina Zonal La Merced, con sede en el distrito de Chanchamayo, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, contribuirá a fortalecer la gestión, intervención y presencia institucional de DEVIDA, así como a promover, coordinar, articular y desarrollar acciones estratégicas y operativas en el marco de la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas; Con los visados de la Gerencia General, la Dirección de Articulación Territorial, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina General de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 824 - Ley de lucha contra el tráfico ilícito de drogas; el Decreto Legislativo Nº 1241 - Ley que fortalece la lucha contra el tráfico ilícito de drogas; el Decreto Supremo Nº 061-2017-PCM, que aprueba la Estrategia Nacional de Lucha contra las Drogas 2017-2021; el Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de DEVIDA; las Resoluciones de Presidencia Ejecutiva Nº 176-2018-DVPE, Nº 016-2018-DV-PE y Nº 034-2019-DV-PE. SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR la creación e implementación de la Oficina de Coordinación Chanchamayo, adscrita a la Oficina Zonal La Merced, para que ejecute proyectos y actividades de apoyo a la gestión institucional, con sede en el distrito de Chanchamayo, provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, cuyo ámbito de intervención es el siguiente:
Departamento Provincia Distritos · Satipo · Rio Negro · Pampa Hermosa · Llaylla · Coviriali · Chanchamayo · Perene · Pichanaqui · San Luis de Shuaro · San Ramón · Vitoc · Raymondi · Sepahua · Tahuania · Yurua

Artículo 2º.- DISPONER que la Oficina de Coordinación Chanchamayo, en representación de la Oficina Zonal La Merced y dentro de su ámbito de intervención, cumpla las funciones establecidas en el artículo 9 de la Organización Funcional de las Oficinas Zonales de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 016-2018-DV-PE. Artículo 3º.- AUTORIZAR a la Dirección de Articulación Territorial, a la Oficina Zonal La Merced, a la Oficina General de Administración y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas - DEVIDA, para que, en el marco de sus competencias, realicen las acciones técnicas, operativas, administrativas y presupuestarias necesarias para viabilizar la apertura, implementación y funcionamiento de la Oficina de Coordinación Chanchamayo. Artículo 4º.- NOTIFICAR la presente resolución a todos los Órganos y Unidades Orgánicas de DEVIDA para los fines pertinentes así como al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fin que proceda a PUBLICAR el presente acto resolutivo en el portal de Internet de DEVIDA. Artículo 5.- DISPONER la publicación del presente acto resolutivo en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. RUBÉN VARGAS CÉSPEDES Presidente Ejecutivo 1793751-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Dan por concluida designación de Auxiliar Coactivo del INDECOPI
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 100 -2019-INDECOPI/COD Lima, 24 de julio de 2019 VISTO: El Informe Nº 0112-2019/GRH, la Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 209-2018-INDECOPI/COD, la carta de fecha 04 de junio de 2019, el Informe Nº 029-2019/GAF-SGC, el Memorándum Nº 348-2019/GAF, el Informe Nº 516-2019/ GEL; y, CONSIDERANDO: Que, el literal d) del artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva (en adelante, TUO de la Ley 26979), aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, señala que el Auxiliar Coactivo es aquel cuya función es colaborar con el Ejecutor Coactivo; Que, en atención al Concurso Público Nº 311-2018, mediante Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del Indecopi Nº 209-2018-INDECOPI/COD del 29 de octubre de 2018, se designó al abogado Roberto Carlos Sánchez Panta como Auxiliar Coactivo del Indecopi con efectividad anticipada al 01 de octubre de 2018; Que, a través de la carta de fecha 04 de junio de 2019, el abogado Roberto Carlos Sánchez Panta presentó su

Satipo

Junín Chanchamayo

Ucayali

Atalaya