Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2019 (02/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Viernes 2 de agosto de 2019 /

El Peruano

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, al primer día del mes de agosto del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas JORGE MOSCOSO FLORES Ministro de Defensa 1793862-3

INTERIOR
Autorizan viaje de oficiales de la Policía Nacional del Perú a Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1048-2019-IN Lima, 16 de julio de 2019 VISTOS, el Oficio N° 887-2019-SUB COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI de la Jefatura de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú y el Informe N° 001808-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante los Oficios N° 067-2019-PRODUCE/ GTM PERÚ BOLIVIA y N° 068-2019-PRODUCE/GTM PERÚ BOLIVIA de fecha 6 de junio de 2019, el Presidente del Grupo de Trabajo Multisectorial de la Sección Nacional Peruana de la Comisión Bilateral de Lucha contra el Contrabando Perú - Bolivia, extiende invitación a la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, y a la Dirección de Policía Fiscal de la Policía Nacional del Perú, respectivamente, para que el General de la Policía Nacional del Perú Martín Severo Parra Saldaña, y el Coronel de la Policía Nacional del Perú Walter Arturo Escalante Viteri, participen en la "X Reunión de la Comisión Bilateral Peruano ­ Boliviana de Lucha contra el Contrabando" a realizarse el 15 y 16 de agosto de 2019, en la ciudad de Nuestra Señora de La Paz del Estado Plurinacional de Bolivia; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 220-2019-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI de fecha 05 de julio de 2019, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente se prosiga con el trámite de la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, del General de la Policía Nacional del Perú Martín Severo Parra Saldaña, Director de Policía Fiscal de la Policía Nacional del Perú y del Coronel de la Policía Nacional del Perú Walter Arturo Escalante Viteri, Jefe de la División de Investigación de Delitos Aduaneros de la Dirección de Policía Fiscal de la Policía Nacional del Perú, para que participen en el evento antes citado, del 14 al 17 de agosto de 2019, a realizarse en la ciudad de Nuestra Señora de La Paz del Estado Plurinacional de Bolivia, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que aportarán su experiencia en temas relacionados a dicho evento, lo cual servirá para fortalecer las relaciones con sus similares de Bolivia, además el referido personal policial recibirá asistencia técnica y profesional en los campos de la actividad funcional, lo que redundará en fortalecer sus capacidades, destrezas y habilidades para hacer mejor y más eficaz la labor policial en nuestro país en cuanto a la lucha contra el contrabando, convirtiéndose en un elemento difusor, replicando todo aquello que pueda emplearse para la aplicación de diferentes procedimientos policiales que permitan combatir eficientemente el contrabando;

Que, Conforme se desprende de los documentos sustentatorios adjuntos a la solicitud de autorización de viaje al exterior, los conocimientos y experiencias a adquirirse como resultado de la participación del mencionado personal policial en el evento indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo señala el Oficio N° 2850-2019-SECEJE-DIRADM-DIVECO-PNP/DEPPRE, del Departamento de Presupuesto de la División de Economía de la Policía Nacional del Perú; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (...)"; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0042017-IN; y, el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del General de la Policía Nacional del Perú Martín