Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2019 (02/08/2019)


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NORMAS LEGALES

Viernes 2 de agosto de 2019 /

El Peruano

a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, los Ministros de Comercio Exterior y Turismo y de Economía y Finanzas, a propuesta conjunta de las juntas de administración de las ZED, aprueban el Reglamento de Infracciones y Sanciones aplicables a las ZED, a que se refiere el artículo 3 de la Ley Nº 29710. Quinta.- Selección del operador privado En un plazo máximo de ciento ochenta (180) días calendario, a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo establece los plazos y condiciones para la selección del operador privado de conformidad con el marco normativo vigente. Sexta.- De los contratos de usuarios vigentes En un plazo máximo de ciento ochenta (180) días calendario, a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, la Administración de la ZED adecua los contratos de los usuarios vigentes a las disposiciones del presente Reglamento. Séptima.- Facultad normativa La SUNAT emitirá las disposiciones necesarias para la aplicación de lo dispuesto en el presente Reglamento en un plazo de seis (06) meses, contados a partir de su entrada en vigencia. 1793862-4

DEFENSA
Autorizan viaje de oficiales del Ejército del Perú a Brasil, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0940-2019 DE/EP Jesús María, 26 de julio de 2019 VISTOS: La Hoja Informativa N° 122/DRIE/SECC RESOL del 16 de julio de 2019, del Comandante General del Ejército; y, el Dictamen N° 1840-2019/OAJE/L-2, del 16 de julio de 2019, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército. CONSIDERANDO: Que, con Carta NC-50-COFA-DEPE-N° 068 del 14 de junio de 2019, el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, solicita al Comandante General del Ejército del Perú la asignación de viáticos y gastos de pasajes aéreos internacional, de los tres (03) Oficiales Superiores del grado de Coronel integrantes del Programa de Alto Mando 2019 ­ Gestión Estratégica, Seguridad, Defensa, Desarrollo Nacional e Investigación Científica/ Tecnológica; para participar en el viaje de estudios a la ciudad de Sau Paulo ­ Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, en el periodo comprendido del 04 al 10 de agosto de 2019; Que, mediante Hoja de Recomendación N° 095/U-4.b.1/05.00 del 09 de julio de 2019, el Comandante General del Ejército, ha propuesto la designación del Coronel EP Santos Javier VASQUEZ RUIZ, Coronel EP Juan Antonio CABELLOS GARATE y del Coronel EP Héctor Guillermo MARQUINA BARRETO; participantes del Programa de Alto Mando FAP ­ Gestión Estratégica, Seguridad, Defensa, Desarrollo Nacional e Investigación Científica/Tecnológica; para participar en el viaje de estudios a la ciudad de Sau Paulo ­ Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, en el periodo comprendido del 04 al 10 de agosto de 2019; Que, según lo indicado en la Exposición de Motivos, suscrito por el Jefe de Educación del Ejército, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, a los Oficiales participantes del Programa de Alto Mando FAP ­ Gestión Estratégica, Seguridad, Defensa, Desarrollo Nacional e

Investigación Científica/ Tecnológica, para participar en un viaje de estudios a la ciudad de Sau Paulo, Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, porque permitirá acceder a nuevos conocimientos y experiencias que contribuirá a elevar su nivel profesional, con el fin de que posteriormente los conocimientos adquiridos sean vertidos en provecho de la Institución; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal militar en la fecha requerida, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día posterior al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos y Declaración del Jefe de Educación del Ejército del 08 de julio de 2019, los gastos de pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta y viáticos, que ocasione la participación del personal militar en la mencionada actividad no serán asumidos por ningún organismo internacional, por lo que se debe considerar el 100% de viáticos, y se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en los incisos (a) y (b) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002­2004-DE/SG; concordante con el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, el artículo 5 del Decreto Supremo N° 047-2002PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM de 18 de mayo de 2013, establece que los gastos por concepto de viáticos que ocasionen los viajes al exterior de los Funcionarios y Servidores Públicos serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográficas, a fin de que los recursos que se asignan a los Servidores y Funcionarios Públicos sean suficientes para garantizar una óptima representación Internacional del Estado Peruano, asegurando un adecuado nivel de eficacia en las acciones en el exterior y de interés nacional. En ese sentido, corresponderá asignar al personal militar comisionado el monto dinerario establecido que corresponde a América del Norte en concepto de viáticos; Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército; y, De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, el Decreto Supremo N° 0062016-DE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificado con el Decreto Supremo N° 056-213-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Coronel EP Santos Javier VASQUEZ RUIZ, identificado con CIP N° 115676400, DNI N° 43324259, Coronel EP Juan Antonio CABELLOS GARATE, identificado con CIP N° 113825100, DNI N° 07873142, y al Coronel EP Héctor Guillermo MARQUINA BARRETO, identificado con CIP N° 117550500, DNI N° 43593580, integrantes del Programa de Alto Mando FAP ­ Gestión Estratégica, Seguridad, Defensa, Desarrollo Nacional e Investigación Científica/Tecnológica; para participar en el viaje de estudios a la ciudad de Sau Paulo ­ Río de Janeiro, República Federativa del Brasil, en el periodo comprendido del 04 al 10 de agosto de 2019; así como, autorizar su salida del país el 03 de agosto de 2019 y su retorno al país el 11 de agosto de 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa ­ Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes: