Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2019 (13/04/2019)


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NORMAS LEGALES

Sábado 13 de abril de 2019 /

El Peruano

"Organización del Poder Judicial" del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Segundo. Que por Resolución Administrativa N° 104-2017-CE-PJ, de fecha 29 de marzo de 2017, se aprobó el Proyecto denominado "Servicio de Edicto Judicial Electrónico". Asimismo, por Resolución Administrativa N° 242-2018-CE-PJ, de fecha 8 de agosto de 2018, se aprobaron la Directiva N° 006-2018-CE-PJ "Normas para regular la Publicación de Edictos Judiciales Electrónicos en el Portal Web Oficial del Poder Judicial", y el documento normativo denominado "Procedimiento de Publicación de Edictos Judiciales Electrónicos en el Portal Web Oficial del Poder Judicial". Tercero. Que la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación de la Gerencia General del Poder Judicial emitió el Informe N° 013-2018-GSJR-GG-PJ, señalando que resulta favorable la implementación del Servicio de Edicto Judicial Electrónico (SEJE) en el Sistema Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios, que hoy integra la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios; concluyendo que la finalidad del Servicio de Edicto Judicial Electrónico es brindar un servicio célere, seguro, transparente, eficaz, y efectivo, utilizando para ello las tecnologías de información y de las comunicaciones (TIC's), lo cual conlleva un ahorro significativo de tiempo, reducción de actividades, certeza en la publicación del edicto y reducción considerable de gastos, tanto para el Poder Judicial como para los justiciables. Cuarto. Que la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia de la República remite el Oficio N° 024-2019-P-UETI-CPP/PJ, cursado por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, conjuntamente con el Informe N° 04-2019-NOR-ST-UETI-CPP/PJ elaborado por el Componente Normativo de la mencionada Unidad, en el cual se concluye que estando a la constitución de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, y a efectos de conservar la uniformidad del Sistema Integrado Judicial (SIJ) se debe implementar el Servicio de Edicto Judicial Electrónico en la mencionada Corte Superior. Quinto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. En consecuencia; evaluada la propuesta; y, en mérito al Acuerdo N° 281-2019 de la novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Tello Gilardi, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán, sin la intervención del señor Consejero Lama More por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la puesta en funcionamiento del "Servicio de Edicto Judicial Electrónico" en la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de Funcionarios, conforme a las disposiciones establecidas en la Resolución Administrativa N° 104-2017-CE-PJ; la Directiva N° 006-2018-CE-PJ "Normas para regular la Publicación de Edictos Judiciales Electrónicos en el Portal Web Oficial del Poder Judicial", y el documento normativo denominado "Procedimiento de Publicación de Edictos Judiciales Electrónicos en el Portal Web Oficial del Poder Judicial", aprobados por Resolución Administrativa N° 242-2018-CE-PJ. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución administrativa, en el Portal Institucional del Poder Judicial para su difusión y cumplimiento. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y de Corrupción de

Funcionarios; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1760499-3

Dejan sin efecto disposición contenida en la Res.Adm. N° 050-2019-CE-PJ referente a la conversión y/o reubicación de órgano jurisdiccional para tramitar procesos laborales de la subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional, con turno cerrado
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 101-2019-CE-PJ Lima, 27 de febrero de 2019 VISTA: La propuesta de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolución Administrativa N° 050-2019-CE-PJ, de fecha 1 de febrero de 2019, entre otras medidas, se dispuso en el artículo tercero la conversión y/o reubicación, a partir del 1 de marzo y hasta el 31 de agosto de 2019, del Tercer Juzgado Penal Transitorio del Distrito de San Juan de Lurigancho, Corte Superior de Justicia de Lima Este, como Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Huánuco, para que tramite los procesos laborales de la subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional (PCALP), con turno cerrado. Segundo. Que si bien la mencionada conversión y reubicación ha sido sustentada por la Oficina de Productividad Judicial, conforme a la propuesta del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; así como en la situación de sobrecarga procesal del Segundo Juzgado de Trabajo Permanente de Huánuco, señalando que el mencionado órgano jurisdiccional requiere apoyo a fin de priorizar la descarga procesal; no se ha tenido en consideración información complementaria de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal y el proceso de implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Lima Este. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 295-2019 de la novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Tello Gilardi, Ruidías Farfán, Alegre Valdivia y Deur Morán, sin la intervención del señor Consejero Lama More por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo ochenta y dos del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Primero.- Dejar sin efecto el literal c) del artículo tercero de la Resolución Administrativa N° 050-2019-CEPJ, que dispuso convertir y/o reubicar, a partir del 1 de marzo y hasta el 31 de agosto de 2019, el Tercer Juzgado Penal Transitorio del Distrito de San Juan de Lurigancho, Corte Superior de Justicia de Lima Este, como Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Huánuco, para que tramite los procesos laborales de la subespecialidad Contencioso Administrativo Laboral y Previsional (PCALP), con turno cerrado. Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la