Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2019 (13/04/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Sábado 13 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

29

N° 038-2019-DV-PE y N° 043-2019-DV-PE; y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 176-2018-DV-PE. SE RESUELVE: Artículo 1º.- APROBAR el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida Sin Drogas - DEVIDA, conforme el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el portal institucional de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas DEVIDA en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. MANUEL MESONES CASTELLO Gerente General 1760533-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA
Aprueban transferencia financiera a favor de una entidad pública y el otorgamiento de subvenciones a favor de diversas personas jurídicas privadas en el marco de lo dispuesto por la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 059-2019-CONCYTEC-P Lima, 11 de abril de 2019 VISTOS: El Informe Técnico - Legal Nº 009-2019-FONDECYT-USM-OGPP-OGAJ y el Proveído Nº 010-2019-FONDECYT-DE de la Unidad Ejecutora Fondo Nacional de Desarrollo Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica - FONDECYT, y; CONSIDERANDO: Que, la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en su Numeral 1) autoriza excepcionalmente al CONCYTEC, a partir de la vigencia de la citada Ley, con la finalidad de cofinanciar programas y proyectos en materia de ciencia, tecnología e innovación tecnológica, a: a) Efectuar transferencias financieras a favor de entidades públicas del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales; y b) Otorgar subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, domiciliadas y no domiciliadas en el país. Asimismo, dispone que las referidas transferencias y subvenciones se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego CONCYTEC, previa suscripción de convenio e informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces, debiéndose publicar en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 156-2018-CONCYTEC-P de fecha 11 de setiembre de 2018, se aprueba la Directiva Nº 003-2018-CONCYTECOGPP, "Disposiciones para la aprobación de Transferencias Financieras y/u Otorgamiento de Subvenciones en el marco de lo dispuesto en la Trigésima

Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016", en adelante la Directiva; Que, el Numeral 6.3.1 de la Directiva establece que la Dirección Ejecutiva del FONDECYT y la Unidad de Seguimiento y Monitoreo son los responsables de verificar que se cumplan todos los requisitos establecidos en el convenio o contrato respectivo, los requisitos establecidos en las Bases del Instrumento Financiero, en el Plan Operativo del Proyecto, en las Directivas, Guías y Lineamientos u otros documentos normativos similares para proceder a los desembolsos solicitados por el FONDECYT; Que, el Numeral 6.3.2 de la Directiva señala que la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto es responsable de la emisión del Certificado de Crédito Presupuestario y de verificar que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, conforme al Numeral 6.3.3 de la Directiva, la Oficina General de Asesoría Jurídica es responsable de: i) Verificar la vigencia del convenio o contrato materia de subvención o transferencia, ii) Verificar que la entidad o persona jurídica a quien se propone transferir o subvencionar, cuente con la Resolución que lo declare ganador del Instrumento Financiero respectivo; y iii) Verificar que se esté cumpliendo con las disposiciones contenidas en la Directiva; Que, mediante el Proveído Nº 010-2019-FONDECYTDE la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora FONDECYT, solicita la aprobación del desembolso de una transferencia financiera a favor de una entidad pública y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas por un importe total ascendente a S/ 412,508.23 (Cuatrocientos Doce Mil Quinientos Ocho con 23/100 Soles), a favor de los ganadores de los concursos de los Esquemas Financieros E027 ­ "Proyectos de I+D+i con Participación Internacional ­ CDTI España"; E057-2017-01 ­ "Proyectos de Investigación en Salud ­ EU-LAC Health" y E027-2018-01 ­ "Proyectos de I+D+i con Participación Internacional ­ CDTI España"; señalando que permitirá cofinanciar los proyectos ganadores de los referidos concursos, para lo cual remite el Informe Técnico Legal Nº 009-2019-FONDECYTUSM-OGPP-OGAJ, mediante el cual el Responsable de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Jefe (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, determinan la viabilidad técnica, presupuestal y legal para efectuar la transferencia financiera a favor de una entidad pública y el otorgamiento de subvenciones a favor de personas jurídicas privadas, para el desarrollo de los proyectos señalados en el Informe Técnico Legal, para tal efecto adjunta los Certificados de Crédito Presupuestario (CCP) Nº 173-2019, 211-2019, 216-2019 y 232-2019 y copia de las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 052-2017-FONDECYT-DE, 081-2017-FONDECYT-DE y 005-2019-FONDECYT-DE; que aprueban los resultados de los concursos de los citados esquemas financieros; Que, el Informe Técnico Legal concluye que la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina General de Asesoría Jurídica del CONCYTEC, cada una en el ámbito de su competencia, emiten opinión técnica, presupuestal y legal favorable, habiendo verificado el cumplimento de todos los aspectos técnicos y legales exigidos en la Directiva para efectuar los desembolsos solicitados, establecidos en las bases del concurso, en los convenios y/o contratos suscritos, en los documentos normativos, lineamientos y otros documentos afines, emitidos y suscritos por la referida Unidad Ejecutora, así como en la normativa vigente sobre la materia; Que, asimismo, con el citado Informe Técnico Legal, la Jefa (e) de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto cumple con el informe favorable requerido por la Trigésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Que, los Responsables de la Unidad de Seguimiento y Monitoreo de la Unidad Ejecutora FONDECYT, de la