Norma Legal Oficial del día 13 de abril del año 2019 (13/04/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Sábado 13 de abril de 2019

NORMAS LEGALES

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Que, se ha estimado conveniente dejar sin efecto la designación del señor Javier Humberto Roca como representante alterno del Ministerio de Economía y Finanzas ante la mencionada Comisión Especial a la que se refiere el artículo 7 de la Ley Nº 28933; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y en la Ley Nº 28933, Ley que establece el sistema de coordinación y respuesta del Estado en controversias internacionales de inversión; SE RESUELVE: Artículo 1. Dejar sin efecto la designación del señor Javier Humberto Roca Fabián como representante alterno del Ministerio de Economía y Finanzas de la Comisión Especial a la que se refiere el artículo 7 de la Ley Nº 28933, efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 1762016-EF/10. Artículo 2. Designar al señor José Alfredo La Rosa Basurco como representante alterno del Ministerio de Economía y Finanzas ante la Comisión Especial a la que se refiere el artículo 7 de la Ley Nº 28933. Artículo 3. Remitir copia de la presente resolución ministerial a las entidades y organismos que integran la Comisión Especial, a la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración del Ministerio de Economía y Finanzas y a los interesados para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1759686-1

Que, en consecuencia, y siendo de interés institucional, resulta pertinente autorizar el mencionado viaje, cuyos gastos son cubiertos con cargo al presupuesto de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV; Que, el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme con lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; y, De conformidad con lo dispuesto en el párrafo 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor José Manuel Jesús Peschiera Rebagliati, Superintendente del Mercado de Valores, a la ciudad de Sídney, Australia, del 9 al 18 de mayo de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectuarán con cargo al presupuesto de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, de acuerdo con el siguiente detalle: Pasajes: Viáticos (5+2) US$ US$ 3 043,71 2 695,00

Autorizan viaje del Superintendente del Mercado de Valores a Australia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 154-2019-EF/10 Lima, 11 de abril de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta s/n de fecha 13 de febrero de 2019, la Comisión Australiana de Valores e Inversiones invita a la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV a participar en la 44a Conferencia Anual de la Organización Internacional de Comisiones de Valores OICV (IOSCO por sus siglas en inglés), que se llevará a cabo en la ciudad de Sídney, Australia, del 13 al 17 de mayo de 2019; Que, la Conferencia Anual es el evento más importante en el calendario de la OICV, que atrae delegados de alto nivel, incluidos líderes empresariales y reguladores de todo el mundo; consiste en reuniones privadas para miembros y un foro público cuyo tema es "Other People´s Money"; Que, la SMV participará en reuniones de los Comités de los que es miembro como el Comité de Mercados en Crecimiento y Emergentes y el Comité Regional Inter ­ Americano, participará en talleres regulatorios y en la reunión del Comité de Presidentes y del IOSCO MMOU Monitoring Group, lo que le permitirá participar en decisiones de política estratégica y regulatoria de la OICV; Que, la participación de la SMV en el evento se alinea con el objetivo estratégico institucional de "Facilitar el acceso al mercado de valores a potenciales y actuales emisores e inversionistas", así como con el objetivo estratégico sectorial de "Lograr el funcionamiento eficiente de los mercados y el incremento de la competitividad"; Que, en ese sentido, se estima conveniente la participación del señor José Manuel Jesús Peschiera Rebagliati, Superintendente del Mercado de Valores, en la 44a Conferencia Anual de la Organización Internacional de Comisiones de Valores - OICV, toda vez que contribuirá al cumplimiento de los objetivos y metas de dicha entidad;

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado comisionado debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas 1760077-1

EDUCACION
Aprueban Norma Técnica denominada "Norma para la Cogestión del Servicio Alimentario implementado con el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma en las Instituciones Educativas y Programas No Escolarizados Públicos de la Educación Básica"
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 083-2019-MINEDU Lima, 11 de abril de 2019 VISTOS, el Expediente N° 0251232-2018, los Informes N° 010-2019-MINEDU/VMGI-DIGC-CMSH y N° 014-2019-MINEDU/VMGI-DIGC-CMSH de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, el Informe N° 350-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;