Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2017 (19/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Jueves 19 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho, por el plazo de cinco (05) años contados a partir del día siguiente de su publicación; Que, mediante Hoja de Ruta N° E-134426-2017 de fecha 26 de mayo de 2017, la empresa "REVISA PERÚ S.A.C.", en adelante La Empresa, solicita el cambio de local de su CITV, el mismo que será ubicado en el Predio denominado Chua U.C.B. 2208945 ­ 34557, ubicado en el Valle Callejón de Huaylas Sector Picup, distrito de Independencia, provincia de Huaraz, departamento de Ancash, adjuntando para tal efecto los requisitos documentales señalados en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo N° 025-2008-MTC; Que, mediante Oficio N° 5172-2017-MTC/15.03, notificado el 26 de junio de 2017, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para lo cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante Hoja de Ruta N° E-174746-2017 de fecha 07 de julio de 2017, La Empresa presentó diversa documentación con la finalidad de subsanar las observaciones señaladas en el oficio antes citado; Que, mediante Oficio N° 5995-2017-MTC/15.03, notificado el 31 de julio de 2017, la Dirección de Circulación y Seguridad Vial formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente, para lo cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante Hoja de Ruta N° E-206262-2017 de fecha 09 de agosto de 2017, La Empresa presentó diversa documentación con la finalidad de subsanar las observaciones señaladas en el Oficio N° 5995-2017-MTC/15.03; Que, el artículo 43 de El Reglamento establece las disposiciones para la modificación o renovación de la autorización de funcionamiento como Centro de Inspección Técnico Vehicular, en concordancia con lo establecido en los artículos 30 al 37 del marco legal señalado; Que, del análisis de los documentos presentados, se advierte que La Empresa ha cumplido con presentar la documentación de conformidad a lo señalado en los artículos 37° y 43° de El Reglamento, para solicitar el cambio de local del Centro de Inspección Técnica Vehicular autorizado mediante Resolución Directoral N° 4584-2014-MTC/15 de fecha 10 de noviembre de 2014; Que, estando a lo opinado por la Dirección de Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 817-2017MTC/15.03, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; en el cual se concluye que la empresa "REVISA PERÚ S.A.C.", ha dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en los artículos 37° y 43º de El Reglamento; siendo de aplicación, además, los principios de informalismo, de presunción de veracidad y de privilegio de los controles posteriores contenidos en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General; De conformidad con la Ley N° 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley N° 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Decreto Supremo Nº 058-2003-MTC -Reglamento Nacional de Vehículos- y el Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC - Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el cambio de local solicitado por la empresa "REVISA PERÚ S.A.C.", al local ubicado en el Predio denominado Chua U.C.B. 2208945 ­ 34557, ubicado en el Valle Callejón de Huaylas Sector Picup, distrito de Independencia, provincia de Huaraz, departamento de Ancash, para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular autorizado mediante Resolución Directoral N° 4584-2014-MTC/15 de fecha 10 de noviembre de 2014 y publicada en el diario oficial "El Peruano" el 19 de diciembre de 2014; quedando subsistente el plazo de vigencia de la autorización otorgado por la resolución señalada. Artículo 2.- La Empresa autorizada deberá obtener, dentro del plazo máximo de ciento veinte (120) días calendario a contarse a partir del día siguiente de la

publicación de la presente Resolución Directoral, la "Conformidad de Inicio de Operaciones" expedido por esta Dirección General, la misma que será emitida luego de recepcionar los documentos siguientes: Certificado de Homologación de Equipos, Certificado de Inspección Inicial y la Constancia de Calibración de Equipos emitidos todos ellos por una Entidad Supervisora autorizada o alguna empresa inspectora legalmente establecida en el país y cuya casa matriz esté asociada a la Internacional Federation Of Inspection Agencies - IFIA. Artículo 3.- La Empresa autorizada "REVISA PERÚ S.A.C." deberá presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, los siguientes documentos: Documentos Planos de Ubicación y Distribución en este último caso con su respectiva Memoria Descriptiva del local del Centro de Inspección Técnica Vehicular ­ CITV suscrita por el representante legal. Título de propiedad, contrato de arrendamiento, cesión en uso, comodato o cualquier otro que acredite la posesión legítima y el atributo de usar y usufructuar la infraestructura inmobiliaria. Licencia de Funcionamiento y Certificado de compatibilidad de uso emitido por la Municipalidad correspondiente. Fecha Máxima de Presentación Treinta (30) días calendarios de otorgada la autorización.

Treinta (30) días calendarios de otorgada la autorización. Noventa (90) días calendarios de otorgada la autorización.

En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la documentación señalada se procederá de acuerdo a la normatividad vigente. Artículo 4.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5.- Disponer la notificación de la presente Resolución Directoral en el domicilio legal ubicado en la Av. Universitaria N° 5632 - Universitaria Villa Sol, distrito de Los Olivos, provincia y departamento de Lima. Artículo 6.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación, siendo de cargo de la empresa "REVISA PERÚ S.A.C.", los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1563182-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Disponen Segunda Convocatoria de inscripción a Entidades Técnicas para el otorgamiento del Bono Familiar Habitacional en la modalidad de aplicación de Construcción en Sitio Propio a la población damnificada con viviendas colapsadas o inhabitables, debido a la ocurrencia de lluvias y peligros asociados en zonas declaradas en emergencia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 398-2017-VIVIENDA Lima, 18 de octubre de 2017