Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2017 (19/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Jueves 19 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, el artículo 2 del Manual de Operaciones del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú", aprobado por Resolución Ministerial N° 202-2012-TR, establece que el objetivo del Programa es desarrollar acciones para promover el empleo, mejorar las competencias laborales e incrementar los niveles de empleabilidad en el país; Que, en el marco del 15° Concurso de Proyectos, convocado por el Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de Promoción del Empleo ­ FONDOEMPLEO, el proyecto denominado "Emprendiendo con éxito en la Región Lima Provincias: Cañete" ha sido seleccionado para su financiamiento por FONDOEMPLEO, para cuya ejecución se ha celebrado el Convenio de Colaboración Interinstitucional N° 001-2017 suscrito entre el Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú" del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y la Universidad Nacional del Callao, que acorde a los fines del Programa, permitirá implementar un modelo de intervención para la orientación, capacitación y asistencia técnica para el autoempleo a favor de los beneficiarios del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú"; Que, el referido convenio en la Cláusula Sétima establece que, el Programa mediante transferencia financiera dispondrá para el desarrollo del referido convenio, el monto total de S/ 557 588,00 (Quinientos Cincuenta y Siete Mil Quinientos Ochenta y Ocho con 00/100 Soles); Que, la Cláusula Décima del convenio antes señalado, precisa que el Programa financia dicho monto a través de dos (2) desembolsos: el primero, correspondiente al 60% del monto total señalado en el convenio a la entrega del Plan de Trabajo y, el segundo correspondiente al 40% del monto restante en el plazo de cinco (5) días hábiles posteriores al inicio de la fase 4: Puesta en marcha del plan de negocio y entrega del kit emprendedor; Que, mediante Resolución Ministerial N° 031-2017TR se aprueba la transferencia financiera del Programa a favor de la Universidad Nacional del Callao hasta por la suma de S/ 334 553,00 (Trescientos Treinta y Cuatro Mil Quinientos Cincuenta y Tres y 00/100 Soles), correspondiente al primer desembolso que se realiza en el marco del convenio suscrito con la referida entidad ejecutora; Que, mediante el Informe N° 171-2017-MTPE/3/24.3/ CE/UGE la Unidad Gerencial de Emprendimiento, adjunta el Informe Técnico N° 21-2017-MTPE/3/24.3/CE/ UGE/LINEA3-15°CONCURSO/C, solicitando iniciar el trámite correspondiente para hacer efectivo el segundo desembolso correspondiente al 40% del monto del Convenio al haberse llegado a la Fase 4: Puesta en marcha del plan de negocio y entrega del kit emprendedor; Que, a través del Informe N° 382-2017-MTPE/3/24.3/ CE/UGP, la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa "Impulsa Perú", considera procedente efectuar el segundo desembolso correspondiente al 40% del monto establecido en el referido Convenio por la suma de S/ 223 035,00 (Doscientos Veintitrés Mil Treinta y Cinco y 00/100 Soles) el mismo que cuenta con la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 542-2017; Que, mediante Oficio N° 766-2017/MTPE/3/24.3, la Coordinación Ejecutiva del Programa "Impulsa Perú", solicita continuar con el trámite para la aprobación de la resolución ministerial que autorice la referida transferencia financiera a favor de la Universidad Nacional del Callao, en el marco de lo dispuesto en la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; Que, a través del Oficio N° 474-2017-MTPE/4/9 la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, adjunta el Informe N° 260-2017-MTPE/4/9.2 emitido por la Oficina de Presupuesto, con la opinión favorable correspondiente; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y los antecedentes que se acompañan a la presente, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 1235-2017-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado;

Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Coordinación Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Emprendimiento, de la Unidad Gerencial de Planificación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú", y de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2014-TR; y la Vigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Programa Nacional para la Promoción de Oportunidades Laborales "Impulsa Perú" a favor de la entidad ejecutora, hasta por la suma de S/ 223 035,00 (Doscientos Veintitrés Mil Treinta y Cinco y 00/100 Soles), correspondiente al segundo desembolso que se realiza en el marco del convenio suscrito con la Universidad Nacional del Callao, detallado en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Disponer que la presente resolución ministerial y el Anexo adjunto, se publiquen en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www. trabajo.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Oficial "El Peruano", siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1577892-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan a COMCAFI S.A.C. concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en área que comprende todo el territorio nacional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1025-2017 MTC/01.03 Lima, 17 de octubre de 207 VISTA, la solicitud presentada con escrito de registro N° T-199917-2017, por la empresa COMCAFI S.A.C., sobre otorgamiento de concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el Servicio Público de Distribución de Radiodifusión por Cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, será el servicio a prestar inicialmente; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3) del artículo 75 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, modificado por la Ley N° 28737, publicada el 18 de mayo de 2006, señala "Llámase concesión al acto jurídico mediante el cual el Estado