Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2017 (19/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Jueves 19 de octubre de 2017 /

El Peruano

en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y notificada la consignación al Sujeto Pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble afectado a favor del beneficiario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda a levantar las cargas o gravámenes que existan sobre el bien inmueble; los acreedores pueden cobrar su acreencia con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo.

Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupado, o treinta (30) días hábiles de estar ocupado o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO APROBACIÓN DE LA EXPROPIACIÓN DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR EL DERECHO DE VÍA DE LA RED VIAL N° 06, TRAMO: PUENTE PUCUSANA ­ CERRO AZUL ­ ICA DE LA CARRETERA PANAMERICANA SUR". No. SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO CÓDIGO: 11050699051 IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AREA AFECTADA: 9,356.00 m2 AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA Por el Norte: Con UC 72207 en línea recta de 45.51 ml. Por el Este: Con el área remanente, en 05 tramos en línea curvo de 1.61, 28.49, 105.98, 23.33 y 119.06 m. Por el Sur: Con el vértice G. Por el Oeste: Con la Nueva Panamericana Sur en línea MINISTERIO DE CONSTRUCCIONES recta de 227.75 m. TRANSPORTES Y MAQUINARIAS DEL Y COMUNICASUR S.A.C. CIONES PARTIDA REGISTRAL: N° 40005856 perteneciente a la Oficina Registral de Pisco, Zona Registral N° XI - Sede Ica. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRALPUBLICIDAD Nº 1040349: Emitido con fecha 20.03.2017, expedido por la Oficina de Catastro de la Oficina Registral de Pisco, Zona Registral XI - Sede Ica. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO ­ ATENCIÓN Nº 2982519: Emitido con fecha 10.05.2017 expedido por la Oficina Registral de Pisco -Zona Registral N° XI Sede Ica. VERTIDISTANCIA LADO CES (m) A A-B B B-C *C C-D *D D-E *E E-F F F-G G G-A * Línea Curva 45.41 1.61 28.49 105.98 23.33 119.06 232.94 WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) 374026.9165 8478567.6628 374070.9467 8478556.5598 374070.7462 8478554.95.82 374080.0151 8478529.1386 374046.2800 8478456.2054 374026.6222 8478446.2713 373969.1479 8478342.0035

1

81,771.44

1577789-1

Autorizan cambio de local solicitado por Revisa Perú S.A.C. para operar como centro de inspección técnica vehicular, autorizado mediante R.D. N° 4584-2014-MTC/15
RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 3882-2017-MTC/15 Lima, 29 de agosto de 2017 VISTO: La solicitud registrada con Hoja de Ruta N° E-1344262017, presentado por la empresa "REVISA PERÚ S.A.C.", así como los demás escritos relacionados con dicha solicitud, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC se aprueba el Reglamento Nacional de Inspecciones

Técnicas Vehiculares, el mismo que tiene como objeto regular el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas terrestres a nivel nacional; así como verificar que éstos cumplan con las condiciones y requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional, con el propósito de garantizar la seguridad del transporte y el tránsito terrestre y las condiciones ambientales saludables; Que, mediante Resolución Directoral N° 4584-2014MTC/15 de fecha 10 de noviembre de 2014, publicada el 19 de diciembre de 2014, se autorizó a la empresa "REVISA PERÚ S.A.C.", como Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV para operar una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo Mixta, en el local ubicado en el Centro Poblado San Melchor Sector Lotización Santa Victoria Mz. G, Lote 3, distrito de San Juan Bautista,