Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2017 (28/07/2017)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Viernes 28 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

85

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE RIOJA
Autorizan viaje de alcaldesa y regidores a Italia, Francia y Bélgica, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 033-2017-CM/MPR Rioja, 30 de mayo del 2017 LA ALCALDESA DE PROVINCIAL DE RIOJA POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial de Rioja, en sesión extraordinaria de concejo Nº 001-2017, de fecha, 30 de mayo del 2017, bajo la Presidencia del Sra Alcaldesa Q.F. Mercedes Torres Chávez, contando con el voto UNÁNIME de sus miembros, aprueba la "autorización a la Q.F. Mercedes Torres Chávez y de los señores regidores Jorge Wilmer Sánchez Becerra y José Norvil Rojas Santacruz , para que en representación de la Municipalidad Provincial de Rioja participen de la misión oficial a Europa (Italia, Francia y Bélgica) para los días del 01 al 08 de julio del 2017, con el objetivo de promover relaciones comerciales de inversión privada de cooperación al desarrollo e intercambio científico y tecnológico que beneficiará a las comunidades de nuestra jurisdicción. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por el Artículo Único de la Ley Nº 27680, de Reforma Constitucional, concordante con lo que establece la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades; Que, el inciso 11) del Artículo 9º de la Ley 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades establece que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; Que, la Ley Nº 27619, regula la Autorización de Viajes al Exterior de los Servidores y Funcionarlos y/o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las Entidades Públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, incluye en la regulación la autorización de viajes que no ocasionen gasto al Estado; Que, la Ley 27619, que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece en su Artículo 2º que, "(...) la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifas CORPAC, (...)" Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viaje deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad; asimismo su Artículo 10º establece la obligación de presentar un informe, señalando "Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las LA MUNICIPALIDAD

acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado"; Que, el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30518 dispone que durante el año fiscal 2017, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52º de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a 8 (ocho) horas o cuando la estancia sea menor a 48 (cuarenta y ocho) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. Que, complementariamente, el artículo en examen en su numeral 10.2 precisa que la Oficina General de Administración de la entidad o la que haga sus veces, antes de la autorización de los gastos en materia de viajes al exterior (los viáticos y pasajes), para la participación de las personas señaladas en el numeral 10.1 debe verificar que estos no hayan sido cubiertos por el ente organizador del evento internacional u otro organismo. Que, la Ley Nº 27972, artículo 24º, subraya entre otros que en caso de ausencia del alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral. Que, en sesión extraordinaria de Concejo Municipal de fecha 30 de mayo de l2017 , ingresó al orden del día la autorización de viaje al exterior del país, de la señora Alcaldesa Q.F. Mercedes Torres Chávez para participar de la misión oficial a Europa (Italia, Francia y Bélgica) para los días del 01 al 08 de julio del 2017, con el objetivo de promover relaciones comerciales de inversión privada de cooperación al desarrollo e intercambio científico y tecnológico que beneficiará a las comunidades de nuestra jurisdicción , asimismo referente a la autorización de los regidores para participar de esta misión oficial a Europa se puso en consideración del concejo, si es que existiera la voluntad de alguno de los regidores de poder acompañar a esta misión, y que el 50% de los gastos sea asumido por la municipalidad y el otro 50% por cada uno de los participantes, la misma que se sometió a votación, siendo los señores regidores: Jorge Wilmer Sánchez Becerra y José Norvil Rojas Santacruz autorizados de participar de la referida misión, los mismos que asumirán el 50% de los gastos que ocasione la participación dé la referida comisión. Que, estando a los considerandos expuestos, en aplicación del marco normativo señalado, en uso de las facultades conferidas, y estando a lo acordado por UNANIMIDAD, el Pleno del Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de fecha 30 de mayo del 2017; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje del señora Alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Rioja QF Mercedes Torres Chávez, y de los señores regidores Jorge Wilmer Sánchez Becerra y José Norvil Rojas Santacruz, para participar de la misión oficial a Europa (Italia, Francia y Bélgica) para los días del 01 al 08 de julio del 2017, con el objetivo de promover relaciones comerciales de inversión privada de cooperación al desarrollo e intercambio científico y tecnológico que beneficiará a las comunidades de nuestra jurisdicción. Artículo Segundo.- CORRESPONDERÁN, que los gastos por concepto de pasajes aéreos y viatico que demanden el viaje autorizado en el artículo precedente, serán atendidos con cargo al presupuesto institucional de la Municipalidad Provincial De Rioja. Artículo Tercero.- DECLARAR DE NECESIDAD INSTITUCIONAL la participación en la Misión oficial y Comercial a Europa ( Italia, Francia y Bélgica ) para los días 1 al 8 de julio del 2017, con el objetivo de promover las relaciones comerciales, de inversión privada, de cooperación al desarrollo e intercambio científico y tecnológico, que beneficiará a las comunidades de los territorios productivos de la jurisdicción de Rioja. Artículo Cuarto.- DISPONER, que dentro de los quince (15) días calendario siguiente al retorno al país, el