Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2017 (28/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
PLIEGO UNIDAD EJECUTORA

Viernes 28 de julio de 2017 /

El Peruano
de de Procesos Procesos

MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO VEINTISIETE Y 00/100 SOLES (S/ 20 732 127,00) a favor de los pliegos Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales y Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, destinada al financiamiento de los conceptos indicados en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en los presupuestos institucionales de los mencionados pliegos en el presente Año Fiscal; Que, asimismo, se debe autorizar al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ­ RENIEC y la Oficina Nacional de Procesos Electorales ­ ONPE, a utilizar los saldos presupuestales derivados del Decreto Supremo N° 063-2017-EF, a fin de que los mismos sean destinados a financiar el proceso de Elecciones Municipales 2017, a llevarse a cabo el 10 de diciembre de 2017; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de VEINTE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO VEINTISIETE Y 00/100 SOLES (S/ 20 732 127,00), a favor de los pliegos Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales y Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para financiar los gastos que demande la realización de las Elecciones Municipales 2017 en dieciocho (18) distritos del país, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

032 : Oficina Nacional Electorales 001 : Oficina Nacional Electorales

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0125 : "Mejora de la Eficiencia de los Procesos Electorales e Incremento de la Participación Política de la Ciudadanía" ACTIVIDAD 5005020 : Procesos Electorales y Consultas Planificados

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Persona y Obligaciones Sociales 2.3 Bienes y Servicios TOTAL PLIEGO 032 PLIEGO UNIDAD EJECUTORA 510 000,00 6 821 767,00 ------------------7 331 767,00 ===========

033 : Registro Nacional de Identificación y Estado Civil 001 : Registro Nacional de Identificación y Estado Civil

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000841 : Gestión Electoral

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios TOTAL PLIEGO 033 TOTAL EGRESOS 4 975 837,00 -------------------4 975 837,00 =========== 20 732 127,00 ===========

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : Gobierno Central 031 : Jurado Nacional de Elecciones 001 : Jurado Nacional de Elecciones 20 732 127,00 -------------------20 732 127,00 ===========

Artículo 2.- Autorización para la Utilización de Saldos Presupuestarios Autorízase a los pliegos Registro Nacional de Identificación y Estado Civil ­ RENIEC y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales ­ ONPE a utilizar los saldos presupuestales derivados del Decreto Supremo N° 063-2017-EF, a fin de que los mismos sean destinados a financiar el proceso de Elecciones Municipales 2017, a realizarse el domingo 10 de diciembre de 2017, convocado a través del Decreto Supremo N° 044-2017-PCM. Artículo 3.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 3.1 Los titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 3.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 3.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS En Soles ACTIVIDAD 5004886 : Procesos Electorales

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2.3 Bienes y Servicios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos no Financieros TOTAL PLIEGO 031 904 523,00 7 300 000,00 220 000,00 ------------------8 424 523,00 ===========