Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2013 (01/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano Miercoles 1 de MORDAZA de 2013

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MORDAZA de Porres, toda vez que significan hechos de intromision que agreden los derechos e intereses de nuestra Comunidad Sanmartiniana. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Procuraduria Publica Municipal y areas respectivas de esta corporacion municipal para que efectuen las acciones legales que correspondan en defensa de los derechos e intereses del pueblo de San MORDAZA de Porres. Articulo Tercero.- HACER DE CONOCIMIENTO a todas las instituciones privadas que San MORDAZA de Porres es un distrito que acoge cordialmente todos los proyectos de inversion que coadyuven a su desarrollo integral, dentro de los MORDAZA que senalan las normas legales vigentes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BEAS MORDAZA Alcaldia (e) 931727-1

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE PORRES POR CUANTO: En Sesion Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 09.ABRIL.2013, con el quorum reglamentario de los senores regidores, se trato sobre pronunciamiento del Pleno respecto a la intromision territorial en la jurisdiccion de nuestro distrito; y CONSIDERANDO: Que, en Sesion Ordinaria de la fecha, se trato sobre la difusion de una nota periodistica que informa sobre la iniciativa de una empresa privada que viene efectuando gestiones administrativas ante la Municipalidad Distrital de Independencia a efectos de utilizar el area subterranea de un MORDAZA (derecho de superficie) ubicado en la MORDAZA 1 que une la avenida MORDAZA MORDAZA con el centro comercial Mega Plaza y que se encuentra dentro de la jurisdiccion de San MORDAZA de Porres, como lo esta tambien uno de mayor extension comprendido entre la Av. MORDAZA MORDAZA, Av. Panamericana Norte, Av. Naranjal y la Antigua Panamericana Norte (actualmente Av. MORDAZA MORDAZA, Av. MORDAZA Unger y Av. MORDAZA Rosa; sector que legal e historicamente corresponde a nuestro distrito, tal como esta sustentado en el "Mapa Especial con Trazos de Limites Cartointerpretables segun las Leyes de Creacion de San MORDAZA de Porres ­ Independencia ­ Comas ­ Los Olivos", elaborado por el Instituto Geografico Nacional, ente rector del Estado encargado de los mapas cartograficos del Peru; Que, asimismo las autoridades del vecino distrito deben respetar el Acta de Compromiso de fecha 07.MAYO.1996 suscrito, entre otros, por los alcaldes de los distritos de MORDAZA Norte, tal como lo ha senalado el Tribunal Constitucional, a traves de las sentencias recaidas en los Expedientes Nos. 688-98-AA/TC (14. ENERO.1999), 1367-2002-AC/TC (08.ENERO.2003), 619-2004-AA/TC (21.OCTUBRE.2004) y 00007-2009PCC/TC (30.SETIEMBRE.2010) y su integracion de fecha 15.JUNIO.2011, las que disponen que la Municipalidad Distrital de Independencia cumpla con el Acta de Compromiso antedicho, limitandose logicamente a sus leyes de creacion y limites, absteniendose de ejercer actos de administracion en el sector territorial que corresponde a San MORDAZA de Porres, exhortando finalmente al Congreso de la Republica para que solucione de forma definitiva la actual situacion no generada por nuestro distrito sanmartiniano, sino que nace a consecuencia de la promulgacion de la Ley Nº 25017 - de creacion del distrito de Los MORDAZA, la misma que, por adolecer de notorias deficiencias tecnicas, ha servido para erroneas e interesadas interpretaciones por parte de las autoridades y funcionarios de la Municipalidad Distrital de Independencia, que pretenden ilegalmente anexarse el area territorial que se precisa en este Considerando y que no les corresponde, realizando actos administrativos como el que motiva este acuerdo, que son de similares caracteristicas a otros que nuestra Comuna ha rechazado oportunamente; incumpliendo asi la Municipalidad Distrital de Independencia con sus propias leyes de creacion y limites, como son: Ley Nº 14965 (16.MARZO.1964) y Ley Nº 16012 (31. ENERO.1966); situacion que no solo debe ser rechazada energicamente por el Pleno del Concejo Sanmartiniano, sino que tambien debe ser motivo para que nuestra administracion inicie las acciones legales respectivas ante los organos jurisdiccionales competentes que correspondan, en defensa de los derechos e intereses del pueblo sanmartiniano; De conformidad con los articulos 39 y 41 de la Ley Nº 27972 ­ Organica de Municipalidades; con el MORDAZA Unanime de los senores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal de San MORDAZA de Porres aprueba el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- RECHAZAR ENERGICAMENTE la realizacion, por parte de la Municipalidad Distrital de Independencia, de los actos administrativos senalados en la parte considerativa del presente acuerdo, en sectores territoriales que corresponden a nuestro distrito de San

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA EL MORDAZA
Autorizan celebracion de I Matrimonio Civil Comunitario
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 275-MVES MORDAZA El MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2013 POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA El MORDAZA en Sesion Ordinaria de la fecha; y, VISTO: El Dictamen Nº 002-2013-CSMySC/MVES, de la Comision de Servicios Municipales y Seguridad Ciudadana, el Informe Nº 123-2013-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 137-2013-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoria Juridica, el Informe Nº 149-2013UP-OPP/MVES de la Unidad de Presupuesto, el Informe Nº 041-2013-GSM/MVES de la Gerencia de Servicios Municipales y el Informe Nº 181-2013-SGRC/GSM/MVES de la Sub Gerencia de Registros Civiles, y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Nº 28607, establece que las Municipalidades provinciales y distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 4º de la Constitucion Politica senala: "La comunidad y el Estado protegen especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono. Tambien protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos ultimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad."; Que, el Articulo 233º del Codigo Civil, senala que: "La regulacion juridica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamados en la Constitucion Politica del Peru"; Que, el Articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que "Las Ordenanzas de las municipalidades, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion, supervision de los servicios publicos y las materias en las que la municipalidad tienen competencia normativa. Mediante Ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. (...)", lo cual resulta concordante con lo establecido en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 13599-EF, que senala en la MORDAZA IV de su Titulo Preliminar,