Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2013 (01/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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siguientes de efectuados los viajes, deberan presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos

El Peruano Miercoles 1 de MORDAZA de 2013

o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones

DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Codigo: F-DSA-P&C-002 Revision: Original Cuadro Resumen de Viajes RELACION DE VIAJES POR COMISION DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DIAS DEL 06 AL 09 DE MORDAZA DE 2013 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 136-2013-MTC/12.04 Y Nº 135-2013-MTC/12.04 ORDEN VIATICOS RECIBOS DE INICIO FIN SOLICITANTE INSPECTOR MORDAZA MORDAZA DETALLE INSPECCION Nº (US$) ACOTACION Nºs Chequeo tecnico Inicial y de MORDAZA 919-2013proficiencia en simulador de 06-May 09-May US$ 880.00 LC Busre SAC Goytizolo, MORDAZA Toronto Canada 6334-6335 MTC/12.04 vuelo del equipo Twin Otter, a su MORDAZA personal aeronautico Aero Chequeo tecnico de Refresco en 920-2013Fajardo Camero, 07-May 09-May US$ 660.00 Transporte Atlanta EUA simulador de vuelo del equipo B6349-6350 MTC/12.04 MORDAZA MORDAZA S.A. 350, a su personal aeronautico Fecha: 30.08.10

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Modifican la trayectoria de la Ruta Nº PE-22 del Clasificador de Rutas del Sistema Nacional de Carreteras SINAC
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 223-2013-MTC/02 MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2013 VISTOS: El Informe Nº 403-2012-MTC/14.07 de la Direccion de Caminos, los Memoranda Nos. 3341-2012-MTC/14 y 844-2013-MTC/14 de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles; el Memorandum Nº 558-2013-MTC/20 de la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL; el Oficio Nº 190-2013-MML/GMM y los Informes Nos. 03-2013-MML/ IMPL/PE/LALL y 02-2013-MML/GTU-SIT/fcc, remitidos por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, con Oficio Nº 870-2012-MTC/02, de fecha 20 de setiembre de 2012, el Viceministro de Transportes comunico a la Alcaldesa de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (MML), los alcances de la reunion de coordinacion entre los funcionarios del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), la Municipalidad Provincial del Callao (MPC), el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (MVCS) y la MML; mencionando entre otros, la intencion del MTC de retirar de la red nacional la carretera central de MORDAZA MORDAZA hasta Las MORDAZA, para que sea la MML, la entidad que la califique, difiriendo la definicion del inicio de los kilometrajes tanto hacia el Norte, como al Sur y al Centro de Lima; Que, mediante Memorandum Nº 3341-2012-MTC/14, de fecha 31 de octubre de 2012, la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles manifesto su conformidad al Informe Nº 403-2012-MTC/14.07, a traves del cual la Direccion de Caminos senalo que el tramo inicial de la Ruta Nº PE-22, comprendido entre el intercambio vial MORDAZA MORDAZA y Av. Las MORDAZA, se encuentra ubicado en la MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Metropolitana y presenta caracteristicas operativas que ameritan su modificacion, debido a que la actual composicion de la demanda vehicular, condiciona su performance como una via MORDAZA, debido a la preeminencia del trafico vehicular

local respecto del trafico de larga distancia nacional; en ese sentido, recomendo modificar la trayectoria de la Ruta Nº PE-22, en el tramo: Emp. PE-1N (I.V. MORDAZA Anita) - Av. Las MORDAZA, considerando en su nueva traza la integracion de la autopista MORDAZA Priale, Ruta Nº PE-22 (Ramal), quedando definida de la siguiente manera: Ruta Nº PE-22: Trayectoria: Emp. PE-1N (I.V. La Menacho) - Pte. MORDAZA Grana - Av. Las MORDAZA - MORDAZA MORDAZA - Pte. Los MORDAZA - Chosica - MORDAZA MORDAZA Pte. MORDAZA MORDAZA - Pte. MORDAZA - Pte. La Cascada - Pte. MORDAZA - Pte. MORDAZA de Habich - Pte. Collana - Pte. Matucana - Matucana - San MORDAZA - Pte. Chicla - MORDAZA MORDAZA - Morococha - Pte. Pachachaca - MORDAZA MORDAZA de Sacco - Emp. PE-3 (Reparticion La Oroya); Que, a traves del Oficio Nº 190-2013-MML/GMM, de fecha 13 de febrero de 2013, el Gerente Municipal Metropolitano de la MML, remitio el Informe Nº 02-2013MML/GTU-SIT/fcc de la Gerencia de Transporte MORDAZA y el Informe Nº 03-2013-MML/IMPL/PE/LALL del Instituto Metropolitano PROTRANSPORTE de MORDAZA, mediante los cuales se emitio opinion favorable respecto a la solicitud de modificar la clasificacion vial de la carretera central, en el tramo comprendido desde el MORDAZA MORDAZA MORDAZA hasta la Av. Las MORDAZA, retirandola del Sistema Vial Nacional del MTC y clasificandola como una via de caracter metropolitano de MORDAZA arterial; Que, con Memorandum Nº 558-2013-MTC/20, de fecha 14 de marzo de 2013, la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, emitio opinion favorable en cuanto a retirar de la red nacional la carretera de MORDAZA MORDAZA hasta Las MORDAZA para que sea la MML, la entidad que la califique; Que, mediante Memorandum Nº 844-2013-MTC/14, de fecha 18 de marzo de 2013, la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, remitio el expediente referido a la propuesta de modificacion de la trayectoria de la Ruta Nº PE-22 en el tramo: Emp. PE-1N (I.V. MORDAZA Anita) - Av. Las Torres; Que, de acuerdo con los numerales 6.1 y 6.2 del articulo 6º del Reglamento de Jerarquizacion Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2009-MTC, en adelante el Reglamento, el Gobierno Nacional, como ente normativo, es la autoridad competente para la jerarquizacion del Sistema Nacional de Carreteras y las autoridades competentes para la aplicacion del Reglamento, son el MTC, por el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, de conformidad con los niveles de Gobierno que corresponden a la organizacion del Estado;