Norma Legal Oficial del día 01 de mayo del año 2013 (01/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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El CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO; en sesion ordinaria de la fecha el Dictamen Nº 008-2013-CPPPAL/MLV de la Comision Permanente de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 197º y 199º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional ­ las Municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participacion vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participacion de la poblacion y rinden cuenta de su ejecucion anualmente bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, mediante la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades ­ el articulo 53º establece que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales, como instrumentos de administracion y gestion, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertado de su jurisdiccion. El Presupuesto Participativo forma parte del Sistema de Planificacion; Que, la Ley Nº 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralizacion ­ a traves del articulo 17º numeral 1) dispone que los Gobiernos Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus Planes de Desarrollo y Presupuestos en la Gestion Publica. Asimismo, el articulo 20º de la misma MORDAZA establece que los gobiernos regionales y locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley y en concordancia con los planes de desarrollo concertados, lo cual guarda concordancia con lo regulado en el citado articulo 53º de la Ley Nº 27972; Que, de conformidad con las disposiciones contenidas en el articulo 7º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ los Consejos de Coordinacion Local Distrital son organos de coordinacion y concertacion de las municipalidades distritales, a los cuales corresponde coordinar y concertar el Presupuesto Participativo, conforme lo establece el articulo 104º de la citada norma; Que, mediante la Ley Nº 28056 ­ Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo ­ reglamentada por el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, se establecen disposiciones para asegurar la efectiva participacion de la sociedad civil en el MORDAZA de Programacion Participativa del Presupuesto, el cual se desarrolla en MORDAZA con los planes de desarrollo concertados de los Gobiernos Locales. Asimismo, el articulo 5º de dicha MORDAZA senala que el gobierno local dispondra mediante Ordenanza las medidas necesarias para reglamentar el MORDAZA de identificacion y acreditacion de los agentes participantes, particularmente de aquellos de la sociedad civil; Que, el instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 - Instructivo para el MORDAZA del Presupuesto Participativo Basado en Resultados - aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 007-2010- EF/76.01, publicado en el diario Oficial El Peruano con fecha 10 de MORDAZA del 2010, establece los lineamientos, mecanismos y pautas para que los gobiernos regionales y locales desarrollen el MORDAZA en mencion, precisando diversos criterios para delimitar los proyectos de impacto regional, provincial y local, de conformidad a lo estipulado en la Ley Nº 28056, sus modificatorias y reglamento asi como en la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, conforme a lo estipulado en el articulo 9º numeral 1) de la Ley Nº 27972, el Concejo Municipal tiene la atribucion de aprobar los planes de desarrollo municipal concertados y el Presupuesto Participativo. Asimismo, el numeral 14) de dicho articulo senala que el Concejo Municipal aprueba las normas que garanticen una efectiva participacion vecinal; Que, en este contexto y a fin de asegurar un uso eficiente de los recursos publicos en el desarrollo local, resulta necesario reglamentar y organizar la participacion de los representantes de la Sociedad Civil, asi como sus responsabilidades, obligaciones y derechos, dentro del MORDAZA de desarrollo del Presupuesto Participativo para el ano 2014. De esta forma entre otros aspectos el Equipo Tecnico de la Municipalidad de La MORDAZA que elaborara el Presupuesto Participativo para el ano 2014 estara

El Peruano Miercoles 1 de MORDAZA de 2013

presidido por el Gerente de Planeamiento y Presupuesto, quedando conformado por distintos funcionarios de la entidad que brindaran el apoyo profesional y tecnico que se requiere para tal fin, conforme se detalla en los Anexos de la presente Ordenanza; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9º numeral 8) y 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ y tomando en cuenta lo dispuesto en la Ley Nº 29091 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008PCM, asi como en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, respectos a los anexos de las normas legales, y en uso de las atribuciones que le otorga la Ley, el Concejo Distrital de La MORDAZA por unanimidad y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2014 Articulo Primero.- Dar inicio al MORDAZA del Presupuesto Participativo basado en Resultados del ano 2014 en el distrito de La Victoria. Articulo Segundo.- Aprobar los Anexos Nº 1: Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo basado en Resultados 2014, conformado por II titulos, IV capitulos, 20 articulos y 2 disposiciones finales; Nº 2: Criterios de Priorizacion y Nº 3: Cronograma del MORDAZA del Presupuesto Participativo 2014, que forman parte integrante de la presente Ordenanza, Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento y efectiva difusion de la presente Ordenanza al Equipo Tecnico que se conforma en la misma, y a la Gerencia de Imagen Institucional, respectivamente. Asimismo, se encarga a la Subgerencia de Tecnologia de la Informacion la publicacion de la presente Ordenanza y sus anexos en el MORDAZA institucional www.munilavictoria.gob.pe. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA 931768-1

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban "Directiva que Regula el Sorteo de Auto 0km - 2013"
DECRETO DE ALCADIA Nº 08-2013-ALC-MDL Lince, 26 de MORDAZA del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE: VISTOS: El Memorandum Nº 082-2013-MDL-GM de fecha 23 de MORDAZA de 2013, emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, con fecha 22 de enero de 2012 se publico en el Diario Oficial El Peruano, la Ordenanza Nº 307-MDL - "Ordenanza que aprueba el Programa de Incentivos del Vecino Linceno Preferente", que contempla el otorgamiento de determinados beneficios, a los contribuyentes personas naturales, propietarias de MORDAZA habitacion, y sucesiones, que cumplan puntualmente con sus obligaciones tributarias en las fechas de vencimiento establecidas por la Administracion Tributaria; Que, el Articulo MORDAZA de la Ordenanza acotada precedentemente, faculta al MORDAZA de la Municipalidad de Lince a fin de que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones reglamentarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza y de los beneficios que se otorgue (...); Que, la Oficina de Administracion Tributaria mediante Memorandum Nº 211-2013-MDL-OAT de fecha 05 de MORDAZA del 2013, eleva y hace MORDAZA el Informe Nº 093-2013-MDLOAT/URO de fecha 02 de MORDAZA de 2013, emitido por la Unidad de Registro y Orientacion Tributaria, proponiendo la Directiva Nº 001-2013-MDL/OAT "Directiva que Regula