Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2012 (13/09/2012)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 70

474404
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de setiembre de 2012

gob.pe y en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob. pe. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA

Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 451-MDMM, se MORDAZA el Procedimiento de Canje de Deuda, a la cual es necesario efectuar algunas modificaciones con el proposito de mejorar el funcionamiento y organizacion de la Comision Tecnica Evaluadora y poder contar con un instrumento legal mas eficiente; Contando con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 20) del articulo 9º y articulo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, el Concejo Municipal adopto por UNANIMIDAD, la siguiente:

839556-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Incorporan literal e. al Articulo 15º del D.A. Nº 002-ALC/MSI
DECRETO DE ALCALDIA N° 018-ALC/MSI
San MORDAZA, 10 de setiembre de 2012 EL MORDAZA DE SAN MORDAZA CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, MORDAZA que senala ademas que la autonomia que otorga la Constitucion Politica del Peru a las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, en aplicacion del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las municipalidades son competentes en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, comprendiendo, entre otras, la facultad de normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, realizar la fiscalizacion de habilitaciones urbanas, construccion, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratorias de fabrica, asi como apertura de establecimientos comerciales, industriales y de actividades profesionales, de acuerdo con la zonificacion; Que, de conformidad a lo prescrito en el Articulo 6° de la Ordenanza N° 950-MML se otorga la potestad a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, sujetandose estrictamente a las normas aprobadas en dicha Ordenanza, a formular y aprobar por Decreto de Alcaldia, los Parametros Urbanisticos y Edificatorios Complementarios, de Estacionamientos, Retiros, Tamanos Minimos de Departamentos, Densidades Netas de ser necesario y otros, para su aplicacion en su jurisdiccion; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 078-2003-MSI del 02 de octubre de 2003, se declaro al distrito de San MORDAZA como MORDAZA de la Comunidad Internacional, al acogerse a cincuenta y tres embajadas, cincuenta y tres consulados, veintitres consules honorarios, treinta y ocho organismos internacionales, haciendo un total de ciento sesenta y siete misiones diplomaticas, a fin de garantizar la seguridad, el MORDAZA, el ornato y en general la mejor calidad de MORDAZA de las misiones diplomaticas, semejante a la que gozan determinadas metropolis en un entorno de caracter internacional; Que, mediante Ley Nº 28861 del 03 de agosto de 2006, el Congreso de la Republica le otorga al distrito de San MORDAZA la mencion honorifica de "San MORDAZA ­ Comunidad Internacional"; Que, el Peru es MORDAZA firmante de la Convencion de MORDAZA sobre Relaciones Diplomaticas y de la Convencion de MORDAZA sobre Relaciones Consulares, acuerdos internacionales que rigen la interaccion de los estados y en los que se senala, entre otros, la especial obligacion del Estado receptor de adoptar todas las medidas adecuadas para proteger los locales de las misiones diplomaticas y los locales consulares contra toda intrusion o dano y evitar

ORDENANZA
Articulo Primero.- MODIFICAR el primer parrafo del articulo 1º de la Ordenanza Nº 451-MDMM, debiendo quedar redactado de la siguiente manera: "Articulo 1º Ambito de Aplicacion La presente Ordenanza regula el procedimiento denominado canje de deuda, para que personas naturales o juridicas deudoras de la Municipalidad puedan cumplir total o parcialmente con sus obligaciones tributarias y/o no tributarias mediante la entrega de bienes muebles, bienes inmuebles, la prestacion de servicios y/o la ejecucion de obra publica, conforme a los terminos y consideraciones que se establece en la presente norma. ...". Articulo Segundo.- INCORPORAR un parrafo a los articulos 5º y 6º de la Ordenanza Nº 451-MDMM: "Articulo 5º.- La Comision Tecnica Evaluadora .... Los cargos de Presidente y Secretario de la Comision Tecnica Evaluadora son elegidos por mayoria absoluta de votos de todos sus integrantes y tendra una duracion de un (01) ano." "Articulo 6º.- Regimen Juridico de la Comision Tecnica Evaluadora .... Los acuerdos seran adoptados con los votos de la mayoria de asistentes al tiempo de la votacion en la sesion respectiva, correspondiendo al Presidente MORDAZA dirimente en caso de empate. Las decisiones adoptadas por la Comision Tecnica Evaluadora MORDAZA lugar a la emision de la correspondiente resolucion de Comision Tecnica Evaluadora, la cual sera suscrita por su Presidente. En dicha resolucion se debera disponer la emision de los contratos correspondientes de acuerdo a la naturaleza del MORDAZA de canje de deuda." Articulo Tercero.- Modifiquese la Unica Disposicion Transitoria de la Ordenanza Nº 451-MDMM, la cual quedara redactada de la siguiente manera: "Unica Disposicion Transitoria.- Podran acogerse a la presente ordenanza los procedimientos que se encuentren en tramite. Los expedientes de canje de deuda ingresados durante la vigencia de la Ordenanza Nº 507-MDMM, podran acogerse a los beneficios de dicha ordenanza." Articulo Cuarto.- Dejese sin efecto todo dispositivo legal que se oponga a la presente Ordenanza. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano. Articulo Sexto.- ENCARGUESE a Secretaria General la publicacion en el Diario Oficial y al Departamento de Informatica y Estadistica su publicacion en el MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA www.munimagdalena.