Norma Legal Oficial del día 13 de septiembre del año 2012 (13/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, jueves 13 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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un fenomeno natural o antropico declarado, determinado por el organismo publico tecnico-cientifico competente, y rehabilitar la infraestructura publica existente. Ademas, en caso de ser necesario, para mitigar los efectos daninos a la actividad agropecuaria altoandina, se considera una respuesta oportuna la provision de forraje, alimentos para ganado, vacunas y vitaminas para animales; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 001-2012EF/63.01, se aprobo la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012"; Que, el numeral 9.1 de la mencionada Directiva senala que ocurrido el desastre de gran magnitud o declarado oficialmente el peligro inminente del mismo por el organismo publico tecnico - cientifico competente, las Entidades asignaran los recursos presupuestarios para la atencion de las emergencias realizando las modificaciones presupuestarias que correspondan, en el MORDAZA de las disposiciones legales vigentes y, solo en el caso que no cuenten con la disponibilidad de recursos presupuestarios, el Titular de la Entidad solicitara al INDECI los recursos a que se refiere la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29813, de acuerdo a lo establecido en la Directiva mencionada; Que, con el Oficio de Vistos, el Gobierno Regional de MORDAZA remitio una (01) Ficha Tecnica de Actividad de Emergencia, referidas a la solicitud para la la Adquisicion de medicamentos e insumos veterinarios ante el peligro inminente por heladas y nevadas que afectaria a la poblacion pecuaria, especialmente a los camelidos sudamericanos de las provincias de Canchis, Quispicanchi, Espinar, Chumbivilcas, Canas, Paucartambo, Acomayo, Paruro, Calca, Urubamba, segun el Informe Tecnico Cientifico del SENAMHI del 23 de marzo del 2012; Que, conforme lo senalado en el numeral 11.4 del articulo 11º de la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, el INDECI evalua las Fichas Tecnicas de Actividad de Emergencia y, de ser procedente, las aprueba expresamente a traves del Informe del Director Nacional del organo de linea del INDECI. Adicionalmente, el INDECI elabora el Informe Tecnico de Aprobacion de las Fichas Tecnicas de Actividad de Emergencia, el cual debe estar suscrito por los profesionales de los niveles jerarquicos que amerite la aprobacion, incorporacion y transferencia de los recursos correspondientes, y refrendado en todos sus terminos por el Director Nacional del INDECI correspondiente; Que, asimismo el numeral 16.3 del articulo 16º de la citada Directiva, senala que la Entidad que ha recibido la transferencia financiera del INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos a que se refiere la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29813, en virtud de los convenios que suscriban u otros documentos que sustenten las transferencias financieras. Asimismo, la entidad que ha recibido la transferencia financiera del INDECI, es responsable del cumplimiento de las metas fisicas, liquidacion, supervision o inspeccion de los mismos; Que, de acuerdo al Informe Tecnico Nº 11-2012-INDECI/ DNPE/EPEFT de Vistos, el Equipo de Profesionales, luego de la evaluacion correspondiente describe la situacion de nexo causalidad: magnitud de los danos, actividad requerida, componentes, metas, presupuesto, programacion y calendario de ejecucion; segun senalan en sus fichas tecnicas, el sector ganadero de camelidos sufre periodicamente cuantiosas perdidas a causa de los fenomenos climatologicos, por estar asentados en pisos altitudinales de mayor incidencia de nevadas, granizo y heladas. Sea por la magnitud o la duracion de las nevadas y heladas, los animales sucumben a sus efectos, lo que se traduce en desnutricion, incremento de enfermedades respiratorias, digestivas y muerte del animal. A fin de contrarrestar el inminente dano de las heladas y nevadas a la capacidad productiva pecuaria, es necesario administrarles inyectables via intramuscular con vitaminas ADE con una dosis de 5 ml en madres y 3 ml en Tuis para favorecer el metabolismo del organismo, permitiendo la renovacion de los tejidos fortaleciendo asi a los animales en peligro; Que, el Director Nacional de Proyectos Especiales del INDECI, mediante el Informe Tecnico Nº 11-2012INDECI/14.0 de Vistos, aprobo una (01) Ficha Tecnica formulada por el Gobierno Regional del Departamento

del MORDAZA, hasta por la suma de S/. 772 371,00 (SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES), los cuales seran transferidos financieramente a favor del Gobierno Regional del Departamento del MORDAZA, con cargo a la Reserva de Contingencia a que se refiere la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, y cuyo plazo y modalidad de ejecucion se encuentra detallado en el Anexo Nº 1 adjunto a la presente Resolucion; Que, en el MORDAZA de lo dispuesto en la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29813, mediante el Decreto Supremo Nº 128-2012-EF se autorizo una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de 1 752 658,00 (UN MILLON SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES), en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios; Que, de conformidad con el articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006, las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atencion de desastres se aprueban por Resolucion del Titular del Pliego, las mismas que seran obligatoriamente publicadas en el Diario Oficial El Peruano; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional del Departamento del Cusco; De conformidad con la Ley Nº 29813 ­ Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sus normas modificatorias, la Directiva Nº 001-2012-EF/63.01, "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Tercera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29813, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2012", aprobada mediante Resolucion Directoral Nº 001-2012-EF/63.01; Con la visacion de la Sub Jefatura, de las Oficinas de Asesoria Juridica, Planificacion y Presupuesto, Administracion y de la Direccion Nacional de Proyectos Especiales; En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado por los Decretos Supremos Nºs. 005-2003-PCM y 095-2005PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, por las razones senaladas en la parte considerativa de la presente Resolucion, la Transferencia Financiera de Recursos a favor de la Gobierno Regional del Departamento del MORDAZA, con cargo a los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia transferidos al INDECI mediante el Decreto Supremo Nº 128-2012-EF, hasta por la suma de S/. 772 371,00 (SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES), para la ejecucion de las Actividades senalada en el Anexo Nº 1 adjunto que forma parte integrante de la presente Resolucion. El monto total transferido, conforme aparece en el Anexo Nº 1, corresponde a la suma total de una (01) Ficha Tecnica de Actividades de Emergencia, cuyo monto individual debe ser respetado en la etapa de ejecucion. Articulo 2º.- Encargar a la Oficina de Administracion del INDECI, el tramite de la Transferencia Financiera aprobada en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Encargar a la Direccion Nacional de Proyectos Especiales del INDECI efectuar las acciones de control y seguimiento de las metas fisicas y financieras materia de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Forman parte de la presente Resolucion los Anexos Nºs. 2, 3 y 4, en cinco (05) folios referidos al control y seguimiento de las metas fisicas y financieras, a fin de que la Unidad Ejecutora reporte mensualmente los avances hasta la culminacion de la Actividad, los mismos que seran remitidos al INDECI. Articulo 5º.- La Unidad Ejecutora beneficiada debera sujetarse a las obligaciones y procedimientos establecidos